Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005 PROPAGANDA POLITICA Codigo
26001

NORMAS LEGALES
Infraccion Multa en UIT vigente
15% por cada predio afectado

Pag. 297793
Otras sanciones
Retiro y/o ejecucion de obra

Exhibir propaganda politica en predios de dominio privado, sin el permiso escrito del propietario y/o no haberlo registrado ante la autoridad policial correspondiente, ni haberlo comunicado a la autoridad municipal. Exhibir propaganda politica en predios publicos de dominio privado, sin la autorizacion del organo representativo titular de dicho predio. Fijar o pegar carteles, afiches, posteres y/o similares o instalacion de banderolas con propaganda politica en bienes de servicio publico. Pegar carteles, afiches, posters y/o con propaganda politica en bienes de uso publico. Exhibir propaganda politica en carteleras y paraderos de servicio publico contraviniendo lo establecido por la autoridad municipal. Lanzar o arrojar folletos o papeles sueltos de caracter politico en las vias y los espacios publicos de la ciudad. Instalar paneles en espacios no calificados por la autoridad municipal en los bienes de uso publico. Emplear pintura en las calzadas, muros y superficies de bienes de uso publico, servicio publico y en los bienes publicos de dominio privado. Instalar la propaganda politica en forma y lugar distinto al asignado por la autoridad municipal, mediante la calificacion de la ubicacion en el caso de paneles; y la asignacion de espacios en carteleras municipales para carteles, posteres, afiches y similares. Realizar propaganda politica sonora en forma distinta a lo permitido u ocasionando ruidos nocivos o molestos en exceso de los limites maximos establecidos. No retirar y/o borrar la propaganda politica luego de concluido el comicio electoral dentro de los plazos establecidos o no reponer el area afectada a su estado original. Exhibir propaganda politica en los inmuebles declarados monumentos o de valor monumental con elementos que afecten su fachada o sin la autorizacion del Instituto Nacional de Cultura. Exhibir propaganda politica en las estructuras arqueologicas o monumentos historicos prehispanicos. Instalar banderolas en areas y bienes de uso y/o servicio publico incluido los aires.

26002 26003 26004 26005 26006 26007 26008 26009

20% por cada predio afectado 15% por cada bien afectado 20% por cada bien afectado 15% por cada bien afectado 15% 20% por cada panel y/o banderola 30% por cada bien afectado 20% por cada elemento

Retiro y/o ejecucion de obra Retiro y/o ejecucion de obra Retiro y/o ejecucion de obra Retiro

Retiro Retiro y/o ejecucion de obra Retiro

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20%

Retiro

26011

50% por cada bien o predio afectado 100% por cada inmueble afectado 100% 15% por cada banderola

Retiro y/o ejecucion de obra

26012

Retiro y/o ejecucion de obra

26013 26014

Retiro Retiro

Cuarta.- Concedase un plazo de 15 dias calendarios a efectos de que las agrupaciones y partidos politicos procedan a regularizar su propaganda instalada conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Asimismo, concedase similar plazo a fin de que las agrupaciones y partidos politicos retiren o borren la propaganda politica que se encuentre instalada o este siendo exhibida en contravencion a las leyes de la materia y disposiciones de la presente ordenanza bajo apercibimiento de ser retirada por la autoridad municipal inmediatamente de cumplido el referido plazo, bajo cuenta, costo y riesgo de los Partidos, Organizaciones Politicas, Agrupaciones Independientes y Alianzas infractoras, sin perjuicio de las multas y las acciones legales que correspondan. Quinta.- Quedan derogadas las infracciones con los codigos 12017, 12018 y 12019 de la Ordenanza Nº 141MDMM. Sexta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana. Setima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA ANEXO - ORDENANZA Nº 215-MDMM GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA Y OBRAS
Denominacion del Procedimiento Calificacion Dependencia Derecho AutoEvaluacion donde se de Pago matico Silencio Silencio inicia el % U.I.T (+) (-) tramite GRATUITO 5 dias Autoridad que aprueba Autoridad que resuelve el Recurso Impugnativo Reconsideracion: Gerente -Presentar 15 dias -Resolver 30 dias -Doc. sustentatorio Apelacion: Gerente Municipal -Presentar 15 dias -Resolver 30 dias



Requisitos 1. Formato de Solicitud dirigida a Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras indicando ubicacion de la propaganda politica a colocar. 2. MORDAZA del Registro de Inscripcion del Partido Politico, lista independiente o alianza. 3. MORDAZA de documento de representacion del personero legal del Partido Politico, Lista independiente o Alianza. 4. Fotografia con el fotomontaje de la propaganda politica a autorizar cuando se trate de paneles. 5. Memoria descriptiva de las estructuras e instalaciones cuando se trate de paneles, con planos certificados por el profesional responsable.

8.13 Asignacion de espacios en carteleras municipales y calificacion para la instalacion de propaganda politica. Base Legal: Ordenanza N° 215-MDMM

Departamento Gerente de de Tramite Desarrollo Documentario MORDAZA y y Archivo Obras

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