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PÆg. 294499 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de junio de 2005 En Piura, a los treintiún días del mes de mayo del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional Piura POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Piura, al pri- mer día del mes de junio del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 10774 Aprueban modificaciones al Reglamen- to de Organización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 074-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi-ficada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783;la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; y demás normas com- plementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitu- cional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentrali-zación - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos re- gionales tienen autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; y en suartículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regiona- les son competentes para aprobar su organización in- terna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su Artículo 12º establece que el órgano ejecutivo del Gobierno Regio-nal se organiza en Gerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por una Gerencia General Regional, comple- mentada con los Órganos de Línea, Apoyo, Asesoramien-to y Control, que establece el reglamento correspondiente, conforme lo determine cada Gobierno Regional; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en su Artículo 38º que el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organi-zación del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003/CR- RP, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de marzo del 2003, se aprobó el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Gobierno Regional de Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP- CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de diciembre del 2003 se aprobó la modificación y comple-mentación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Piura aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003/CR-RP; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 036-2004/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio de 2004, y Ordenanza Regional Nº 050-2004/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de octubre de 2004 se aprueban modificaciones del nu- meral 3. del artículo 92º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Gobierno Regional de Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 051-2004/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14de noviembre de 2004, se aprueba la incorporación en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Piura, de funciones a la Dirección General de Construcción de la Gerencia Regional deInfraestructura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 065-2005/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25de febrero de 2005, se modifica el literal b. del numeral 3), del artículo 92º, sobre el Proyecto Especial Alto Piu- ra, del Reglamento de Organización y Funciones - ROFdel Gobierno Regional de Piura; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0736-2004/GOB.REG.PIURA-PR, de fecha 6 de setiem-bre de 2004, se designa la Subcomisión de Reestructu- ración del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Piura; Que, con Informe Nº 001-2005/GRP-SCRROF, de fecha 5 de enero de 2005, la Subcomisión de Reestructuración del Reglamento de Organización yFunciones - ROF del Gobierno Regional de Piura alcan- za a la Comisión Técnica de Revisión del Cuadro para Asignación de Personal las propuestas de modificacióndel ROF del Gobierno Regional de Piura; Que, mediante Informe Nº 104-2005/GRP-410000, de fecha 31 de mayo del 2005, la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri- torial, concluye y recomienda, que de acuerdo a lo indi- cado en el Informe Nº 001-2005/GRP-SCRROF, se mo-difique el Reglamento de Organización y Funciones - ROF vigente, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP-CR; Que, la modificación de la norma es necesaria a fin de complementar las funciones de los órganos com- prendidos en la Estructura Orgánica, para puntualizarfunciones y adecuar la estructura orgánica, adecuar la denominación de algunas unidades orgánicas por dis- posición legal expresa y, uniformizar su denominacióndentro del Reglamento de Organización y Funciones; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Extraor- dinaria Nº 05, de fecha 31 de mayo de 2005, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribu- ciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Artículo Primero.- Aprobar, las modificaciones al Re- glamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobier- no Regional de Piura, que fuera modificado y complementado mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP-CR, cuyotexto ha quedado conformado por diez (10) Títulos, doce (12) Capítulos, ciento doce (112) Artículos, dos (2) Dispo- siciones Complementarias y Finales, y una representacióngráfica de la Estructura Orgánica; y que forma parte inte- grante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional Piura para su promulgación. En Piura, a los treintiún días del mes de mayo del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR LO TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional de Piura, al primer día del mes de junio del año dos milcinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional 10767