Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2005 (26/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 3º de la Resolucion Nº 202-2005-CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las acciones penales correspondientes contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Wong, representante legal de la empresa Axis Internet y Construcciones Generales E.I.R.L., por la presunta comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) y contra la fe publica, en agravio del CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Wong, representante legal de la empresa Axis Internet y Construcciones Generales E.I.R.L., de conformidad con la Resolucion Nº 202-2005-CONSUCODE/PRE, que constituye parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13244
UB

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar para participar en el Ejercicio Multinacional PANAMAX-2005
RESOLUCION SUPREMA Nº 377-2005-DE/MGP
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio P.1000-1156 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 27 de junio de 2005; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Personal Superior y Subalterno que se detalla en las relaciones del Anexo de la presente Resolucion y que conforman las dotaciones del B.A.P. "VILLAVISENCIO" (FM-52), B.A.P. "SANCHEZ CARRION" (CM-26), Helicoptero AB-212 (HT-470) y UN (1) Peloton de Operaciones Especiales, a fin que participen en el Ejercicio Multinacional PANAMAX-2005, a llevarse a cabo en aguas jurisdiccionales de la Republica de Panama, del 30 de MORDAZA al 26 de agosto de 2005, con permanencia en el puerto Base de Balboa de dicho pais; por cuanto la experiencia a adquirirse redundara en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de MORDAZA, solventara los gastos por concepto de pasajes de ida y retorno de los Oficiales integrantes del Estado Mayor de la Fuerza Multinacional y del Grupo de Comando y Control del Ejercicio, mencionados en el referido Anexo, quienes viajaran por via aerea; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo
LICA DEL P ER

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO COMUNICADO Nº 006-2005-EF/75.01 PRESCRIPCION DE BONOS EMITIDOS POR EL ESTADO PERUANO Se hace de conocimiento de las instituciones publicas y en general a las personas naturales y juridicas, que el Gobierno de la Republica del Peru no admite ninguna gestion de requerimiento de pago de Bonos emitidos por la Republica del Peru, respecto a los cuales se ha producido la caducidad o prescripcion para su cobro, en aplicacion de la Ley Nº 8599, de fecha 18 de noviembre de 1937, y del inciso 1) del Articulo 2001º del Codigo Civil vigente. Entre tales Bonos se encuentran, los emitidos en los anos 1871, 1874, 1875, 1920 y 1928, asi como aquellos emitidos en virtud a la Ley Nº 6752 y sus ampliatorias, la Ley Nº 13517 y la Ley Nº 15591, a todos los cuales se aplica la Ley Nº 8599. Asimismo, los Bonos de Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones - Decreto Ley Nº 17803, los Bonos para Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones para la MORDAZA Afectada por el Terremoto del 31 de MORDAZA de 1970 - Decreto Ley Nº 18974, los Bonos de Reconstruccion Ley Nº 23592, los Bonos de Desarrollo - Ley Nº 24030, a los cuales es de aplicacion el Inc. 1) del Articulo 2001º del Codigo Civil. La mencion de estos titulos es solo de caracter referencial, no es limitativa. Para precisiones adicionales sobre esta materia, incluyendo informacion sobre la vigencia de otros Bonos, las instituciones o personas involucradas pueden consultar a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. MORDAZA, MORDAZA 2005. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Direccion Nacional del Endeudamiento Publico 13222

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