Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2005 (13/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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circunscripcion en la que la organizacion politica local desarrolla sus actividades, advirtiendose en tal sentido que con Oficio Nº 615-2005-JEF/SGAE de fecha 7 de junio del 2005, la Subgerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, RENIEC, informo que de un total de 1,932 firmas presentadas se declararon validas 1,420, cantidad que supera las 737 necesarias para tal efecto; II) Acta de Constitucion de un comite en el distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados, adicionalmente, han presentado acta de fundacion, la que contiene el Ideario, el que a su vez contiene principios, objetivos y vision del distrito, denominacion y designacion del organo directivo, asimismo, han presentado un Estatuto y designado a los personeros legales, tecnicos y apoderados; Que, con fecha 22 de junio se publico en el Diario Oficial El Peruano, la sintesis de la solicitud de inscripcion a efectos que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo senalado en el articulo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se MORDAZA presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion, conforme es de verse en el Memorando Nº 525-2005-OTDA/JNE de fecha 1 de MORDAZA del 2005; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas a la Organizacion Politica Local Distrital: "Alternativa Libre" del distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de Organizaciones Politicas Locales, Partida numero Dieciocho y registrese la inscripcion en el Asiento numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personero legal titular y personero legal alterno a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Machicado MORDAZA respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 12399

Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA La Hoz con matricula Nº N-3753 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 12374

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran fundada demanda e inconstitucional el articulo 1º del D.U. Nº 140-2001
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Expediente Nº 17-2004-AI/TC MORDAZA 5,000 CIUDADANOS En MORDAZA, a los 6 dias del mes de junio de 2005, reunido el Tribunal Constitucional en sesion de pleno jurisdiccional, con la asistencia de los senores magistrados MORDAZA Orlandini, Presidente, Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente; MORDAZA Toma, MORDAZA Gotelli y MORDAZA MORDAZA, pronuncia la siguiente sentencia: MORDAZA

SBS
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 995-2005 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA La Hoz para que se le autorice la inscripcion en el

Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cotos, en representacion de 5,186 ciudadanos, contra el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 140-2001. ANTECEDENTES Con fecha 20 de febrero de 2004, los recurrentes interponen demanda de inconstitucionalidad contra el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 140-2001, de fecha 28 de diciembre de 2001, por considerar que tal disposicion vulnera el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica, asi como los derechos fundamentales a la iniciativa privada, a la creacion de la riqueza, al pluralismo economico, la libre competencia, a la MORDAZA de contratar, a la inversion nacional, a la defensa del interes del consumidor y de los usuarios, y el relativo a la prohibicion del abuso del derecho.

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