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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2005 (29/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 503-97-PE de fecha 3 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazodeterminado entre otros, a la EMPRESA PESQUERA MAUIS.A. para operar la embarcación pesquera de banderanacional denominada "COMANCHE II", de matrícula Nº CE-4052-PM, con 314.75 m3 de volumen de bodega, para serdedicada a la extracción de los recursos hidrobiológicosanchoveta y sardina con destino al consumo humano indi-recto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco(5) millas de la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulga-da (13 mm.) de longitud mínima de abertura de malla; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable dela embarcación a la que corresponde y que durante suvigencia la transferencia de la propiedad o posesión de lasembarcaciones pesqueras de bandera nacional conllevala transferencia de dicho permiso en los mismos términos ycondiciones en que fue otorgado; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, esta-blecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax),jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber ja-ponicus peruanus), serán destinados al consumo humanodirecto; y que los armadores de las embarcaciones pes-queras con permiso de pesca indistintamente para los re-cursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo hu-mano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar activida-des extractivas de los recursos en mención, en el marco delRégimen de Abastecimiento Permanente a la IndustriaConservera, Congeladora y de Curados, aprobado porResolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarsea las disposiciones contenidas en la citada Resolución; Que mediante los escritos del Visto, la EMPRESA PES- QUERA COMANCHE S.A.C., en virtud de la escisión delbloque patrimonial de la anterior propietaria EMPRESAPESQUERA MAUI S.A., solicita el cambio de titular delpermiso de pesca otorgado por Resolución MinisterialNº 503-97-PE, para operar la embarcación pesquera "CO-MANCHE II" de matrícula CE-4052-PM, petitorio sustenta-do además de lo manifestado con el correspondiente Cer-tificado Compendioso de Dominio, con los que la empresarecurrente acredita la propiedad de la citada embarcaciónpesquera; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 036-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene-ral de Pesca; el artículo 34º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el ProcedimientoNº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de la Producción, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del indicado Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 503-97-PE,para operar la embarcación pesquera de bandera nacionaldenominada "COMANCHE II", con matrícula Nº CE-4052-PM, a favor de PESQUERA COMANCHE S.A.C., en losmismos términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 2º.- El acceso al recurso sardina, será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina,jurel y caballa serán destinados al consumo humano direc-to, o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a lassanciones previstas por su incumplimiento, establecidasen el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En estesupuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacióndeben mantener implementado y operativo el medio o sis-tema de preservación a bordo CSW o RSW, cuyo funciona-miento es obligatorio. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 503-97-PE, a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para ope-rar la embarcación pesquera "COMANCHE II". Artículo 4º.- Incorporar a la EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C., como titular del permiso de pesca otor-gado por Resolución Ministerial Nº 503-97-PE para operarla embarcación pesquera denominada "COMANCHE II", con matrícula Nº CE-4052-PM, así como la presente Reso-lución, al Anexo I, literal A de la Resolución MinisterialNº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la ResoluciónMinisterial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la EM-PRESA PESQUERA MAUI S.A. y a la Resolución Ministe-rial Nº 503-97-PE de los indicados Anexos con respecto ala misma embarcación. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi-lancia del Ministerio de la Producción, a las DireccionesRegionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a laDirección General de Capitanías y Guardacostas del Minis-terio de Defensa y consignarse en el Portal de la PáginaWeb del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO RICHTER BENDEZU Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 13351 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G20/G46/G61/G6D/G69/G2D /G6C/G69/G61/G72/G20/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la creación ydesarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y bajola administración del Fondo Hipotecario de Promoción dela Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como par-te de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento, otorgado por una sola vez al gru-po familiar beneficiario, con criterio de utilidad pública, sincargo de restitución por parte de éstos, y que constituye unincentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzoconstructor; Que, con fecha 13 de setiembre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA, se aprobó elnuevo Reglamento del Bono Familiar Habitacional, sustitu-yendo íntegramente al Reglamento aprobado medianteDecreto Supremo Nº 030-2003-VIVIENDA, estableciendoque mediante Resolución Ministerial de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento se dictarán las demás disposicio-nes que fueren necesarias para la aplicación del mismo; Que, de acuerdo con la modificación anterior se derogó la Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA, que apro-bó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacionaly se aprobó un nuevo Reglamento mediante la ResoluciónMinisterial Nº 313-2004-VIVIENDA; Que, por su parte, mediante Resolución Ministerial Nº 214-2004-VIVIENDA publicada el 7 de septiembre de2004 se creó el Registro de Grupos Familiares; Que, el Registro de Grupos Familiar implica un nuevo mecanismo de asignación del Bono Familiar Habitacionalpor lo que es necesario dictar las normas para regular elotorgamiento de dicho Bono; Que, dada la existencia de diversas normas que regu- lan el Bono Familiar Habitacional resulta necesario siste-matizar la normatividad vigente en un nuevo Reglamentodel Bono Familiar Habitacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE DECRETA:Artículo 1º.- Aprúebese el Reglamento del Bono Fami- liar Habitacional, que consta de siete capítulos, 34º artícu-los, una (1) disposición transitoria y ocho (8) disposicionesfinales.