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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 102

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G31/G38/G31/G2D/G4D/G50/G4C ORDENANZA Nº 186-MPL Pueblo Libre, 26 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 028-2005-MPL/CPL-CPDE de la ComisiónPermanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 181-MPL, publicada el día 9 de julio del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el"BENEFICIO ESPECIAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE LASOBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS PENDIEN-TES DE PAGO", para aquellos contribuyentes que tengan deu-das al 30 de junio del 2005, consistente entre otros, en lacondonación del 100% del factor de ajuste e intereses morato-rios y fraccionamiento especial, así como un beneficio de des-cuento del 80% en las multas administrativas; Que, conforme a lo establecido en el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porDecreto Supremo Nº 135-EF-99, el plazo para el pago dela deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter ge-neral, por la Administración Tributaria; Que, los beneficios contemplados en la citada Ordenanza, rigen hasta el 27 de julio del 2005; no obstante existe la volun-tad de los vecinos para regularizar el pago de sus obligacionestributarias y no tributarias, resultando dicho plazo insuficiente;por lo que siendo política de esta Corporación brindar el máxi-mo de facilidades para su cumplimiento, es conveniente apro-bar la ampliación de su vigencia; En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º , 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD y condispensa el trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguien-te: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 20 de agosto del 2005, el plazo de vencimiento para acogerse a los beneficios contem-plados en la Ordenanza Nº 181-MPL - "BENEFICIO ESPECIALPARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBLIGACIONES TRIBU-TARIAS Y NO TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO". Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria, Oficina de Informática, Gerencia de Desarrollo Huma-no, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciu-dadana y Oficina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de lapresente Ordenanza, a la Oficina de Comunicación Social sudifusión y a la Oficina de Administración su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 13343 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G53/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G2D/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 227 San Isidro, 27 de julio de 2005EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 197º de la Constitu- ción Política, modificada por Ley de Reforma Constitucional - LeyNº 27680, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamen-tan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante Ordenanza Nº 090-MSI, publicada el 16 de octubre del 2004, se estableció la constitución y Regla-mento de Organización y Funciones de las Juntas Vecina-les del distrito; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 320-ALC/MSI de fecha 1 de diciembre de 2004, se reconoció la confor-mación de las Juntas Vecinales; Que, el artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 002-2005 de fecha 6 de febrero del presente año, señala que las SesionesExtraordinarias de Concejo con los representantes de las JuntasVecinales se convocarán mediante Resolución de Alcaldía, lamisma que debe ser publicada con treinta días de anticipación ala celebración de la misma, a fin que los delegados de las Juntasvecinales puedan organizar su participación; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; RESUELVE:Artículo 1º.- Convocar a Sesión Extraordinaria de Con- cejo con los representantes de las Juntas Vecinales para eldía 29 de agosto de 2005 a horas 17.00, en el auditorio dela Gerencia de Bienestar, Salud y Proyección Social sito enAv. Paul Harris Nº 205. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Secretaría General del Concejo y a la Ge-rencia de Comunicaciones, Participación Vecinal y Proyec-tos Especiales. Artículo 3º.- La presente Resolución de Alcaldía debe- rá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y un diariode mayor circulación en el país. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 13403 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G2D /G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G53/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G2D/G20/G50/G49/G47/G41/G52/G53 ORDENANZA Nº 065 San Juan de Lurigancho, 24 de junio de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en sesión ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional,Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades son go-biernos locales con autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, según el Art. 3º de la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, la gestión de los residuos sólidos enel país tiene como finalidad su manejo integral y sosteniblemediante la articulación, integración y compatibilización delas políticas, planes, programas, estrategias y acciones dequienes intervienen en la gestión y el manejo de los resi-duos sólidos, aplicando los lineamientos de políticas queestablece la presente Ley. Siendo uno de ellos, el estable-cer un sistema de responsabilidad compartida y de manejointegral de los residuos sólidos, desde la generación hastasu disposición final, a fin de evitar situaciones de riesgo eimpactos negativos a la salud humana y el ambiente, sinperjuicio de las medidas técnicamente necesarias para elmejor manejo de los residuos sólidos peligrosos;