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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 PROPAGANDA POLÍTICA Código Infr acción Multa en UIT vigente Otras sanciones 26001 Exhibir propaganda política en predios de dominio privado, sin el permiso 15% por cada predio afectado Retiro y/o ejecución de ob ra escrito del propietario y/o no haberlo registrado ante la autoridad policial correspondiente, ni haberlo comunicado a la autoridad municipal. 26002 Exhibir pr opaganda política en predios públicos de dominio priv ado, sin la 20% por cad a predio afectado Retiro y/o ejecución de obra autorización del órgano representativo titular de dicho predio. 26003 F ijar o pegar carteles, afiches, pósteres y/o similares o instalación de 15% por cada bien afectado Retiro y/o ejecución de obra banderolas con propaganda política en bienes de servicio público. 26004 Pegar carteles, afiches, posters y/o con propaganda política en bienes de 20% por cada bien afectado Retiro y/o ejecución de obra uso público. 26005 Exhibir propaganda política en carteleras y paraderos de servicio público 15% por cada bien afectado R etiro contraviniendo lo establecido por la autoridad municipal. 26006 Lanzar o arrojar folletos o papeles sueltos de carácter político en las vías 15% y los espacios públicos de la ciudad. 26007 Instalar paneles en espacios no calificados por la autoridad municipal en 20% por cada panel y/o R etiro los bienes de uso público. band erola 26008 Emplear pintura en las calzadas, muros y superficies de bienes de uso 30% por cada bien afectado Retiro y/o ejecución de obra público, servicio público y en los bienes públicos de dominio privado. 26009 Instalar la propaganda política en forma y lugar distinto al asignado por la 20% por cada elemento R etiro autoridad municipal, mediante la calificación de la ubicación en el caso de paneles; y la asignación de espacios en carteleras municipales para carteles, pósteres, afiches y similares. 26010 Realizar propaganda política sonora en forma distinta a lo permitido u 20% R etiro ocasionando ruidos nocivos o molestos en exceso de los límites máximos establecidos. 26011 No retirar y/o borrar la propaganda política luego de concluido el comicio 50% por cada bien o predio Retiro y/o ejecución de obra electoral dentro de los plazos establecidos o no reponer el área afectada a afectado su estado original. 26012 Exhibir propaganda política en los inmuebles declarados monumentos o 100% por cada inmueble Retiro y/o ejecución de obra de valor monumental con elementos que afecten su fachada o sin la afectado autorización del Instituto Nacional de Cultura. 26013 Exhibir propaganda política en las estructuras arqueológicas o 100% R etiro monumentos históricos prehispánicos. 26014 Instalar banderolas en áreas y bienes de uso y/o servicio público incluido 15% por cada banderola R etiro los aires. Cuarta.- Concédase un plazo de 15 días calendarios a efectos de que las agrupaciones y partidos políticos procedan a regularizar su propaganda instalada conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ordenan-za. Asimismo, concédase similar plazo a fin de que las agrupaciones y partidos políticos retiren o borren la propaganda política que se encuentre instalada o esté siendo exhibida en contravención a las leyes de la materia y disposiciones de la presente ordenanza bajo apercibimiento de ser retirada por la autoridad municipal inmediata-mente de cumplido el referido plazo, bajo cuenta, costo y riesgo de los Partidos, Organizaciones Políticas, Agrupa- ciones Independientes y Alianzas infractoras, sin perjuicio de las multas y las acciones legales que correspondan. Quinta.- Quedan derogadas las infracciones con los códigos 12017, 12018 y 12019 de la Ordenanza Nº 141- MDMM. Sexta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde ANEXO - ORDENANZA Nº 215-MDMM GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS Calificación Dependencia Autoridad Autoridad Denominación Derecho Auto- Evaluación donde se que que resuelve Nº del Procedimiento Requisitos de PagomáticoSilencio Silencio inicia el aprueba el Recurso % U.I.T (+) (-) trámite Impugnativo 8.13 Asignación de espa- 1. Formato de Solicitud dirigida a Gerencia de GRATUITO 5 días Departamento Gerente de Reconsideración: cios en carteleras Desarrollo Urbano y Obras indicando ubicación de la de Trámite Desarrollo Gerente municipales y califica- propaganda política a colocar. Documentario Urbano y -Presentar 15 días ción para la instala- 2. Copia del Registro de Inscripción del Partido y Archivo Obras -Resolver 30 días ción de propaganda Político, lista independiente o alianza. -Doc. sustentatorio política. 3. Copia de documento de representación del Apelación: personero legal del Partido Político, Lista Gerente Municipal Base Legal: independiente o Alianza. -Presentar 15 días Ordenanza 4. Fotografía con el fotomontaje de la propaganda -Resolver 30 días N° 215-MDMM política a autorizar cuando se trate de paneles. 5. Memoria descriptiva de las estructuras e instalacio- nes cuando se trate de paneles, con planoscertificados por el profesional responsable. 13340