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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2005 (23/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G34/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de julio de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F /G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 055-05-MDLV La Victoria, 20 de julio del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIACONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, estableceque las Municipalidades gozan de autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Adminis- trativo General", entró en vigencia el 11 de octubre del año 2001, que en su Tercera Disposición Transitoria estableció que todas las entidades públicas deberán aprobar su TUPAconforme a la normas de la presente ley, en un plazo máxi- mo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la misma; Que, mediante la Ordenanza Nº 080-02-MDLV, de fe- cha 7 de febrero del 2002, la Municipalidad de La victoria, procedió adecuar y aprobar su TUPA de acuerdo a la LeyNº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral", que rige para la Municipalidad de La Victoria, derogan- do todas las demás disposiciones que se opongan a lapresente norma; Que el artículo 36º de la Ley Nº 27444, inciso 36.2, señala que las entidades solamente exigirán a los adminis-trativos el cumplimiento de procedimientos, la presenta- ción de documentos, el suministro de información o el pago de derechos de tramitación, siempre que cumplan con losrequisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados para cada entidad, no debiendo exigirse requisito adicional, bajo responsabilidad; Que la Ley Nº 27444, en su artículo 38.1 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), para el caso específico de municipalidades distritales esaprobado por Ordenanza Municipal, aclarando que el nuevo régimen normativo ha suprimido el requisito de la ratificación del TUPA por parte de las respectivas Muni-cipalidades Provinciales; Que, la Ley Nº 27444 en su Artículo 38.2 señala que las entidades están obligadas a publicar cada dos (2)años, el íntegro del TUPA bajo responsabilidad de su titular; pudiendo hacerlo también antes cuando se consi- dere que las modificaciones producidas en el mismo loameriten. El plazo será computado a partir de la fecha de la última publicación del mismo; Que, en esta gestión el funcionario o funcionarios res- ponsables de la publicación del TUPA, no lo han efectuado en su debida oportunidad, tal y conforme lo señala la Ley Nº 27444 en el artículo y numeral indicados en el conside-rando anterior; lo que ha traído como consecuencia gran- des trastornos en la Administración Municipal; Que, durante la vigencia de la Ordenanza Nº 080-02- MDLV, se han publicado dispositivos legales que han modi- ficado algunos procedimientos administrativos y servicios, que por su materia están siguiendo su trámite de ratifica-ción, los cuales podrán ser incorporados al TUPA cuando cuente con la respectiva ratificación por parte de la Munici- palidad Provincial. Sin perjuicio de ello de conformidad conel artículo 36º de la Ley Nº 27444, establece taxativamente la obligatoriedad que todas las entidades públicas pueden exigir a los administrados el cumplimiento de procedimien-tos, la presentación de documentos, el suministro de infor- mación o el pago por derecho de tramitación siempre que estos procedimientos, requisitos y costos administrativosse establezcan conforme a ley;En tal sentido y atendiendo lo dispuesto en el artículo 38º numeral 2, de la Ley Nº 27444, se hace necesario la ratifica-ción del TUPA, aprobado por Ordenanza Nº 080-02-MDLV por parte de esta institución, toda vez que el artículo en el numeral 5, establece que una vez aprobado el TUPA, todamodificación que no implique la creación de nuevos procedi- mientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se puede realizar mediante Decreto de Alcaldía, conside-rando que la misma Municipalidad no podrá llevar a cabo sus funciones, si no es con los respectivos pagos de los dere- chos administrativos que sustente y financien la prestacióndel servicio realmente brindado por la institución; Estando a los fundamentos expuestos, de conformi- dad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgáni-ca de Municipalidades Nº 27972; el Concejo en la forma reglamentaria por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA LA APROBACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Artículo Primero.- RATIFICAR la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de La Victoria; aprobado porla Ordenanza Nº 080-02-MDLV, de fecha 7 de febrero del 2002, que contiene los derechos administrativos y la respectiva estructura de costos, los mismos que enanexo adjunto (43 folios) forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Oficina de Secretaría Gene- ral y a las demás Unidades Ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicación de la presente Ordenanza, así como su adecuada difusión de los alcances de la misma den-tro del distrito. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía, dicte las disposicionescomplementarias para aplicación de la presente Orde- nanza; estableciendo las modificaciones en atención a las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo,INDECOPI y Tribunal Constitucional. Tercera.- Encárguese a la Oficina de Secretaría Gene- ral de esta institución, a que con arreglo a sus atribucionesy responsabilidades funcionales, proceda a la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Disponer que el señor Alcalde adopte las sanciones por las faltas disciplinarias a que hubiere lu- gar, al Funcionario o Funcionarios que han originado con su omisión la no publicación oportuna de este instru-mento normativo; y; que adopte las sanciones por faltas disciplinarias de conformidad al Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público y el Capítulo XII - DE LAS FALTAS Y SANCIONES del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Carrera Administrativa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 13027 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G33/G2D/G30/G35/G2F/G4D/G44/G4C/G56 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 040-05-MDLV La Victoria, 20 de julio de 2005