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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2005 (03/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 295829 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de julio de 2005 sura y la extensión de confianza a dichos funcionarios y la investigación sobre cualquier asunto de interés público. c) Procedimientos de fiscalización e investigación.- que comprende todos los actos de la administración pública del gobierno regional y los sectores, sin excepción ni limitacio- nes, con facultades de requerir la participación de tercerospara el cumplimiento de su labor". Artículo 58º.- "c) Pedidos de investigación y de invitación a los Geren- tes Regionales o a los Gerentes SubRegionales en formaindividual para informar. d) Pedidos de investigación y de invitación a los Directo- res Regionales Sectoriales en forma individual o conjuntapara informar" "Requisitos y presentación de las proposiciones Artículo 65º.- Las proposiciones de ordenanzas regionales deben contener obligatoriamente una breve exposición de ante- cedentes que explique hechos y normas anteriores, expo- sición de motivos donde se expresen sus fundamentos y eltexto de la iniciativa que es la redacción del proyecto ofórmula legal. De ser el caso, la fórmula legal respectivaestará dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos.Opcionalmente puede contener el efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la legislación regional y nacional, el análisis costo-beneficio de la futura norma in-cluido, cuando corresponda, un comentario sobre su inci-dencia ambiental. Las proposiciones de acuerdos de consejo regional se sujetarán a los mismos requisitos que los de ordenanza regional, en lo que fuera aplicable. Las proposiciones de ordenanza regional y de acuerdo de consejo regional se presentarán ante la SecretaríaGeneral del Consejo, para su registro. Las Gerencias Regionales, Direcciones Regionales Sectoriales y las organizaciones de la sociedad civil con capacidad de ejercicio de sus derechos civiles, también pueden presentar iniciativas o proposiciones normativas,debiendo realizarla a través de los Consejeros Regionaleso de las Comisiones de Trabajo" "Debate y aprobación Artículo 68º.- No se puede debatir ningún proyecto de ordenanza regional que no tenga dictamen, ni ningún dic-tamen cuyo resumen no haya sido publicado en el PortalElectrónico del Gobierno Regional o en el diario encargadode las publicaciones judiciales en la capital de la Región, por lo menos un día antes de su debate en el Pleno del Consejo, salvo dispensa de uno de estos requisitos o deambos, aprobada por el Pleno. Si la proposición de ordenanza regional es rechazada, el Presidente ordenará su archivo. No podrá presentarse lamisma proposición u otra que verse sobre idéntica materia hasta el siguiente período anual de sesiones, salvo que lo acuerde la mitad más uno del número legal de consejeros. Cuando el Pleno lo estime necesario, podrá acordar, a pedido de un Consejero y por mayoría simple de los pre-sentes, la conformación de una Comisión de Redacción,conformada por dos Consejeros propuestos por el Presi- dente, a efecto que revisen la redacción de las proposicio- nes aprobadas. Si se plantea y aprueba una cuestión previa de vuelta a Comisiones, el Presidente Regional ordenará el reenvío de laproposición de ordenanza regional y consultará el plazo. De aprobarse la proposición de ordenanza regional, la Secretaría General redactará la autógrafa, la misma que será firmada por el Presidente Regional" Artículo 69º.- (2º párrafo) "La promulgación de la norma, dentro del plazo legal, es obligación del Presidente Regional, bajo responsabili-dad. De no hacerlo o de estar impedido, la debe promulgarel Vicepresidente Regional" Artículo 70º.- "d) Ordenanza Regional que aprueba el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, autorización de ope-raciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional concertado y solicitadas por el Pre-sidente Regional; después de presentados al ConsejoRegional los proyectos, el Presidente convoca al Pleno a una sesión extraordinaria destinada a la sustentación de las referidas iniciativas por el Gerente General Regional yel Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acon-dicionamiento Territorial. La exposición, que no excederá de 45 minutos debe referirse fundamentalmente a las prioridades del gasto y las fuentes de financiamiento, con observancia de la Ley Marco de Presupuesto Participativo. Dicha presentación es seguida de un debate, con inter- vención de los Consejeros por un período no mayor dediez minutos cada uno. Concluido el debate a que se refiere el artículo anterior, los referidos proyectos son derivados a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,para su dictamen. En la sesión del Pleno destinada a debatir y sustentar el Presupuesto, se seguirá el procedimiento siguiente: - El Presidente dará la palabra en primer término al Gerente General Regional quien manifestará sus puntosde vista respecto del Dictamen de la Comisión de Pla-neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; - Intervendrá luego el Gerente Regional de Planea- miento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para sustentar el pliego; y, - Harán uso de la palabra cada uno de los Gerente Regionales y los Directores Regionales Sectoriales paraque sustenten sus pliegos. Las intervenciones no excederán de 15 (quince) minu- tos por orador. - Concluida la sustentación, intervendrán los Conseje- ros Regionales conforme a las reglas definidas por elpresente Reglamento o por el Pleno. Al concluir el debate, el Presidente Regional expresa su intervención final. Luego de dicha intervención, se procede a votar el proyecto de presupuesto. e) Ordenanza que aprueba los estados financieros y presupuestarios; debe ser revisada y dictaminada dentrode los treinta días útiles siguientes a su presentación. Una vez revisada y dictaminada por la Comisión respectiva, el Pleno se pronunciará dentro de los siguientes quince díasútiles" "Investigación de los miembros de las Gerencias Regio- nales Artículo 72º.- El procedimiento de investigación a los Gerentes Regionales en pleno o a cualquiera de los Ge-rentes Regionales se desarrolla de acuerdo con las si-guientes reglas: a) El pedido se formula mediante moción de orden del día, firmada por no menos de dos consejeros y acompaña-da del respectivo pliego interrogatorio. Tiene preferenciaen el Orden del Día y es vista antes que cualquier otramoción pendiente en la agenda. b) Para la aprobación de la moción se requiere el voto de por lo menos la mitad más uno de Consejeros hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la misma se-sión a aquella en que se dio cuenta de la moción. c) El Pleno del Consejo acuerda día y hora para que los Gerentes Regionales contesten el pliego interrogatorio, loque les será comunicado con anticipación, acompañando el pliego respectivo. La sesión no puede realizarse, en ningún caso, antes del tercer día hábil siguiente a la vota-ción ni después del décimo" "Invitación a los miembros de las Gerencias Regionales para informar Artículo 73º.- La invitación a los Gerentes Regionales para informar en forma individual ante el Pleno del Consejose hará a solicitud de un mínimo de dos consejeros conagenda específica, y se hace efectiva mediante oficio deinvitación. La invitación para informar en las Comisiones se acor- dará en el seno de la Comisión y se hará efectiva medianteoficio del Presidente de la Comisión y dando cuenta a laPresidencia Regional. En ella se aplicarán las mismas nor-