Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2005 (01/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses y demas gastos que ocasionen las emisiones que se aprueban en esta MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del sector, le correspondan en cada ejercicio presupuestal para el servicio de la deuda publica. Articulo 8º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el Acuerdo MORDAZA Multilateral a que se refiere el primer parrafo del articulo 2º de este dispositivo legal, y al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir, en esa misma capacidad, los convenios bilaterales que correspondan, asi como todos los demas documentos relacionados a la presente operacion de renegociacion, incluyendo los concernientes a las emisiones internas y/o externas de bonos soberanos. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 11825

trara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 11822

Modifican indices de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal aprobados por R.M. Nº 064-2005-EF/15
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2005-EF/15 MORDAZA, 28 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28509 se crea en el departamento de MORDAZA, provincia de MORDAZA, el distrito San MORDAZA de Putina Punco; Que, la Ley Nº 27555, Ley que autoriza la reasignacion y aplicacion de recursos en los nuevos distritos creados, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a reasignar los recursos del Fondo de Compensacion Municipal - FONCOMUN, a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel nacional, estableciendo que dicha reasignacion implica la modificacion de los indices de distribucion y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripcion resultante; Que, la mencionada ley establece que en el caso de los distritos creados, el Ministerio de Economia y Finanzas efectuara la reasignacion de los mencionados recursos dentro de los 60 (sesenta) dias posteriores a la publicacion de la ley de creacion del distrito; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 031-2002-EF - Reglamento de la Ley que autoriza la Reasignacion y Aplicacion de Recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, se dispuso los procedimientos y mecanismos que permitan la reasignacion, asi como la aprobacion de los indices de distribucion de los recursos del FONCOMUN, del Programa del Vaso de Leche y otros que les correspondan a los nuevos distritos creados, en base a la informacion oficial que proporcione el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y otras dependencias responsables; Que, en base a la informacion proporcionada por el INEI, mediante el Oficio Nº 090-2005-INEI/DTDIS, el Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar el calculo correspondiente para la determinacion de los indices de distribucion del FONCOMUN; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0312002-EF - Reglamento de la Ley Nº 27555 y el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificanse los indices de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 064-2005-EF/15 y normas modificatorias, correspondiente al distrito de San MORDAZA del Oro, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a fin de incorporar en la distribucion, al distrito recientemente creado San MORDAZA de Putina Punco en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El Consejo Nacional de Descentralizacion aplicara los indices de distribucion aprobados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial desde MORDAZA de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas

Excluyen del MORDAZA Apendice III del TUO de la Ley del IGV e ISC al Gas de Petroleo Licuado clasificado en las P .A. 2711.11.00.00/2711.19.00.00
DECRETO SUPREMO Nº 081-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 61º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, la modificacion de las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV se efectua por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, resulta conveniente modificar el MORDAZA Apendice III del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el articulo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Excluyase del MORDAZA Apendice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias: PARTIDAS ARANCELARIAS 2711.11.00.00 / 2711.19.00.00 PRODUCTOS Gas de petroleo licuado

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y en-

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