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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (04/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 293951 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con loprevisto en los artículos 191º y 192º de la ConstituciónPolítica del Perú de 1993, modificada por la Ley de Refor-ma Constitucional del capítulo XIV del título IV, sobreDescentralización - Ley Nº 27680; Ley de Bases de Des- centralización - Ley Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobier- nos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por LeyNº 27902, y demás normas complementarias; VISTO: El Proyecto de Ordenanza Regional para la Creación del CONSEJO REGIONAL DEL ADULTO MAYOR, presen-tado por la señora Consejera Regional María ElizabethRondo Layza, Presidenta de la Subcomisión de la Mujer yPromoción de la Familia del Consejo Regional La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que la Comunidad y el Estado protegen espe-cialmente al niño, adolescente, a la madre y al anciano ensituación de abandono; Que, además, el Perú ha ratificado los siguientes Trata- dos en materia de Derechos Humanos, que en aplicacióndel Artículo 55º de la Constitución Política vigente formanparte del Derecho Nacional y constituyen marco jurídico dela presente Ordenanza: - Declaración Universal de los Derechos Humanos, apro- bada por Resolución Legislativa Nº 13282 del 9 de diciem-bre de 1959, Artículo 25º que prescribe el "derecho a unavida digna desde el nacimiento hasta la muerte". - Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políti- cos, aprobado por el Decreto Ley Nº 22128 del 28 de marzo de 1978, que entró en vigencia el 28 de julio de1978. - Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por Decreto Ley Nº 22129del 28 de marzo de 1978, que entró en vigencia el 28 de julio de 1978. - Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, aprobada por la Resolu-ción Legislativa Nº 25278 el 4 de junio de 1982, ratificadael 20 de agosto del mismo año, de la cual se deriva laobligación de asociar los enfoques de Equidad de Género y Generacional respecto de la problemática del Adulto Mayor. - Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer, aprobada por Resolu-ción Legislativa Nº 26583 del 25 de marzo de 1993 y ratifi-cada el 2 de abril del mismo año, la cual considera como uno de los factores que colocan a la mujer en situación de vulnerabilidad a la violencia cuando alcanza la condiciónde anciana. - Convención Americana sobre DD.HH. en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ProtocoloAdicional de San Salvador, que en su artículo 17º precep- túa el "derecho de toda persona a una protección especial durante su ancianidad”. Que, a través de los Tratados de Derechos Humanos los Estados se comprometen a respetar y hacer respetarlos derechos y libertades fundamentales de las personas,absteniéndose de todo tipo de acciones violatorias de los mismos y realizando acciones idóneas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural, para que todos los sereshumanos dentro de su jurisdicción disfruten efectivamentede los derechos que les son reconocidos; Que, según el artículo 4º de la Ley Nº 27867 los Gobier- nos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la in- versión pública y privada y el empleo y garantizando elejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportu-nidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes yprogramas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo los incisos 1) y 4) del Artículo 8º de la misma Ley, consagran como principios rectores de las polí- ticas y la Gestión Regional, la Participación Ciudadana enlas fases de formulación, seguimiento, fiscalización y eva-luación de la gestión de gobierno y de la ejecución de losplanes, presupuestos y proyectos regionales; así como lapromoción de la Inclusión económica, social, política y cul- tural de grupos sociales tradicionalmente excluidos y mar- ginados del Estado;Que, dentro de las funciones específicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, estableci- das por el Artículo 60º de la misma Ley, se encuentran: d) Promover la participación ciudadana en la planifica- ción, administración y vigilancia de los programas de desa-rrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brin-dando la asesoría y apoyo que requieran las organizacio- nes de base involucradas. e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación inter- nacional y las empresas privadas en los programas delucha contra la pobreza y desarrollo social. f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportuni- dades. h) y "Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne produc-tiva para la región, con protección y apoyo a los niños,jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapaci-dad, adultos mayores y sectores sociales en situación deriesgo y vulnerabilidad; Que, el primer párrafo del Art. 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general, la organi-zación y la administración del Gobierno Regional; en talsentido y en uso de sus facultades conferidas en dicha ley, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto,con el voto UNÁNIME de los señores integrantes de dichoConsejo; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la creación del CONSE- JO REGIONAL DEL ADULTO MAYOR DE LA LIBERTAD -CRAM, cuya sede central funcionará en la ciudad de Truji-llo. Artículo Segundo.- APROBAR el contenido del Manual de Organización y Funciones del CONSEJO REGIONAL DEL ADULTO MAYOR-CRAM, cuyo texto completo se en-cuentra en Anexo Adjunto como parte integrante de lapresente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 10378 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres de la Región Moquegua ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-CR/GRM 24 de mayo de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifica-da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIVdel Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Leyde Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - su modificatoria - Ley Nº 27902, y demás Normas Comple-mentarias; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 19338, se creó el Sistema de Defensa Nacional; como parte integrante de la DefensaNacional, cuya finalidad es: “Proteger a la población, previ-