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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 de Regularización de Licencia de Obra y de Certificado de Finalización de Obra respectivamente. Que, la presente Gestión Municipal es conciente de las dificultades económicas que afectan a nuestros vecinosasí como también la necesidad del Saneamiento FísicoLegal de sus construcciones y por cuanto la Ley Nº 28437no establece beneficios de las reducciones por el derechode Licencia de Obra; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº27972, luego del debate correspondiente, el Ple-no del Concejo aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DISPONER "La Ampliación de Am- nistía de Regularización de Licencia de Obra con Certifica-do de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y Certificadode Finalización de Obras", en la jurisdicción del distrito deComas, por un lapso de 12 meses, durante el períodocomprendido entre el 31 de diciembre del 2004 al 30 dediciembre del 2005, para aquellas edificaciones que fue-ron notificadas y/o multadas. Artículo Segundo.- También se podrán acoger a la pre- sente amnistía los propietarios de viviendas, locales co-merciales y/o de uso público masivo, que regularicen den-tro del término que se señala en el artículo anterior, eltrámite de Licencia de Obra de las edificaciones nuevas,ampliaciones, remodelaciones y modificaciones que hayanefectuado, sin la autorización correspondiente en el in-mueble de su propiedad, ubicados en terrenos que cuen-ten con habilitación Urbana o Estudios Preliminares apro-bados. Artículo Tercero.- Por la presente Amnistía se reduce en un 50% el pago por los derechos de los trámites descri-tos en el noveno considerando (incluso la liquidación), asícomo se exonera del 100% del pago de la Multa y Mora porconstruir sin Licencia de Obra, mencionado en el artículo8º de la Ley Nº 27333, a todo propietario cuya solicitud seaprocedente. Artículo Cuarto.- Quienes se acojan a la presente Amnistía cancelarán (Ochenta Nuevos Soles); y se les haráentrega de un Fólder Carpeta Municipal con Formulariospara llenar, (lo cual incluye Certificado de Parámetros Ur-banísticos y Edificatorios, Inspección Ocular y Gastos Ad-ministrativos), debiendo agregar los siguientes requisitosmínimos: a) Derecho de Revisión 0.05% del valor de la obra ejecu- tada. b) Documento de Propiedad (copia autenticada).c) Planos de Ubicación y Distribución (con firma profe- sional del Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado (1 juego). d) Certificado de Habilitación Profesional, con fines de Edificación (CAP) y/o e)Certificado de Habilitación de Pro-yectos (CIP), según sea el caso. Artículo Quinto.- Posteriormente al ingreso de sus ex- pedientes, los propietarios de los locales de uso públicomasivo, adjuntarán los certificados correspondientes a suactividad (emitidos por Entidad Oficial Normativa) cuandola Comisión Revisora lo solicite, por considerarlo necesarioy/o conveniente para su evaluación. Artículo Sexto.- No podrán acogerse a la presente Amnistía, los propietarios de las edificaciones sobre lascuales existe Resolución de Demolición, ni las que efec-túen construcciones sin Licencias de Obra a partir de lafecha de publicación de la Ordenanza, a quienes se apli-cará las sanciones ya previstas en el D.S. Nº 008-2000-MTC y en las Leyes Nºs. 27157 y 27333. Artículo Sétimo.- Para los inmuebles que se acojan a la presente Ordenanza de acuerdo al Sexto considerando,se expedirán Licencia Provisional de Obra (en vías de Re-gularización). Los requisitos serán los mismos del artículo4º de la presente Ordenanza, excepto que se aceptará elDocumento de Adjudicación o Compra-Venta expedido porla Junta Directiva respectiva en reemplazo del Título dePropiedad. Artículo Octavo.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Administración Tributaria y a laGerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento dela presente Ordenanza y a la Subgerencia de Imagen Ins-titucional su difusión correspondiente. Artículo Noveno.- Autorizar al Alcalde la aprobación de Normas Complementarios que posibiliten la mejor imple-mentación de la presente Ordenanza y la Subgerencia deImagen Institucional su difusión correspondiente. Asimis-mo dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente, así como dispensar la lectura del Acta para suinmediato cumplimiento. Comuníquese, regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 13342 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G70/G6F/G72 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G72/G72/G61/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G63/G6F/G6D/G62/G72/G6F/G73 /G79/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 160-C/MC Comas, 28 de junio del 2005 VISTOS: En Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio del 2005, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbanoque aprueba el Proyecto de Ordenanza de Cobro por De-recho de Erradicación de Escombros y Residuos Sólidos,en la jurisdicción de Comas; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Polí- tica del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitu-cional Nº 27680, que establece que las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son órganos de Gobierno Localque gozan de autonomía política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia, correspondiendo alConcejo Municipal, la función normativa a través de Orde-nanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar delTexto Único Ordenado del Código Tributario, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a losgobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificary suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y dere-chos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su juris-dicción y con los límites que señala la ley; Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada por De- creto Legislativo Nº 776 establece en forma genérica en suArtículo 69º, modificado por el Artículo 24º del DecretoLegislativo Nº 952, que las tasas por servicios públicos oarbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cadaejercicio fiscal anterior al de su aplicación en función delcosto efectivo del servicio a prestar; Que, siendo necesario adoptar las medidas correspon- dientes para asegurar la continuidad y el buen funciona-miento de los servicios públicos, resulta necesario aprobarel reglamento que establece el cobro por derecho de erra-dicación de escombros y residuos sólidos de la construc-ción en el distrito de Comas; Que la gestión y manejo de residuos sólidos de la cons- trucción y demolición corresponde a las autoridades confacultades establecidas de acuerdo a la Ley General deResiduos Sólidos y su Reglamento, en concordancia conlas políticas y normas nacionales, sectoriales y regionales,en el marco de los principios de la gestión ambiental conte-nidos en el artículo 5º de la Ley Nº 28245, Ley Marco delSistema Nacional de Gestión Ambiental; De conformidad con las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú, losartículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,aprobada mediante Ley Nº 27972 y la Norma IV del TextoÚnico Ordenado del Código Tributario aprobado medianteDecreto Supremo Nº 135-99-EF y sus normas modificato-rias y complementarias, el Concejo Municipal por UNANIMI-DAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación delActa, aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento, que es- tablece el cobro por derecho de erradicación de escom-bros y residuos sólidos de la construcción en el distrito deComas, el mismo que consta de trece (13) Títulos, trescapítulos y artículos y que forman parte integrante de lapresente Ordenanza.