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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2005 (26/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G35/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 26 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 202-2005-CON- SUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las acciones penales corres-pondientes contra la señora Erika Yolanda Bocanegra Wong, representante legal de la empresa Axis Internet y Cons-trucciones Generales E.I.R.L., por la presunta comisión delos delitos contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento administrativo) y contra la fe pública, en agravio del CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM y el Reglamento de Organizacióny Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, apro-bado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que, en representación y defensa de los inte- reses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales co- rrespondientes contra la señora Erika Yolanda BocanegraWong, representante legal de la empresa Axis Internet y Cons-trucciones Generales E.I.R.L., de conformidad con la Resolu-ción Nº 202-2005-CONSUCODE/PRE, que constituye parteintegrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13244DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G50/G41/G4E/G41/G4D/G41/G58/G2D/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 377-2005-DE/MGP Lima, 22 de julio de 2005 Visto el Oficio P.1000-1156 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 27 de junio de 2005; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Superior y Subalterno que se detalla en las rela-ciones del Anexo de la presente Resolución y que confor-man las dotaciones del B.A.P. "VILLAVISENCIO" (FM-52),B.A.P. "SANCHEZ CARRION" (CM-26), Helicóptero AB-212(HT-470) y UN (1) Pelotón de Operaciones Especiales, a fin que participen en el Ejercicio Multinacional PANAMAX-2005, a llevarse a cabo en aguas jurisdiccionales de la Repúblicade Panamá, del 30 de julio al 26 de agosto de 2005, conpermanencia en el puerto Base de Balboa de dicho país;por cuanto la experiencia a adquirirse redundará en bene-ficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de com- petencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América, solventará los gastos por concepto de pasajes deida y retorno de los Oficiales integrantes del Estado Mayorde la Fuerza Multinacional y del Grupo de Comando yControl del Ejercicio, mencionados en el referido Anexo, quienes viajarán por vía aérea; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funciona-rios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa,Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO COMUNICADO Nº 006-2005-EF/75.01 PRESCRIPCIÓN DE BONOS EMITIDOS POR EL ESTADO PERUANO Se hace de conocimiento de las instituciones públicas y en general a las personas naturales y jurídicas, que el Gobierno de la República del Perú no admite ninguna gestión de requerimiento de pago de Bonosemitidos por la República del Perú, respecto a los cuales se ha producido la caducidad o prescripción para su cobro, en aplicación de la Ley Nº 8599, de fecha 18 de noviembre de 1937, y del inciso 1) del Artículo 2001º del Código Civil vigente. Entre tales Bonos se encuentran, los emitidos en los años 1871, 1874, 1875, 1920 y 1928, así como aquellos emitidos en virtud a la Ley Nº 6752 y sus ampliatorias, la Ley Nº 13517 y la Ley Nº 15591, a todos los cuales se aplica la Ley Nº 8599. Asimismo, los Bonos de Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones- Decreto Ley Nº 17803, los Bonos para Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones para la Zona Afectada por el Terremoto del 31 de mayo de 1970 - Decreto Ley Nº 18974, los Bonos de Reconstrucción - Ley Nº 23592, los Bonos de Desarrollo - Ley Nº 24030, a los cuales es de aplicación el Inc. 1) del Artículo2001º del Código Civil. La mención de estos títulos es sólo de carácter referencial, no es limitativa. Para precisiones adicionales sobre esta materia, incluyendo información sobre la vigencia de otros Bonos, las instituciones o personas involucradas pueden consultar a la Dirección Nacional del EndeudamientoPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas. Lima, julio 2005. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Dirección Nacional del Endeudamiento Público 13222