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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de julio de 2005 aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, in- cluso para la adquisición de bienes y servicios e infraes-tructura, las mismas que constituyen medidas en materiaeconómica y financiera; De conformidad, con el inciso 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Exonérese al Pliego del Poder Judicial, durante el presen- te año fiscal, de lo dispuesto en la Primera Disposición Tran-sitoria literales a) y c) de la Ley Nº 28425 - Ley de Racionaliza-ción de los Gastos Públicos, así como de los procedimientoscontemplados en el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM, y de su reglamento, paraefecto de las adquisiciones de bienes y servicios, mobiliariode oficina e infraestructura, necesarios para la implementa-ción de las tres salas y dos Juzgados Penales Especiales deAnticorrupción de la Corte Superior de Lima, creados median-te Resolución Administrativa Nº 041-2005-CE-PJ. Artículo 2º.- Publicación de las adquisiciones El Poder Judicial registrará las contrataciones en el Siste- ma Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE, conforme a ley. Asimismo, las adquisiciones efec-tuadas deberán ser publicadas en forma resumida en el Dia-rio Oficial El Peruano, en uno de los diarios de mayor circula-ción nacional y en la página web del Poder Judicial. Artículo 3º.- Puesta en conocimiento Las adquisiciones y contrataciones realizadas por el Po- der Judicial señaladas en el artículo 1º del presente Decretode Urgencia deberán ser puestas en conocimiento de la Con-traloría General de la República, la Comisión de Fiscalizacióndel Congreso de la República y el Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado en un plazo no mayorde diez días útiles de haber sido realizadas. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia, será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justi-cia y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en el Palacio del Congreso de la República, en Lima, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y MinasEncargado de la Cartera deEconomía y Finanzas 13465 PCM /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64 DECRETO SUPREMO Nº 057-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM se cons- tituyó el Consejo Nacional de la Competitividad como unacomisión de coordinación de asuntos específicos de laPresidencia del Consejo de Ministros, encargada de desa-rrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividadcon el objeto de mejorar la capacidad del Perú para com-petir en el mercado internacional;Que, como resultado del trabajo conjunto del sector público y privado, se ha culminado el proceso de formulación y debate deldocumento que contiene el Plan Nacional de Competitividad, elmismo que se encuentra expedito para su aprobación; Que, el Plan Nacional de Competitividad, discutido y consensuado en el Segundo Foro Nacional de la Competi-tividad del 14 de julio del 2005, contiene un conjunto deacciones necesarias para que las empresas puedan com-petir eficientemente, enfrentando con éxito los retos quetraen la apertura y los acuerdos comerciales internacionalesque nuestro país viene impulsando decididamente; Que, igualmente el Plan Nacional de Competitividad contiene las bases para llevar a cabo una reforma quepermita eliminar las distorsiones y sobrecostos existentes ycrear un clima que favorezca de manera efectiva las inver-siones y la generación de empleo digno; consigna las ac-ciones a desarrollar en materia educativa a fin de contarcon personas formadas y calificadas; incluye medidas paralograr la mayor eficiencia en las instituciones; y, contieneacciones en materia de innovación tecnológica y protec-ción del medio ambiente y los recursos naturales; De conformidad con los incisos 3 y 24 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del "Plan Nacional de Com- petitividad" Apruébese el Plan Nacional de Competitividad que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Implementación del Plan Nacional de Competitividad Los Sectores del Gobierno Nacional, con arreglo a las competencias y funciones que tienen asignadas conformea la Constitución Política y la ley, en coordinación con elsector privado y la sociedad civil, quedan encargados deimplementar el Plan Nacional de Competitividad. Artículo 3º.- Seguimiento del Plan Nacional de Com- petitividad Encárguese al Consejo Nacional de la Competitividad la difusión, coordinación, seguimiento y monitoreo del cum-plimiento del Plan Nacional de Competitividad. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Econo-mía y Finanzas, el Ministro de Agricultura, el Ministro deTransportes y Comunicaciones, el Ministro de ComercioExterior y Turismo, el Ministro de Relaciones Exteriores, elMinistro de la Producción, Ministro de Trabajo y Promocióndel Empleo y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministrosy encargado de la cartera deRelaciones Exteriores GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y MinasEncargado de la cartera deEconomía y Finanzas MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo DAVID LEMOR BEZDÍN Ministro de la Producción JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 13466