TEXTO PAGINA: 72
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 Que, por Ley Nº 24513 del 31 de mayo de 1986, se declaró de necesidad y utilidad pública y de preferente interés social, el saneamiento físico-legal de los AA.HH. y Centros Poblados en todo el territorio nacional, por lo quedebe procederse la entrega de Título de Propiedad a favorde los actuales posesionarios; Que, de conformidad a lo prescrito por la Ley Nº 23853, Ley Nº 28391 y el D.S. Nº 081-90-VC, Ley Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 005-2005-JUS, de 19.3.2005, es compe- tencia de las Municipalidades regularizar la tenencia de losterrenos de propiedad fiscal dentro de la Zona Urbana de losCentros Poblados; Que, para atender lo solicitado por la Institución recurrente según el expediente técnico que consta de un área de: 1'244,483.07 m2, a favor de los posesionarios, es necesario previamente proceder a la Primera Inscripción de Dominio delterreno en el Registro de Propiedad Inmueble de Yurimaguas,a favor de la Municipalidad Distrital de Barranca; Con la opinión favorable de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Municipal de esta Municipalidad, y estando a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ADJUDICARSE el área del terreno de 1'244,483.07 m2, a favor de la Municipalidad Distrital de Barranca, ocupado por los pobladores de la LOTIZACIÓNSAN LORENZO II ETAPA, ubicado en la localidad de SanLorenzo, distrito de Barranca, provincia de Alto Amazonas,el mismo que queda conformado de la siguiente manera: POR EL NORTE: Con terreno de propiedad del Estado, con 6 TRAMOS que se detallan de la siguiente manera: 1º Tramo.- 411.65 ml. 2º Tramo.- 513.48 ml. 3º Tramo.- 66.90 ml. 4º Tramo.- 233.88 ml.5º Tramo.- 161.00 ml.6º Tramo.- 318.05 ml. POR EL ESTE: Con terreno de propiedad del Estado, con 3 TRAMOS que se detallan de la siguiente manera: 1º Tramo.- 504.14 ml. 2º Tramo.- 359.62 ml.3º Tramo.- 215.87 ml. POR EL SUR: Con terreno de propiedad de la Munici- palidad Distrital de Barranca, con 9 TRAMOS que se deta- llan de la siguiente manera: 1º Tramo.- 409.47 ml. 2º Tramo.- 124.87 ml. 3º Tramo.- 131.93 ml. 4º Tramo.- 51.97 ml.5º Tramo.- 172.71 ml.6º Tramo.- 35.11 ml.7º Tramo.- 340.03 ml.8º Tramo.- 138.64 ml. 9º Tramo.- 1,469.23 ml. POR EL OESTE: Con propiedad de terrenos del Estado, con 7 TRAMOS que se detallan de la siguiente manera: 1º Tramo.- 42.52 ml. 2º Tramo.- 218.30 ml.3º Tramo.- 152.83 ml.4º Tramo.- 316.98 ml. 5º Tramo.- 110.99 ml. 6º Tramo.- 221.13 ml.7º Tramo.- 371.71 ml. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano la cual estará a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calendario, contados apartir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Tercero.- SOLICITAR, a la Oficina de los Registros Públicos Yurimaguas, a fin de que por su mérito se EFECTUARAla primera Inscripción de Dominio, a favor de la Municipalidad Distrital de Barranca, del terreno descrito en el artículo primero previo cumplimiento de lo dispuesto por el artículo precedente. Regístrase, comuníquese y publíquese. RAFAEL A. MONTALVÁN VILLACORTA Alcalde 12755MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBOGRANDE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G2D/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 504-2005-MDT-A Tambogrande, 13 de junio del 2005 VISTO:El Informe Nº 004-2005-MDT-CEPVL, Informe Nº 244- 2005-UAJ-MDT y Oficio Nº 384-2005/GTN/ATN su fecha 2 de junio del 2005, proveniente de la Gerencia TécnicaNormativa del CONSUCODE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 004-2005-MDT-CEPVL, de fecha 8 de junio de 2005, el Comité Especial del Programadel Vaso de Leche, hace conocer que la Licitación PúblicaNº 001-2005-MDT-PVL-CE, que fue convocada el 22 demarzo 2005, no se ha podido pasar a la etapa de aperturade sobres y otorgamiento de la Buena Pro, por las observaciones hechas por CONSUCODE a través de Ofi- cio Nº 520-2005/PRE, observando las Bases, principal-mente lo referente a los valores nutricionales del productopara el Programa del Vaso de Leche y posteriormente conOficio Nº 384-2005/GTN/ATN, nuevamente observa el fac-tor de calidad del producto y otras observaciones, por lo cual propone se declare la nulidad del proceso; Que, mediante Informe Nº 244-2005-MDT-UAJ, de fe- cha 9 de junio de 2005, la Unidad de Asesoría Jurídica,indica que de acuerdo al Informe que emite el ComitéEspecial del Programa del Vaso de Leche la licitaciónpara el Programa del Vaso de Leche ha sufrido una extensión en su cronograma producto de una nueva observación que hiciera el CONSUCODE a la convocato-ria, razón por la que el cronograma sufrirá irremediable-mente variaciones, lo cual va a generar una situación dedesabastecimiento inminente, teniendo en cuenta queya con fecha 2 de junio de 2005, tal como lo informa el Coordinador del Programa del Vaso de Leche, no se cuenta con producto para distribuir, indica asimismo quees necesario precisar que habiendo evaluado las basesintegradas, éstas nuevamente pueden ser observadaspor el CONSUCODE, pues por criterio del Comité Espe-cial del Programa del Vaso de Leche, no han sido comple- tamente acondicionadas a lo que el CONSUCODE ha recomendado, razón por la que dicha Unidad recomiendaque el Titular del Pliego haga uso de las facultades queel Art. 57º del D.S. Nº 083-2004-PCM, que es el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado y declare la nulidad del proceso el cual debe cumplir con las formalidades que la Ley pres- cribe hasta qué etapa se retrotrae el proceso, este pro-ceso debe mediante Resolución de Alcaldía; Que, estando a lo expuesto, en concordancia con los términos contenidos en el Oficio Nº 384-2005/GTN/ATN, yen uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la NULIDAD del proceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2005-MDT/PVL-CE para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, debiendo retrotraerse el mismo a la etapa de elabo-ración de bases administrativas. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Comuníquese a la Gerencia Munici- pal, al Comité Especial y a los interesados para su conoci- miento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.FRANCISCO OJEDA RIOFRIO Alcalde 12665