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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2005 (13/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G35/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de julio de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 277-2005-P-CSJAY/PJ, de la Presiden- cia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, y elInforme Nº 082-2005-LAMN-CE/PJ, del señor Conseje-ro Luis Alberto Mena Núñez; y, CONSIDERANDO:Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho somete a consideración de este Órganode Gobierno la aprobación de dos proyectos de Conve-nios Interinstitucionales de Cooperación a celebrarsecon la IX Dirección Territorial de la Policía Nacional delPerú, y con la Dirección Regional de Educación deAyacucho; Que, la propuesta de Convenio Marco de Coopera- ción entre la Corte Superior de Justicia de Ayacucho y laIX Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú,cuya vigencia se ha propuesto hasta el 20 de diciembredel 2006, consta de siete (7) cláusulas, y tiene comoobjetivos el diseño y ejecución de acciones específicasdestinadas a elevar la calidad y eficiencia de la adminis-tración de justicia y contribuir a afianzar la paz, así comodifundir entre la oficialidad y personal subalterno de lacitada Dirección Territorial la naturaleza y funciones dela labor jurisdiccional, para lo cual se ha considerado eldictado de conferencias dirigidas a dicho personal porparte de Magistrados y personal especializado de la re-ferida Corte Superior en materias relacionadas al trata-miento legal de infracciones y delitos previstos en lasleyes penales y procesales, la difusión de estas activi-dades a través de los medios de comunicación sociallocales; y, la distribución de material escrito a los miem-bros policiales para complementar el dictado de las Con-ferencias; Que, asimismo, la propuesta de Convenio Base de Cooperación entre la Corte Superior de Justicia deAyacucho y la Dirección Regional de Educación deAyacucho, cuya vigencia se ha propuesto también has-ta el 20 de diciembre del 2006, consta de siete (7) cláusu-las, y tiene como objetivos prevenir actos delictivos ycontravenciones entre estudiantes de cuarto y quinto desecundaria de planteles escolares estatales previamen-te seleccionados, brindando información sobre laorganización del Poder Judicial, la legislación, procedi-mientos sancionatorios y juzgamiento de tales actos;así como promover la participación de la Corte Superioren actividades de proyección social; para lo cual se haconsiderado el dictado de conferencias por parte de Ma-gistrados y personal especializado de la referida CorteSuperior; la difusión de dichas actividades a través delos medios de comunicación social locales; y, la distribu-ción de material escrito a los alumnos para complemen-tar el dictado de las conferencias; Que, en tal sentido, ambos Convenios buscan proyectar la misión del Poder Judicial a la colectividaddel Distrito Judicial de Ayacucho, lo que sin lugar a du-das coadyuvará a una mejor comprensión del rol queeste Poder del Estado desempeña en la sociedad, asícomo sobre su permanente compromiso y preocupa-ción por mejorar la administración de justicia y su rela-ción con la ciudadanía e instituciones fundamentales delpaís; Que, sin perjuicio de lo señalado precedentemente, es del caso señalar, que el estricto marco presupuesta-rio establecido para el presente ejercicio económico nopermite asumir los gastos propios de las tareas de sumi-nistro de material escrito y de difusión de actividades anivel de los medios de comunicación que han sido pro-puestos como de responsabilidad del Poder Judicial enambos proyectos de Convenio; por lo que si bien resultaconveniente la implementación y ejecución de ambosConvenios, éstos deben ser aprobados teniendo en cuen-ta expresamente que cualquier gasto que pudieran irro-gar se sujetará necesariamente a las posibilidades pre-supuestarias de la citada Corte Superior de Justicia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordi-naria de la fecha, sin la intervención del señor ConsejeroAndrés Echevarría Adrianzén por encontrarse de vaca-ciones, de conformidad con el informe del señor Conse- jero Luis Alberto Mena Núñez, quien no interviene porencontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar los siguientes Conve- nios de Cooperación Interinstitucional propuestos por elPresidente de la Corte Superior de Justicia deAyacucho: - Convenio Marco de Cooperación entre la Corte Superior de Justicia de Ayacucho y la IX Dirección Terri-torial de la Policía Nacional del Perú, que consta de siete(7) cláusulas. - Convenio Base de Cooperación entre la Corte Supe- rior de Justicia de Ayacucho y la Dirección Regional deEducación de Ayacucho, que consta de siete (07)cláusulas. Artículo Segundo.- Delegar al Presidente de la Cor- te Superior de Justicia de Ayacucho la suscripción deambos Convenios de Cooperación Interinstitucional, conla observación de que cualquier gasto que pudieran irro-gar se sujetará necesariamente a las posibilidades de lacitada Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- El plazo de vigencia de los Convenios de Cooperación materia de la presente re-solución regirá a partir de la fecha de su suscripciónhasta el 20 de diciembre del 2006, pudiendo prorro-garse previa aprobación del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial. Artículo Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho será responsable de la ejecu-ción de los Convenios de Cooperación Interinstitucionalmateria de la presente resolución, dentro de los límitesde la normatividad administrativa vigente. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidenciade la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, y a laGerencia General del Poder Judicial, para su conoci-miento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQ UEZ VEJARANO ANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERA12464 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G61/G64/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G64/G65/G6C /G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 232-2005-P-PJ Lima, 6 de julio del 2005 VISTO:El Oficio Nº 1125-2005-GG/PJ y el Proyecto de Plan Estadístico 2005 del Poder Judicial, elaborado por laGerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2002-PCM, se aprobó la Política Nacional de Estadística del SistemaEstadístico Nacional, para el mediano plazo 2002-2006,como el instrumento orientador del desarrollo de las ac-