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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (04/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 293958 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 nanza Nº 089-MDB de fecha 11 de noviembre del 2003 y todas aquellas normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 10313 Reglamentan la participación de la so- ciedad civil en el Proceso de Progra- mación del Presupuesto Participativo2006 ORDENANZA Nº 153-MDB Breña, 19 de mayo de 2005 EL ALCALDE DE BREÑA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Breña, en Sesión Ordinaria de fecha; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Políti- ca del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprue-ba la Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV,sobre descentralización, establecen que las municipalida-des promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de suejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme aley; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, dispone de su artículo 17.1 que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes deDesarrollo y Presupuestos, y en la Gestión Pública; Que, en el artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, señala que las municipalidades se rigenpor presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprue- ban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concor-dancia con los planes de desarrollo concertados de sujurisdicción; Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos partici-pativos; Que, mediante Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de progra-mación participativa del Presupuesto, el cual se desarro-lla en armonía con los planes de desarrollo concertadosde los gobiernos locales; Que, mediante Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01, apro- bado por Resolución Directoral Nº 006-2005-EF/76.01, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministeriode Economía y Finanzas, ha dictado disposiciones com-plementarias para el desarrollo del proceso del Presupues-to Participativo 2006, en concordancia con la DisposiciónFinal Quinta del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Regla- mento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056; Que, como documentos fuente se tomarán como referencia para el desarrollo del Proceso Participativo delPresupuesto Institucional 2006, el Plan de Desarrollo Inte-gral elaborado en coordinación con el Instituto Metropolita- no de Planificación - IMP, y el Plan Estratégico Institucional de esta Municipalidad; Que, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabili-dades, obligaciones, derechos; así como establecer el cro-nograma mínimo para el desarrollo de las acciones del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el año 2006; Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de apro- bar las normas que garanticen una efectiva participaciónvecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9º inciso 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Estando al Informe Nº 075-2005-GPP-MDB e Informe Nº 120 -2005-GAJ-MDB de la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto y de Asuntos Jurídicos respectivamente; con-tando con opinión favorable de la Comisión de Planea-miento, Presupuesto y Administración de Recursos;y delConsejo de Coordinación Local-CCL; De conformidad con lo establecido en los artículos 9º numerales 8) y 14), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lecturay aprobación del Acta, por Unanimidad aprobó la siguien-te: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006 TÍTULO I OBJETO Y FINES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a través de loscuales las organizaciones de la sociedad civil, participanen el Proceso de Programación del Presupuesto Partici- pativo 2006. Artículo 2º.- La finalidad de la presente Ordenanza es la de recoger las necesidades de los vecinos de Breña yplasmarlas en forma prioritaria, dentro del Programa deInversión Municipal, y su consiguiente ejecución. TÍTULO II DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 3º.- Para efectos de la presente norma se en- tenderá por: a) Presupuesto Participativo: El Presupuesto Partici- pativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado -Sociedad, mediante el cual se define las prioridades sobrelas acciones a implementar en el nivel de Gobierno local,con la participación de la sociedad organizada, generandocompromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan con voz y voto en ladiscusión y toma de decisiones en el Proceso del Presu-puesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Breña, los miembros del Concejo Municipal de Breña, los repre-sentantes de la Sociedad Civil debidamente identificados yacreditados, y los representantes de las entidades delGobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbitodel distrito de Breña designados para este fin. Integran también, los Agentes Participantes un Equipo Técnico de soporte de Proceso designado por el Alcalde, quienesparticipan con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como Organis- mos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temáti- ca, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamentedentro del ámbito local tales como juntas y comités vecina-les, clubes de madres, comedores populares, comités devaso de leche, asociaciones de padres de familia, organi- zaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concerta- ción de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupaciónsocial representativa en la localidad. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadaspromotoras del desarrollo, tales como universidades, cole- gios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, aso-ciaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, deproductores o comerciantes, organismos de cooperacióntécnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras,con presencia en la jurisdicción. d) Equipo Técnico: Conformado por los profesionales y técnicos de la Municipalidad de Breña designados por elAlcalde. Tiene la misión de brindar soporte técnico en elproceso del Presupuesto Participativo y desarrollar el tra- bajo de evaluación técnica; asimismo, de armonizar la rea- lización de acciones de capacitación de los Agentes Parti-cipantes.