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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 tos coactivos instaurados por el no pago de las deudas tributarias y no tributarias a que se refiere el presente be- neficio. Segunda.- Los pagos por concepto de Impuesto Pre- dial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los EspectáculosPúblicos No Deportivos, Tasa de Arbitrios Municipalesde Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Se-renazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Multas Tributarias y/o Administrativas, así como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado con ante-rioridad a la publicación de la presente Ordenanza, noserán materia de compensación o devolución. Tercera.- Corresponde a la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza para lo cualcontará con el apoyo de la Secretaría de Imagen Institu-cional para la difusión respectiva, así como de las de-más áreas de la Municipalidad en lo que fuera concer-niente. Cuarta.- Los deudores que se adecuen a los benefi- cios establecido en el Artículo Tercero, inciso d), y quetengan expedientes en trámite, se les aplicará los paráme-tros urbanísticos establecido en el Decreto Supremo Nº030-2002-MTC y modificatorias. Quinta.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte nor- mas complementarias si fuera necesario, así como la pró- rroga por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia delbeneficio otorgado a través de la presente Ordenanza,para lo cual deberá contar con el informe previo de laGerencia de Rentas y con cargo a dar cuenta al Concejode esta Comuna. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 12756 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025 Ate, 13 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 077-2005-OREC-SG/MDA, de la Oficina de Registro Civil; así como el Informe Nº 1712-05-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tie- nen el deber de proteger a la familia y promover el matrimo- nio como Institución natural y fundamental de la sociedad,de conformidad con lo expuesto en el Art. 4º de la Consti-tución Política; Que, el Código Civil actual en su Art. 233º establece que la regularización Jurídica de la familia tienen por fina- lidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en ar- monía con los principios y normas estipuladas en nuestraConstitución Política; Que, de conformidad al inciso 16), artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; es atribucióndel Alcalde celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos de acuerdo a las Normas del Código Civil; Que, mediante Informe Nº 077-2005-OREC-SG/MDA, el Jefe (e) de la Oficina de Registro Civil señala queestando cercana la fecha de Aniversario del distrito deAte, recomienda se celebre matrimonio civil comunita-rio, previsto para el domingo 28 de agosto del 2005, para favorecer a las parejas de convivientes o de bajos recursos económicos residentes en el distrito, indican-do los requisitos que deben de cumplir los contrayen-tes, proponiendo el costo del acto, así como la progra-mación para la celebración y finalmente la exoneraciónde los Edictos Matrimoniales;Que, mediante Informe Nº 1712-05-GAJ/MDA, el Geren- te de Asuntos Jurídicos señala que en el distrito de Ate, como en otros distritos, existen parejas de convivientes que por diversos motivos no han alcanzado a regularizary formalizar su estado civil. Asimismo de la revisión de losrequisitos que exigirán a los contrayentes se colige quelos mismos tienen sustento legal, tanto en las Normaspertinentes del Código Civil, como en la Ley Orgánica de la RENIEC; Que, cabe señalar que en el artículo 252º del Código Civil, establece que el Alcalde puede dispensar la publica-ción de los avisos si median causas razonables y que siem-pre que se presenten todos los documentos exigidos por elartículo 248º del referido código. Por lo que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos Opina que es PROCEDENTE; la ce- lebración del Matrimonios Civil Comunitario y la dispensade la Publicación de Edicto Matrimonial; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades conferidas de acuer-do al inciso 6) del artículo 20º de Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- AUTORIZAR, la realización del Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (cin-cuenta 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debiendoademás adjuntar los siguientes requisitos: a) Documento de Identidad, vigente - original y copia. b) Partidas de nacimiento Original y actualizada. c) Certificado de Salud, expedida por el Centro de Sa- lud o Policlínico Municipal. d) Declaración Jurada de Soltería.e) Certificado Domiciliario.f) Dos testigos por cada pareja (no familiares). Artículo 3º.- EXONERAR, la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, teniendo en cuenta elArt. 252º del Código Civil. Artículo 4º.- ESTABLECER, el siguiente cronograma: - Las inscripciones se iniciaran a partir del 18 de julio hasta el 18 de agosto del 2005, en la Oficina de los Regis-tros Civiles de la Municipalidad de Ate, Sección Matrimo-nios. - Celebración del Matrimonio Civil, domingo 28 de agos- to del 2005, a horas 12.00 a.m. en la Plaza Principal de Ate. Artículo 5º.- El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presen- te Resolución, a la Gerencia General Municipal y el Área de Registro Civil; la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 12757 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 026 Ate, 14 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Informes Nº 363-05, 374-05 y 379-05- SGCyT-GSPL/MDA de la Subgerencia de Comercializa-ción y Transporte; el Informe Nº 256-05-GDU/MDA de laGerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 1724-05- GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y los