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PÆg. 293833 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Carlos Siewczynski Burmester inter- puso recurso de queja contra el Servicio de Administra-ción Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, alegando que se le habían iniciado procedi- mientos de cobranza coactiva de valores emitidos porArbitrios Municipales de los períodos 2002-03 y 2003- 03, sin adjuntar los cargos de notificación de las resolu- ciones de determinación que eran título materia de eje-cución; Que, mediante Proveídos Nºs. 1565-5-2004 y 1752- 5-2004 de fechas 22 de octubre y 17 de noviembre de2004 respectivamente, el Tribunal Fiscal solicitó al SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, en un plazo no mayor de 10 días hábiles, remita lo siguiente: i)un informe documentado sobre los hechos materia de queja; ii) copia certificada de los valores (órdenes de pago, resoluciones de determinación o resoluciones demulta) que sustenten la deuda tributaria materia de co- branza coactiva y de sus correspondientes constan- cias de notificación, y iii) copia certificada de todas lasresoluciones de ejecución coactiva que se hubieran dic- tado en los procedimientos de cobranza coactiva segui- dos contra el quejoso y sus constancias de notificación; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00250- 5-2005 de fecha 14 de enero de 2003, se requirió al SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima por tercera yúltima vez que remitiera lo solicitado, ordenándose la suspensión temporal de los procedimientos de cobran- za coactiva iniciados contra el quejoso; Que, no obstante haber transcurrido en exceso el plazo otorgado, el SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, no cumplió con remitir lo solicitado, por lo quese dictó la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01207-5- 2005 del 23 de febrero de 2005 que declaró Fundada la queja interpuesta, debiendo suspenderse definitivamen-te la cobranza coactiva y levantarse las medidas caute- lares que se hubieran trabado, disponiéndose que se remitiera copia de los actuados al Procurador Públicodel Ministerio de Economía y Finanzas, a fin que proce- da al ejercicio de las acciones legales pertinentes; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de- ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte del SAT de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia deindicios razonables de la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora deActos Funcionales, previstos y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Le- gislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constitu- ye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuestoque si bien carece de competencia para aplicar sancio- nes a los funcionarios de la Administración Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren enresponsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Poder Judicial a través del proceso penal corres- pondiente, el que se inicia con la denuncia que interponeel Procurador Público del Sector, sin perjuicio de la res- ponsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in-terponga las acciones judiciales pertinentes contra quie- nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa delEstado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-mía y Finanzas para que, en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici-palidad Metropolitana de Lima de la comisión de los deli- tos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuestoen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para sucumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 10345 Modifican resolución que oficializó la I Convención Nacional de Auditoría -AUDITA 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2005-EF/10 Lima, 1 de junio de 2005 Visto el Oficio Nº 078-2005-JDCCPP, de fecha 12 de mayo de 2005 del Presidente de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y el Decano del Colegio de Contadores Públicos de Pasco, sobremodificación de fecha de realización de la “I Convención Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2005- EF/10 del 28 de marzo de 2005 se oficializó la “I Conven- ción Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”, cuyo lema es “La actuación del Auditor de Conformidad con losNuevos Pronunciamientos Internacionales de Ética, Ase- guramiento y Auditoría”, organizado por la Junta de De- canos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y elColegio de Contadores Públicos de Pasco que se lleva- ría a cabo en la ciudad de Cerro de Pasco, provincia de Cerro de Pasco y departamento de Pasco, los días 18,19 y 20 de agosto de 2005; Que, los organizadores mediante el Oficio de Visto señalan que por razones ajenas a su voluntad y por larealización de otros eventos internacionales de su pro- fesión en fechas próximas se han visto obligados a mo- dificar la fecha de realización del citado evento para losdías 17, 18 y 19 de noviembre de 2005; Que, asimismo, los organizadores solicitan que la “I Convención Nacional de Auditoría - AUDITA 2005”, seadenominada “CPC Oscar de la Cruz Espinoza” en reconocimiento del gremio a un Contador Público Cole- giado que en vida tuvo una destacada labor profesionale institucional en el Colegio de Contadores Públicos de Pasco; Que, es política del Ministerio de Economía y Finan- zas planear, dirigir y controlar, entre otras, la política de contabilidad y respaldar toda actividad que favorezca la actualización y superación de los profesionales en con-tabilidad; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo- y el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modifica- do por el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 147-2005-EF/10, el que que- dará redactado de la siguiente manera: “Artículo Único.- Oficializar la “I Convención Nacio- nal de Auditoría - AUDITA 2005”, denominada “CPC Oscar de la Cruz Espinoza” y cuyo lema es “La actua-ción del Auditor de Conformidad con los Nuevos Pro- nunciamientos Internacionales de Ética, Aseguramiento y Auditoría”, organizado por la Junta de Decanos deColegios de Contadores Públicos del Perú y el Colegio de Contadores Públicos de Pasco que se llevará a cabo en la ciudad de Cerro de Pasco, provincia de Cerro de