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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (15/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 294741 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de junio de 2005 En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el cobro por la utiliza- ción de computadoras en el Área de Internet del mó- dulo del Tren del Saber, cuyo valor será de cincuenta céntimos de nuevo sol (50/100 nuevos soles) por cadahora de exploración e investigación en el espacio vir- tual. Artículo Segundo.- Aprobar el cobro por la sus- cripción mensual a la Sala de Lectura del módulo del Tren del Saber, cuyo valor será de tres y 00/100 nuevos soles (S/. 3.00), con derecho a una (1) hora mensual deservicio de Internet. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Bienestar So-cial y Desarrollo Humano, así como a la Gerencia de Finanzas y a la Oficina de Proyectos Especiales. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 10984 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Establecen tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito ORDENANZA Nº 140/MDS Surquillo, 28 de abril del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha , el Dictamen Nº 003-2005/CRI-MDS de la Comisión de Ren- tas e Informática, el Informe Nº 120-2005/GPP-MDS dela Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 082-05-GAJ-MDS de la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca y el Informe Nº 0042 -2005/GR/MDS de la Gerenciade Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante los Artículos 194º y 195º, numeral 4, de la Constitución Política, modificados por Ley de Re- forma Constitucional, Ley Nº 27680 los gobiernos loca- les tienen autonomía política, económica y administrati-va en los asuntos de su competencia, siendo competen- tes para crear, modificar y suprimir tasas, conforme a la ley; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni- ca de municipalidades, señala que mediante Ordenan- zas se crean, modifican, suprimen o exoneran tasas,dentro de los límites establecidos por ley, y que confor- me lo dispone el Artículo 68º, Inciso d) de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto LegislativoNº 776 y el artículo 60º de su reglamento D.S. Nº 156- 2004-EF, las Municipalidades podrán imponer tasas, entre otras, por estacionamiento vehicular; Que, siendo necesario establecer disposiciones que regulen la tasa por estacionamiento vehicular en el distrito de Surquillo; en el marco dela OrdenanzaNº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 27972; en Sesión de la fecha, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, ha dado la siguienteOrdenanza:DETERMINAN TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo Primero.- OBJETIVO.- La presente Orde- nanza tiene por objeto determinar la Tasa por Estaciona- miento Vehicular Temporal en el distrito de Surquillo yprocurar el uso racional de la vía pública, conforme a Ley. Artículo Segundo.- DEFINICIÓN.- La Tasa de Es- tacionamiento Vehicular Temporal, es el tributo municipal que se origina por el estacionamiento de vehículos enlos espacios de la vía pública previamente calificados y apropiados para tal fin y debidamente autorizados por la entidad legalmente competente. Artículo Tercero.- SUJETO PASIVO DE LA OBLI- GACIÓN. - Son sujetos pasivos de la tasa en calidad de contribuyentes, los conductores de vehículos cuando usen o aprovechen eventualmente los espacios de las zonas habilitadas para la prestación del servicio de Es-tacionamiento Vehicular temporal. Asimismo, son suje- tos pasivos en calidad de responsables solidarios del pago de la tasa los propietarios de los citados vehículos. Artículo Cuarto.- DETERMINACIÓN DE LA OBLI- GACIÓN DE PAGO.- La Tasa de Estacionamiento Vehicular temporal constituye tributo de realización in- mediata, debiendo de producirse su pago en el momento en que el conductor decide abandonar la zona del esta-cionamiento vehicular. Artículo Quinto.- TIEMPO DE ESTACIONAMIEN- TO Y TOLERANCIA.- Establézcase como tiempo de Estacionamiento Vehicular para el cobro de la Tasa en el distrito de Surquillo en treinta (30) minutos o fracción conuna tolerancia de diez (10) minutos. Transcurrido ese tiempo se procederá al cobro de la unidad mínima (frac- ción), así el vehículo no haya llegado a usar el total delos treinta (30) minutos. Artículo Sexto.- TASA POR ESTACIONAMIENTO.- El importe de la tasa por Estacionamiento Vehicular tem- poral será de S/. 0.50 nuevos soles (cincuenta cénti- mos) por cada treinta (30) minutos o fracción que per-manezca estacionado el vehículo en la zona de estacio- namiento público y deberá ser cancelado antes que el usuario se retire de la zona del estacionamiento. Artículo Sétimo.- HORARIO.- La Tasa por Estacio- namiento Vehicular temporal será exigible dentro del ho-rario de 08.00 horas a 18.00 horas, de lunes a domingo, hasta un máximo de siete (07) horas efectiva por día, conforme al Anexo Nº 03. Artículo Octavo.- COSTOS DEL SERVICIO Y ES- TIMACIÓN DE LOS INGRESOS DEL ESTACIONA-MIENTO VEHICULAR.- De conformidad a lo dispuesto por el literal “d” del artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 156-2004-EF, así como la Orde- nanza Nº 739-MML y en aplicación de la Directiva Nº 001-006-00000005 del SAT, el cuadro resumen decostos contempla los gastos incurridos por la Municipa- lidad para brindar el servicio y la estimación del ingreso es el cálculo por la cobranza de la Tasa por Estaciona-miento Vehicular temporal en el distrito de Surquillo y cuyos montos a nivel genérico son los siguientes: ESTRUCTURA DE COSTOS CONCEPTO COSTOS I.- COSTOS DIRECTOS 1’680,523.00 1.1 Costo de la Mano de Obra 1’141,440.00 1.2 Costo de Materiales 399,180.00 1.3 Otros Costos y Gastos Variables 139,903.00 II.-COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 127,710.05 III.-COSTOS FIJOS 55,272.00 TOTAL 1’863,505.05