Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen ampliacion de amnistia de regularizacion de Licencia de Obra con Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios y Certificado de Finalizacion de Obras
ORDENANZA Nº 159-C/MC
Comas, 28 de junio del 2005 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 28 de junio del 2005, el Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA que aprueba la Ordenanza de Ampliacion de Amnistia de Regularizacion de Licencia de Obra con certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios y Certificado de Finalizacion de Obras, en la jurisdiccion del distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales: autonomia Politica, Economica y Administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga competencia tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Concejo Distrital de Comas ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos a traves de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley en el ambito de la jurisdiccion Municipal, de conformidad a lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº816, y pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o la exoneracion de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que la ley senala; Que, de conformidad con el articulo 196º numerales 2 y 3 de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº27680, son bienes y rentas de las municipalidades, los impuestos creados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia; asimismo los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas o exoneraciones de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, de conformidad con el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo 195º, el cual establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, por Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº008-2000-MTC, se han establecido los requisitos, derechos y sanciones, para la construccion, modificacion, remodelacion o demolicion de edificaciones asi como tambien para la regularizacion de aquellas edificaciones realizadas sin la autorizacion correspondiente; Que, segun Informe Nº002-2005-SGOP-GDU/MC, de la Subgerencia de Obras Privadas, en la jurisdiccion del distrito, se mantiene la demanda para la regularizacion de edificaciones que se han construido sin la respectiva Licencia de Obra y que no cuentan con titulo de propiedad o no tengan habilitacion urbana; Que, mediante Informe Nº 385-2005-GAL/MC la Gerencia de Asesoria Legal manifiesta su conformidad con la presente Ordenanza; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 8º de la Ley Nº 27333, toda regularizacion de edificaciones requiere pagar una multa equivalente al 10% del valor de la obra; Que, segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, vigente, en sus numerales 61,75 y 77 se establecen los requisitos y derechos a pagar por el tramite de Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios,

Que, el senor Presidente del Gobierno Regional, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido invitado por los representantes de la Empresa Xing Huo, American Internacional Business S.A.C. -delegacion de empresarios chinos-, a participar de las reuniones que estos sostendran en La Paz, Republica de Bolivia, con representantes del empresariado boliviano y el senor Presidente MORDAZA del citado MORDAZA, el dia 27 de los corrientes; Que, por tratarse de una reunion de suma importancia para los intereses de nuestra region, resulta justificado autorizar dicho viaje, puesto que servira para conocer los avances del Gobierno Boliviano, respecto a la intencion del mencionado Grupo Empresarial, por invertir en la ejecucion de Mega Proyectos, tanto en Bolivia (Puerto Suarez) como en nuestro MORDAZA (Tacna), lo cual representa una oportunidad de desarrollo sostenido para ambos pueblos; Que, de otro lado, el Pleno del Consejo Regional, con fecha 27 de MORDAZA del presente, suscribio el Acta de Intencion, celebrada entre los Gobiernos Regionales de Tacna, MORDAZA, MORDAZA y los senores Consejeros de la Prefectura MORDAZA - Bolivia, en la que consta uno de los Acuerdos, que busca promover en forma conjunta, iniciativas para ampliar el MORDAZA de las Relaciones Comunes entre La Paz y la Region Sur-Andina; Que, en ese orden, y a fin de retribuir la visita que hicieran a nuestra MORDAZA en aquella fecha, los honorables Consejeros de la Prefectura del departamento MORDAZA, el Pleno aprueba viajar a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, a fin de participar de los actos conmemorativos por la celebracion del 180º Aniversario de la Independencia del vecino pais. Dicha visita coadyuvara a unificar los lazos de cooperacion y hermandad entre MORDAZA ciudades; Por lo expuesto, y con las atribuciones otorgadas por los articulos 13º, 15º literal s), 37º literal a) y 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; el Reglamento Interno; de conformidad con lo debatido y aprobado, en la Sesion Extraordinaria de fecha veintidos de MORDAZA del presente, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, por unanimidad; ACUERDA: Articulo 1º.- Autorizar el viaje Oficial del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional de Tacna, a la Republica de Bolivia, los dias 26 y 27 del presente; a fin que participe de las reuniones que sostendran los representantes de la Empresa Xing Huo, American Internacional Business S.A.C., con empresarios y el senor Presidente de la Republica de Bolivia. Articulo 2º.- Autorizar el viaje oficial del senor Presidente y los senores Consejeros del Consejo Regional, a la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, del 4 al 6 de agosto del presente, a fin de participar de los actos conmemorativos por el 180º Aniversario de la Independencia de la Republica de Bolivia. Articulo 3º.- La autorizacion del viaje del senor Presidente, no irrogara gastos al presupuesto del Gobierno Regional, por cuanto los mismos seran cubiertos por dicho Grupo Empresarial. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia General para que en coordinacion con la Oficina Regional de Administracion, adopten las medidas necesarias, a fin de solventar los gastos que demandaran el viaje de los senores Consejeros; debiendo a su retorno, presentar el respectivo informe economico. Articulo 5º.- Encargar el despacho presidencial al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Regional, mientras dure la ausencia del titular. Articulo 6º.- Publicar el presente, en el Diario Oficial El Peruano, y difundir su contenido en el MORDAZA Electronico, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional 13387

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