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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2005 (23/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G34/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de julio de 2005 Ordenanza y de notificar a los contribuyentes por todos los medios a su alcance. Segunda.- Los alcances establecidos en el Regla- mento de Fraccionamiento con Ordenanza Nº 063-2003/ MDSMP y modificado con Ordenanza Nº 107-2005-MDSMP "Paga Fácil" quedará suspendido mientras se encuentre vigente la presente Ordenanza. Tercera.- Aquellos contribuyentes que se encuentran en proceso de reclamación y apelación ante el Tribunal Fiscal podrán acogerse a este beneficio, siempre y cuan- do presenten una solicitud de desistimiento. Cuarta.- Facúltase al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementa- rias que se requieran para cumplir los objetivos de lapresente Ordenanza. Quinta.- No están comprendidos en la presente Orde- nanza las multas generadas en los procesos de habilita-ción urbana, y de las zonas de expansión urbana. POR TANTO:Mando se registre, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 13163 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79/G20/G61/G6E/G75/G6E/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G61/G64/G79/G61/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G20/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G2C/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G47/GE1/G6C/G76/G65/G7A/G20/G79/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G20/G54/G6F/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G65/G72/G63/G65/G64 ORDENANZA Nº 011-2005-MDLP/ALC La Punta, 7 de julio del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales representan al vecinda- rio, promueven la adecuada prestación de los serviciospúblicos locales y el desarrollo integral, sostenible y ar- mónico de su circunscripción; Que, la Municipalidad es la encargada de tomar me- didas de prevención y de restricción para todo elemento de publicidad exterior que pudiera atentar de algunamanera contra el orden armónico que caracteriza al dis- trito de La Punta, el cual por cierto, ha sido declarado en su totalidad como "Zona Monumental" por ResoluciónDirectoral Nacional Nº 121/INC de fecha 4 de febrero del 2000, con mayor énfasis en proteger las principales re- presentaciones arquitectónicas que se encuentran com-prendidas dentro del ámbito de su jurisdicción, así como controlar el cumplimiento de las normas legales que en esta materia se encuentran vigentes; Que, este Concejo Municipal ha considerado priori- tario que se establezcan de manera perentoria medidas de restricción inmediata a la colocación de publicidadexterior, cualquiera sea ésta, en determinadas zonas del distrito, precisamente para garantizar la preserva- ción actual de éstas, evitando así una posible alteraciónde la armonía que guardan con el entorno urbano; Estando a lo señalado, de conformidad con las atri- buciones conferidas por los incisos 7), 8) del Artículo 9º,el Numeral 3.6.3 del inciso 3) del Artículo 79º y los Nume- rales 12) y 16) del Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con la dispensa deltrámite de lectura y aprobación de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- PROHÍBASE la colocación de elemen- tos de publicidad exterior o anuncios publicitarios, cual- quiera que éstos fueran, dentro del perímetro adyacente de la Plaza Principal, la Plaza Gálvez y Plaza Torre de laMerced, jurisdicción del distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La prohibición establecida en la presen- te Ordenanza alcanza a todas aquellas solicitudes nue- vas de permiso o autorización para la colocación de avisos publicitarios de cualquier índole que se presen-ten, así como a aquellas solicitudes que se encuentran actualmente en trámite. Artículo 3º.- El control, fiscalización y cumplimiento en general de la presente Ordenanza será ejercido por la Gerencia de Rentas y Comercialización y con la colaboración de la Policía Municipal en cuanto fuera ne-cesario. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 12860 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU