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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (03/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 293870 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 tración Distrital y Secretaría Técnica del Consejo Nacio- nal de Seguridad Ciudadana. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 10332 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a Francia para participar en el curso"Financial Derivatives Markets" RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 043-2005 Lima, 25 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en as- pectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento de sus funciones la Geren- cia de Crédito y Regulación Financiera tiene entre sus objetivos el adecuado manejo de los diferentes instru-mentos monetarios y crediticios; Que, el Banco de Francia invita a este Banco Central a participar en el curso "Financial Derivatives Markets", quese llevará a cabo en la ciudad de Marne-La-Vallée, Francia, del 28 de junio al 1 de julio de 2005; en tal sentido, se considera necesaria la participación de la entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de20 de abril de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Adolfo Ibargüen Alfaro, Jefe de la Sección Instrumentos Monetarios de la Ge- rencia de Crédito y Regulación Financiera, a la ciudad de Mar-ne-La-Vallée, Francia, entre el 27 de junio y el 1 de julio, y al pago de los gastos, a fin de participar en el certamen que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 1179,97 Viáticos US$ 260,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28,24 ------------------ TOTAL US$ 1468,01 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidente Encargado de la Presidencia 09923 J N E Convocan a consulta popular de revo- catoria del mandato de autoridadesmunicipales para el día domingo 30 de octubre de 2005 RESOLUCIÓN N° 136-2005-JNE Lima, 1 de junio de 2005Vistos, los expedientes remitidos por la Oficina Na- cional de Procesos Electorales, conteniendo las soli- citudes de revocatoria de autoridades municipales que reúnen los requisitos formales establecidos en la LeyNº 26300 - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, para la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridadesmunicipales en diversas circunscripciones de la Re- pública; CONSIDERANDO: Que la revocatoria del mandato municipal de alcalde y de regidores es un derecho de control ciudadano con- sagrado en los artículos 2º numeral 17), y 31° de la Constitución Política; y, que se encuentra regulado en laLey de los Derechos de Participación y Control Ciuda- danos Nº 26300, como un proceso electoral de consulta popular; Que conforme a lo previsto por los artículos 6° y 22° de la Ley N° 26300, el Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil ha verificado la autenticidad de lasfirmas de la relación de adherentes de cada solicitud de revocatoria, emitiéndose en cada caso, la constancia que acredita que los promotores han cumplido con pre-sentar las firmas válidas de no menos del 25% de elec- tores de la jurisdicción de acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 006-2004-JNE; Que dichas solicitudes, además, han cumplido con consignar la fundamentación de los pedidos de revoca- toria, que no requiere ser probada, y los otros requisitosformales de admisibilidad, señalados en los artículos 4º y 21º de la ley acotada; Que es competencia del Jurado Nacional de Eleccio- nes admitir las solicitudes de revocatoria del mandato de autoridades municipales que hayan sido presentadas ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales y quecumplan con los requisitos formales, a fin de convocar a consulta electoral de revocatoria dentro de los noventa (90) días siguientes de solicitada formalmente, con arre-glo a los artículos 8º y 21º, tercer párrafo, de la citada norma; Que para la realización de consulta popular de re- vocatoria del mandato de autoridades municipales, debe tomarse en cuenta las siguientes actividades: preparación de presupuesto de los organismos elec-torales, elaboración y aprobación del padrón electoral respectivo, constitución e instalación de Jurados Elec- torales Especiales y de Oficinas Descentralizadas deProcesos Electorales, establecimiento de mesas de sufragio así como la designación y capacitación opor- tuna de sus miembros, diseño, impresión y distribu-ción del material electoral a utilizarse; así como su aprobación para afrontar el proceso de consulta po- pular, entre otras actividades; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Elec- ciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, para el día domingo 30 de octubre de 2005, de las juris- dicciones enunciadas conforme al anexo que forma par-te de la presente resolución; Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto del Jurado Nacional de Elec-ciones, formule el proyecto de presupuesto requerido para el desarrollo del proceso de consulta popular con- vocado. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil, la presente resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General