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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (04/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 293941 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 ANEXO Nº 3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL HOLOGRAMA DE SEGURIDAD DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO Holograma autoadhesivo de tipo "PATTERN RELEASE" (que se autodestruye ante cualquier intento de desprendimiento). COLORCampo Izquierdo : Full color Campo Derecho : Metálico Holográfico FORMA Cuadrado de 2.5 cm. por lado DISEÑOBitridimensional con diseño propio y con técnica "FLIP-FLAP" en el diseño del Timón que presentará una sensación de movimiento al mover el holograma.En el campo izquierdo y en impresión Flexográfica llevará la fotografía de una familia peruana. En el campo derecho se mostrará la palabra soat, la figura de un timón con sensación de movimiento y el logo del MTC. A los cos tados y al centro de la base metalizada irán unos diseños de semáforos iridiscentes.Todos estos diseños se realizarán sobre la base de un fondo de seguridad que diga 2005 y, adicionalmente el logo del MTC descan saría sobre una roseta con trama de seguridad. En el borde interior llevará impreso el mensaje "PROTEGE TU VIDA" 10475 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a Argentina para participar en even-to de capacitación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2005-MTC/02 Lima, 3 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundopárrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibi-dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli- cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex- terior y Turismo, así como la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,en cuyos casos los viajes serán autorizados a través deresolución del Titular del Pliego respectivo, la misma quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la norma citada en el considerando anterior dispo- ne como una de las competencias de la Dirección General