Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2005 (17/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

tos coactivos instaurados por el no pago de las deudas tributarias y no tributarias a que se refiere el presente beneficio. Segunda.- Los pagos por concepto de Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Multas Tributarias y/o Administrativas, asi como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado con anterioridad a la publicacion de la presente Ordenanza, no seran materia de compensacion o devolucion. Tercera.- Corresponde a la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza para lo cual contara con el apoyo de la Secretaria de Imagen Institucional para la difusion respectiva, asi como de las demas areas de la Municipalidad en lo que fuera concerniente. Cuarta.- Los deudores que se adecuen a los beneficios establecido en el Articulo Tercero, inciso d), y que tengan expedientes en tramite, se les aplicara los parametros urbanisticos establecido en el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC y modificatorias. Quinta.- Facultese al senor MORDAZA para que dicte normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga por medio de Decreto de Alcaldia, de la vigencia del beneficio otorgado a traves de la presente Ordenanza, para lo cual debera contar con el informe previo de la Gerencia de Rentas y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 12756

Que, mediante Informe Nº 1712-05-GAJ/MDA, el Gerente de Asuntos Juridicos senala que en el distrito de Ate, como en otros distritos, existen parejas de convivientes que por diversos motivos no han alcanzado a regularizar y formalizar su estado civil. Asimismo de la revision de los requisitos que exigiran a los contrayentes se colige que los mismos tienen sustento legal, tanto en las Normas pertinentes del Codigo Civil, como en la Ley Organica de la RENIEC; Que, cabe senalar que en el articulo 252º del Codigo Civil, establece que el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y que siempre que se presenten todos los documentos exigidos por el articulo 248º del referido codigo. Por lo que, la Gerencia de Asuntos Juridicos Opina que es PROCEDENTE; la celebracion del Matrimonios Civil Comunitario y la dispensa de la Publicacion de Edicto Matrimonial; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al inciso 6) del articulo 20º de Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR, la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ate. Articulo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (cincuenta 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debiendo ademas adjuntar los siguientes requisitos: a) Documento de Identidad, vigente - original y copia. b) Partidas de nacimiento Original y actualizada. c) Certificado de Salud, expedida por el Centro de Salud o Policlinico Municipal. d) Declaracion Jurada de Solteria. e) Certificado Domiciliario. f) Dos testigos por cada MORDAZA (no familiares). Articulo 3º.- EXONERAR, la publicacion de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, teniendo en cuenta el Art. 252º del Codigo Civil. Articulo 4º.- ESTABLECER, el siguiente cronograma: - Las inscripciones se iniciaran a partir del 18 de MORDAZA hasta el 18 de agosto del 2005, en la Oficina de los Registros Civiles de la Municipalidad de Ate, Seccion Matrimonios. - Celebracion del Matrimonio Civil, MORDAZA 28 de agosto del 2005, a horas 12.00 a.m. en la Plaza Principal de Ate. Articulo 5º.- El presente Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolucion, a la Gerencia General Municipal y el Area de Registro Civil; la coordinacion, divulgacion general y otras acciones que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 12757

Autorizan realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 025
Ate, 13 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 077-2005-OREC-SG/MDA, de la Oficina de Registro Civil; asi como el Informe Nº 171205-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica; Que, el Codigo Civil actual en su Art. 233º establece que la regularizacion Juridica de la familia tienen por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, de conformidad al inciso 16), articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; es atribucion del MORDAZA celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos de acuerdo a las Normas del Codigo Civil; Que, mediante Informe Nº 077-2005-OREC-SG/MDA, el Jefe (e) de la Oficina de Registro Civil senala que estando cercana la fecha de Aniversario del distrito de Ate, recomienda se celebre matrimonio civil comunitario, previsto para el MORDAZA 28 de agosto del 2005, para favorecer a las parejas de convivientes o de bajos recursos economicos residentes en el distrito, indicando los requisitos que deben de cumplir los contrayentes, proponiendo el costo del acto, asi como la programacion para la celebracion y finalmente la exoneracion de los Edictos Matrimoniales;

Disponen reduccion temporal de pago de derechos establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad y otorgan beneficio de canje de licencia de funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 026
Ate, 14 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Informes Nº 363-05, 374-05 y 379-05SGCyT-GSPL/MDA de la Subgerencia de Comercializacion y Transporte; el Informe Nº 256-05-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 1724-05GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y los

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