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PÆg. 293867 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigen- tes, expedidos o convalidados por la Dirección Generalde Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Se- guros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ está obligado a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos einformes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direc- ción General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ está obligado a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin demantener permanente información del tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ empleará en su servicio, personal aero- náutico que cuente con su respectiva licencia y certifi- cación de aptitud expedidos o convalidados por la Di-rección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ podrá hacer uso de las instalaciones delos aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autori- zación de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ podrán operar en los aeropuer- tos y/o aeródromos cuyas alturas y longitudes de pista estén comprendidas dentro de sus tablas de performan-ce aprobadas por el fabricante y la autoridad correspon- diente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacida-des legal, técnica o económico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, o su Regla- mento. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la exis- tencia de fraude o falsedad en la documentación pre- sentada o en las declaraciones hechas por el intere-sado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, pro- cederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes;así como a las Directivas que dicte esta Dirección Ge- neral. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 10200 VIVIENDA Encargan funciones de Director Ejecuti- vo del Programa Pro Cuenca Chillón yCono Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2005-VIVIENDA Lima, 1 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 252-2004- VIVIENDA, de fecha 14 de octubre de 2004, se designó al señor Manuel Alejandro Zubiate Vidal, como Director Ejecutivo del Programa PRO CUENCA CHILLÓN yCONO NORTE; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia a dicho cargo, la que es procedente aceptar y desig-nar a la persona que ocupará el referido cargo; De conformidad con lo establecido por las Leyes Nºs. 27779 y 27792, los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA, 009-2004-PCM y 060-2004-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Manuel Alejandro Zubiate Vidal, al cargo de Direc-tor Ejecutivo del Programa PRO CUENCA CHILLÓN y CONO NORTE, con efectividad al 14 de marzo de 2005, dándosele las gracias porlos servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir de la fecha, al Arq. CARLOS CARBAJAL CATACORA, la Dirección Ejecuti- va del Programa PRO CUENCA CHILLÓN y CONONORTE. Artículo 3º.- Las actividades del Programa PRO CUENCA CHILLÓN y CONO NORTE, serán coordina-das a través de la Oficina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional - ONACOSPI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 10296 PODER JUDICIAL Designan abogada para que suscriba como firma adicional la expedición deCertificados Judiciales de Ante-cedentes Penales y suscripción de ofi- cios de remisión de certificados RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 398-2005-GG-PJ Lima, 31 de mayo de 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 108-2005-GSJR-GG/PJ, presentado por la Gerencia de Servicios Judiciales yRecaudación del Poder Judicial, mediante el cual solicita la designación de un abogado como firma alterna autori- zada para la suscripción de los Certificados Judicialesde Antecedentes Penales de Uso Administrativo y/o Ju- risdiccional; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Condenas, es uno de los órganos de línea de la Gerencia de Servicios Judi- ciales y Recaudación encargado de la inscripción, re-fundición y rehabilitación de sentencias condenatorias impuestas por los diversos Juzgados y Salas de la Re- pública y de la expedición de Certificados Judiciales deAntecedentes Penales de uso jurisdiccional y adminis- trativo; Que, atendiendo a la diversidad de funciones del Jefe del Registro Nacional de Condenas, el Consejo Ejecuti- vo por Resolución Administrativa Nº 016-2002-CE-PJ autorizó al Registro Nacional de Condenas el uso defirmas alternas para la expedición de Certificados de Antecedentes Penales de uso administrativo y/o jurisdic- cional, delegando a la Gerencia General del Poder Judi-cial, la autorización total o parcial del uso de firma alter- na, así como la designación de las personas que conta- rían con dicha facultad, a fin de velar por el óptimofuncionamiento de dicha dependencia administrativa posibilitando una atención oportuna a los órganos juris- diccionales y/o a los usuarios; Que, por Resolución de Gerencia Nº 240-2002-GG/ PJ de fecha 20 de marzo de 2002, se autorizó al Regis- tro Nacional de Condenas, el uso de firma alterna para laexpedición de Certificados Judiciales de Antecedentes Penales de uso jurisdiccional y/o administrativo, así como para la suscripción de los oficios de remisión de certifi-cados; Que, el Registro Nacional de Condenas expide diaria- mente un promedio de 2600 Certificados Judiciales deAntecedentes Penales de uso jurisdiccional y de uso administrativo, adicionando a los mismos un promedio