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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (03/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 293866 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 podrá acogerse al Código de Ética que emita el Ministe- rio. Artículo 4º.- La titular está obligada a instalar y ope- rar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo alas condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modificadas previa autorizacióndel Ministerio. En caso de aumento de potencia, ésta será autori- zada hasta el máximo establecido en el Plan de Canali-zación y de Asignación de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. Artículo 5º.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización las consignada en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como las señaladas en la presente Resolución. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae el ar- tículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el men- cionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de lascondiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 7º.- Dentro de los sesenta (60) días de no- tificada la presente Resolución, la titular de la autori- zación efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización, canon anual y publicación de la presenteResolución, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministe- rio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 8º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones lega- les y reglamentarias vigentes que regulan el servicioautorizado, debiendo adecuarse a las normas modificato- rias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 10191 Otorgan permiso de operación de aviación general a favor de personanatural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 054-2005-MTC/12 Lima, 27 de abril de 2005 Vista la solicitud de CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ, sobre Permiso de Operación de Aviación General - Servicio Privado. CONSIDERANDO: Que, según los términos de la Memoranda Nº 054- 2005-MTC/12.AL y Nº 0122-2005-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aero-náutica Civil; Memorando Nº 0514-2005-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se consi- dera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido larecurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del inte-resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinenteprecisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa auto- rización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspen-der o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento me- diante la expedición de la Resolución Directoral res- pectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás dispo- siciones legales vigentes; y con la opinión favorable delas áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ, Permiso de Operación de Avia-ción General - Servicio Privado, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publica- ción de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación General: Servicio Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional.MATERIAL AERONÁUTICO: - Piper Cherokee PA-28-180. ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AE- ROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Tumbes, Bayóbar, Huancabamba, Piura, Talara. DEPARTAMENTOS: AMAZONAS, CAJAMARCA Y LAMBAYEQUE - Chachapoyas, Ciro Alegría, Rodríguez de Mendo- za, Jaén, Chiclayo. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Trujillo, Casa Grande. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote. DEPARTAMENTO: LIMA - Internacional Jorge Chávez, Collique, Lib Mandi Me- tropolitano. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Nasca, Pisco. DEPARTAMENTOS: JUNÍN, HUÁNUCO - Mazamari, Puerto Ocopa, Tingo María. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS - Huaypetúe, Manú, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTOS: MOQUEGUA, TACNA - Ilo, Moquegua, Tacna. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Atico, Caravelí. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Juanjuí, Saposoa, Tarapoto. DEPARTAMENTO: LORETO - Caballococha, Contamana, Corrientes/Trompeteros, El Estrecho, Güeppi, Iquitos, Orellana, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Pucallpa, Puerto Esperanza, Sepahua, Unine, Yarinacocha. BASE DE OPERACIONES:- Aeródromo Las Dunas. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a CARLOS ALBERTO PALACIN FERNANDEZ deben estar provis- tas de sus correspondientes Certificados de Matrícula