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PÆg. 293952 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 niendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecua- da; y asegurando su rehabilitación en caso de desastres o calamidades de toda índole”; Que, el artículo 52º del acotado Decreto Ley, modifica- do por el Decreto Legislativo Nº 735, prescribe que el Ins-tituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es el organismocentral, rector y conductor del Sistema Nacional de Defen-sa Civil, encargado de la organización de la población, coordinación, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil; Que, por Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/SG, se aprobó el Plan Nacional de Prevención y Atención de De-sastres; Que, el artículo 2º del citado Decreto Supremo, dispo- ne que los planes Sectoriales y Regionales, derivados del Plan Nacional, serán aprobados por Resolución Sectorialen el primer caso y mediante Ordenanza Regional en elsegundo; Que, conforme lo dispone el literal a) del artículo 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, en materia de Defensa Civil, el Gobierno Regional, formula, aprueba, ejecuta, evalúa, dirige, con-trola y administra las políticas en materia de Defensa Civil,en concordancia con la Política de Gobierno Nacional rela-cionado con la materia; Que, en ese orden, mediante Dictamen Nº 001-2005- CORNGMA, de la Comisión Ordinaria de Recursos Natura- les y Gestión del Medio Ambiente, viene al pleno del Con-sejo Regional para su debate y aprobación; el Plan Regio-nal de Prevención y Atención de Desastres de la RegiónMoquegua, la misma que en sesión ordinaria de fecha 24de mayo del 2005, es aprobada por unanimidad emitiendo la siguiente Ordenanza Regional; Artículo Primero.- Aprobar el Plan Regional de Pre- vención y Atención de Desastres de la Región Moquegua,el mismo que se anexa y forma parte integrante de lapresente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 10407 Aprueban Reglamento para el Proceso Participativo de la Región Moquegua 2006 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2005-CR/GRM 24 de mayo de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifica-da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIVdel Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Leyde Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - su modificatoria - Ley Nº 27902, y demás Normas Comple-mentarias. CONSIDERANDO: Que, dentro de la normatividad legal de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, es necesario apro-bar mediante Ordenanza Regional el Reglamento para elProceso Participativo de la Región Moquegua del año 2006,a fin de garantizar el proceso de planificación participativadonde confluyan los agentes que representan al Estado así como a los representantes de la sociedad civil organizada en concordancia con la normas emanadas por el Ministeriode Economía y Finanzas y de conformidad con las políticasestablecidas por el Gobierno Regional de Moquegua; Que, mediante Dictamen Nº 003-2005-COAPYP, de la Comisión Ordinaria de Administración, Planificación y Pre-supuesto viene al pleno del Consejo Regional para su debate y aprobación el Reglamento para el Proceso Parti- cipativo de la Región Moquegua 2006, la misma que en sesión ordinaria de fecha 24 de mayo del 2005, es aproba-da por unanimidad emitiendo la siguiente Ordenanza Re-gional; Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento para el Proceso Participativo de la Región Moquegua 2006, que consta de seis (6) Títulos, veinte (20) artículos ycinco (5) Disposiciones Complementarias y Finales, yque en anexo forma parte integrante de la presenteOrdenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 10408 Declaran fundada la Asociación "Orden de la Legión Gran Mariscal Domingo Nieto MÆrquez" ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2005-CR/GRM 24 de mayo de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque- gua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifica-da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIVdel Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Leyde Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, de la LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - su modificatoria - Ley Nº 27902, Código Civil y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27867 artículo 47º literal l) precisa que es función de los Gobiernos Regionales declarar, proteger y promover en coordinación con los gobiernos locales y losorganismos correspondientes, el patrimonio cultural regio-nal y local; Que, es necesario reivindicar la figura y ejemplo del Gran Mariscal Domingo Nieto Márquez, hijo ilustre de Mo- quegua; como paradigma al respeto y al Orden Constitu- cional; Que, en sesión Ordinaria de fecha 20 de septiembre del 2004, el Consejo Regional acordó conformar una Comi-sión Regional encargada de organizar y fundar la Asocia-ción denominada: "Orden de la Región Gran Mariscal Do- mingo Nieto Márquez" siendo aprobado mediante Acuerdo Regional Nº 084-2004-CR/GRM; Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 10 de marzo del 2005, se trató el Informe Final Nº003-2005-CROLMDNM/GRM, presentado por la ComisiónRegional encargada de organizar y fundar la Asociación denominada: "Orden de la Legión Gran Mariscal Domingo Nieto Márquez", siendo aprobado por unanimidad; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo del2005, aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza Re-gional; Artículo 1º.- DECLÁRESE fundada la Asociación de- nominada "ORDEN DE LA LEGIÓN GRAN MARISCALDOMINGO NIETO MÁRQUEZ", reconociéndose a su Pri-mera Junta Directiva, conforme a lo dispuesto en el InformeNº 003-2005-CROLMDNM/GRM de fecha 25 de febrero del 2005. Artículo 2º.- CONSTITÚYASE la Primera Junta Direc- tiva de la Asociación denominada ORDEN DE LA LE-GIÓN GRAN MARISCAL DOMINGO NIETO MÁRQUEZ,la cual estará integrada por los siguientes socios funda-dores: