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PÆg. 293949 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a dispo- ner la exclusión de valores mobiliarios del Registro Público de Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los bonos denominados "Cuarta Emisión de Bonos COFIDE" y "Quinta Emisión de Bonos COFIDE", emitidos por Corpora- ción Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE en el marcodel Primer Programa de Bonos COFIDE, del Registro deValores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exçlusión del Registro Público del Mercado de Valores de los bonos denominados "Cuar- ta Emisión de Bonos COFIDE" y "Quinta Emisión de Bo- nos COFIDE" emitidos por Corporación Financiera de De-sarrollo S.A. - COFIDE en el marco del Primer Programa deBonos COFIDE. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publica- da en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de CONASEV. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Cor- poración Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, a la Bol-sa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y EmisoresComisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 05100 INDECI Rectifican denominación del Proyecto a que se refiere la R.J. N” 126-2005-INDECI por la de "Apoyo Alimentario ala Población Afectada por Sequía yHeladas (Mantener los niveles nutricio-nales)" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 153-2005-INDECI 24 de mayo del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 126-2005- INDECI de fecha 29.ABR.2005, aprobó la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, con cargo a los recursos provenientesdel crédito extraordinario, permanente y revolvente otorga-do por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta porun monto de UN MILLÓN CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 005 000,00) para la ejecución del Proyecto "Apoyo Alimentario a la Población Afectada por Sequía yHeladas" para el Gobierno Regional de Apurímac; Que, por error material se consignó en la parte conside- rativa y resolutiva de la mencionada Resolución como de-nominación del Proyecto el "Apoyo Alimentario a la Pobla- ción Afectada por Sequía y Heladas" para el Gobierno Regional de Apurímac en lugar de "Apoyo Alimentario a laPoblación Afectada por Sequía y Heladas. (Mantener losniveles nutricionales)"; Que, de conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cual-quier momento de oficio o a instancia de los administrados,siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni elsentido de la decisión; Que, en consecuencia, es procedente rectificar el Artí- culo Primero así como el Quinto y Sexto Considerando de la Resolución Jefatural Nº 126-2005-INDECI a efectos desuperar el error material incurrido y consignar la denomina-ción correcta del Proyecto; Con las visaciones de la Subjefatura, de la Oficina de Asesoría Jurídica y Dirección Nacional de Proyectos Espe- ciales; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General y en uso de las atribucionesconferidas por el Reglamento de Organización y Funcio- nes del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Rectificar la denominación del Pro- yecto consignado en el Quinto y Sexto Considerando así como en el Artículo Primero de la Resolución Jefatural Nº126-2005-INDECI de "Apoyo Alimentario a la PoblaciónAfectada por Sequía y Heladas" para el Gobierno Regio-nal de Apurímac por el de "Apoyo Alimentario a la Pobla-ción Afectada por Sequía y Heladas. (Mantener los niveles nutricionales)". Artículo Segundo.- La Secretaría General registrará la presente Resolución en el Archivo General del INDECI,dispondrá su publicación en el Diario Oficial El Peruano yremitirá copia autenticada por Fedatario al Ministerio de laMujer y Desarrollo Social, a las Oficinas de Asesoría Jurídi- ca, Planificación y Presupuesto, Administración y a la Di- rección Nacional de Proyectos Especiales, para su conoci-miento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacionalde Defensa Civil 10364 SUNAT Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los Principales Con-tribuyentes de la Oficina ZonalHuÆnuco comprendidos en el Anexo 3de la Res. N” 255-2004/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 105-2005/SUNAT Lima, 1 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que el artículo 88º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto SupremoNº 135-99-EF y normas modificatorias, señala que la decla- ración tributaria es la manifestación de hechos comunica- dos a la Administración Tributaria en la forma y lugar esta-blecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superinten-dencia o norma de rango similar; Que el artículo 29º del citado Código, señala que el pago se efectuará en la forma que señala la Ley, o en su defecto, el Reglamento y a falta de éstos, la Resolución de la Administración Tributaria, especificando además que allugar fijado por la SUNAT para los deudores tributariosnotificados como Principales Contribuyentes no le seráoponible el domicilio fiscal; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 255- 2004/SUNAT, se modificaron los directorios de Principales Contribuyentes de determinadas dependencias de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT; Que, asimismo, la citada Resolución de Superintenden- cia establece que los Principales Contribuyentes de la Ofi- cina Zonal Huánuco comprendidos en el Anexo Nº 3, de- ben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales,iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asícomo realizar todo tipo de trámites referidos a tributos inter-nos administrados y/o recaudados por la SUNAT en el localubicado en la esquina 28 de julio s/n Edificio Estatal Nº 1, distrito de San Juan de Pampa, provincia y departamento de Pasco; Que resulta conveniente modificar el lugar de cumpli- miento de las citadas obligaciones para los PrincipalesContribuyentes a que se refiere el considerando anterior; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29º y 88º del TUO del Código Tributario, los artículos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo19º del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;