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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (12/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 294591 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de junio de 2005 Sobre la Regulación de Frecuencia Regulación de Frecuencia Abreviatura Máxima demanda anual del SEIN en MW. MDSEIN Máxima demanda anual del Area Operativa MDAOI de influencia en MW. Costos de Coordinación (Operación y Mantenimiento) CCRFAOI del Area Operativa de influencia para la Regulación de Frecuencia. Sobre la Regulación de Tensión Regulación de Tensión Abreviatura Número de Barras supervisadas por el Coordinador NBSSEIN + NECRSEIN y Número de Equipamiento de Compensación Reactiva del SEIN. Número de Barras supervisadas por el Coordinador NBSAOI + NECRAOI y Número de Equipamiento de Compensación Reactiva del AOI. Costos de Coordinación (Operación y Mantenimiento) CCRTAOI del Area Operativa de influencia para la Regulación de Tensión. En los casos que las Entidades Delegadas realicen maniobras que no permitan recuperar el sistema en lostiempos previstos, se reconocerá el costo de la Opera- ción y Mantenimiento por la delegación, no obstante, no lo exime de las responsabilidades y sanciones que pu-diera aplicar el OSINERG, de acuerdo a la escala de multas y sanciones vigentes. Asimismo, las responsabi- lidades por las transgresiones a la calidad del producto ysuministro que se pudieran presentar por efectos de la operación en tiempo real, mantendrán las disposiciones, criterios y penalidades establecidas en la NTCSE. 8.3 Del Plazo para el Pago Los pagos que deberán efectuar los integrantes del COES-SINAC al Coordinador y a las Entidades Delega- das, por la inversión de los costos eficientes en el equi-pamiento, operación y mantenimiento, para efectos de cumplir con la coordinación de la operación en tiempo real del SEIN, se realizarán dentro de los primeros vein-te (20) días del mes de febrero de cada año. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los aspectos administrativos sobre las for- mas de pago, serán determinados por el COES-SINAC dentro del marco tributario vigente. Segunda.- Las multas o sanciones que se pudieran dar, por los incumplimientos al presente procedimiento por parte de los integrantes del COES-SINAC o del Coor-dinador, serán regidos de acuerdo con lo establecido en la escala de multas y sanciones vigente o el que lo reem- place, teniendo como tope máximo el equivalente men-sual al costo eficiente que se reconozca al Coordinador. 10838 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan celebración de Matrimonio Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2005-MDLO/ALC Los Olivos, 9 de junio de 2005VISTO: El Expediente Nº 0017991-2005 presentado por la Iglesia Alianza Cristiana y Misionera, el InformeNº 91-2005-U.RR.CC. de la Unidad de Registros Civi- les, el Proveído Nº 176-05 del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son órganos de gobier- no promotores del desarrollo local con personería ju-rídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los artículos I y II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni- cipalidades; Que, mediante Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, encargado de organizar y mantener el Regis-tro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distri- tales las funciones de inscribir actos y hechos vitales delas personas naturales; Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el matrimonio y protege a la familia considerándolos comoinstitutos naturales y fundamentales de la sociedad pe- ruana; Que, con Informe de Visto y a mérito de la petición formulada por el Pastor Antonio Argumedo, la Jefa de la Unidad de Registro Civil sugiere la realización de un matrimonio comunitario civil y religioso en la IGLESIA"ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA" ubicada en la Av. Alfredo Mendiola 3435 - Los Olivos, para el 1ro. de julio próximo; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispues- to en el Art. 4º de la Constitución Política del Estado, el Artículo 250º del Código Civil, Resolución JefaturalNº 023-96-JEF y, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 20º, incisos 6) y 16) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Celebración del MATRIMONIO COMUNITARIO a realizarse el día vier- nes 1ro. de julio de 2005 en la IGLESIA "ALIANZA CRIS-TIANA Y MISIONERA" ubicada en la Av. Alfredo Mendio- la 3435 - Los Olivos, cuyo cronograma se detalla a con- tinuación: - Inscripciones : 9 al 24 de junio de 2005. - Firma de Actas : 27 y 28 de junio de 2005. - Ceremonia Central : viernes 1 de julio de 2005. - Lugar : IGLESIA "ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA" - Hora : 6.00 p.m. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 90.00 (Noventa y 00/100 Nuevos Soles), debiendo asimismo adjuntarse los siguientes requisitos: a) Partidas de Nacimiento actualizadas de ambos contrayentes en original. b) Copias de DNI o CIP de ambos contrayentes lega- lizadas por Notario Público. c) Una foto de cada contrayente.d) Declaración Jurada de Estado Civil y domicilio le- galizada por Notario Público. e) Declaración Jurada de salud física simple.f) Publicación del Edicto Matrimonial en un diario de circulación nacional. g) Consejería prematrimonial.h) Recibo de pago de la Tasa Única: S/. 90.00 (Noven- ta y 00/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO del GERENTE MUNICIPAL lo dispuesto en el presente De- creto, ENCARGANDO a la UNIDAD DE REGISTROSCIVILES su fiel cumplimiento y a la SECRETARÍA GE- NERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL la difusión corres- pondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 10809