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PÆg. 293855 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA LA EXPORTACIÓN POR ENVÍOS POSTALES PARA LAS PYMES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL El Gobierno de la República del Perú y El Gobierno de la República Federativa del Brasil(en adelante denominados las "Partes"), Teniendo en cuenta los objetivos de integración re- gional y de coordinación de iniciativas multilaterales de- sarrolladas en el ámbito de la Iniciativa de Integración de la Infraestructura Regional Suramericana - IIRSA; Considerando su disposición de incrementar accio- nes para la expansión del comercio internacional entre los países de América del Sur, orientados a la inclusiónde las pequeñas y microempresas - PYMES del merca- do exportador; Que, el proyecto "Exportación por Envíos Postales para las PYMES" nace y se inscribe dentro de la iniciati- va de IIRSA y que, por tanto, resulta conveniente que los Gobiernos de ambos países suscriban el presente Me-morándum de Entendimiento; Procurando fortalecer el espíritu de cooperación amistosa y establecer un intercambio de experienciasordenadas en el campo de interés relacionado a las ex- portaciones y a los servicios postales; y, Enterados de las ventajas recíprocas resultantes de una cooperación técnica en ese campo de interés; Acuerdan en lo siguiente: ARTÍCULO 1 1. Los Gobiernos se comprometen a elaborar y eje- cutar, de común acuerdo, programas y proyectos de cooperación técnica, en asuntos relativos a la imple- mentación de un sistema simplificado de exportaciónpor envios postales en el mercado peruano. 2. Los programas y proyectos de cooperación técnica a que hace referencia el presente Memorándum de En-tendimiento serán objetos de estudios y ajustes comple- mentarios que especificarán sus objetivos, los cronogra- mas de trabajo, así como las obligaciones, incluso lasfinancieras, de cada una de las Partes, además del patro- cinio financiero previsto de ser asumido por la IIRSA. ARTÍCULO 2 1. A los fines del presente Memorándum de Entendi- miento, la cooperación técnica relativa al proceso de exportaciones por envíos postales entre las Partes po- drá asumir las siguientes formas: a) Intercambio recíproco de documentación técnica de interés mutuo que permita implementar el proceso,objeto de este Memorándum de Entendimiento; b) Formación y perfeccionamiento profesional en el tema, mediante la realización de programas de visitastécnicas o prácticas de especialización; c) Intercambio de técnicos y consultores y de proce- sos establecidos, incluyendo la asistencia técnica, enlos términos de este Memorándum de Entendimiento; d) Organización de seminarios, simposios y confe- rencias; e) Disponibilidad de equipamientos y/o materiales en el ámbito de actividades específicas y según las moda- lidades financieras a ser especificadas; f) Envío de expertos para integrar equipos de traba- jo; g) Elaboración de programas conjuntos de encuesta y desarrollo; o, h) Cualquier otra modalidad acordada por las Partes. Para todas modalidades y acciones previstas en este artículo, se buscarán financiamientos apropiados en el ámbito de la cooperación bilateral y/o multilateral aplica-bles a ambas Partes. ARTÍCULO 3 El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil designarán alas entidades u órganos nacionales que se encarga- rán de implementar los trabajos que resulten nece- sarios para poner en marcha un sistema simplificado de exportación por envíos postales para las PYMESen el mercado peruano, de similar naturaleza como el que está actualmente en operación en el Brasil. ARTÍCULO 4 1. Las actividades previstas en el presente Me- morándum de Entendimiento serán implementadas de conformidad con los acuerdos y procedimientos que rigen las acciones de cooperación técnica entre lasPartes. 2. Corresponderá a los respectivos órganos nacio- nales, señalados en el Artículo 3 de este Memorándumde Entendimiento, programar y coordinar la ejecución de los programas y proyectos previstos y realizar la trami- tación necesaria. ARTÍCULO 5 El presente Memorándum de Entendimiento entrará en vigor en la fecha de su firma. ARTÍCULO 6 1. La validez del presente Memorándum de Entendi- miento será de tres (3) años, prorrogables por períodos iguales, mediante comunicación por escrito por las Par- tes. 2. En el caso que las actividades previstas para la implementación del proyecto o programa, objeto del pre- sente Memorándum de Entendimiento, se concluyanantes del plazo de su validez, una de las partes podrá notificar a otra, solicitando su término. 3. Cada Parte podrá notificar a otra, a cualquier mo- mento, por escrito, por vía diplomática, acerca de la intención de suspender o denunciar este Memorándum de Entendimiento. 4. La denuncia tendrá efecto tres (3) meses después de la fecha de recepción de la notificación. 5. La denuncia no afectará los programas y proyec- tos en ejecución, salvo cuando haya expresa concor- dancia de las Partes. ARTÍCULO 7 1. En el caso que las Partes se vean impedidas, por razones de fuerza mayor, en cumplir las obligaciones derivadas del presente Memorándum de Entendimiento, la aplicación de la misma será suspendida por el plazoque fuere necesario. 2. La solicitud de suspensión de aplicación de este Memorándum de Entendimiento deberá ser comuni-cada a la otra Parte por escrito, por vía diplomática, con una anticipación mínima de sesenta (60) días con relación a la fecha en que deberán efectuar la suspen-sión. ARTÍCULO 8 1. Las controversias que puedan surgir entre las Partes en virtud de la interpretación o implementación deeste Memorando de Entendimiento, serán resueltas me- diante acuerdo entre las Partes. 2. En fe de lo cual, los abajo firmados debidamente autorizados, suscriben el presente Memorándum de Entendimiento en dos (2) textos originales, en los idio- mas español y portugués, siendo ambos igualmenteauténticos. Firmado en la ciudad de Cusco, en la República del Perú, a los ocho días del mes de diciembre de 2004. Firma POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Firma POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL 10286