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PÆg. 294736 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de junio de 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Otorgan beneficios a favor de contri- buyentes pensionistas que posean unpredio a nombre propio o de la socie-dad conyugal ORDENANZA Nº 064 San Juan de Lurigancho, 27 de mayo de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en sesión Ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades songobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el D. Leg. Nº 776, D. Leg. Nº 952 y el TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado con D.S. Nº 156- 2004-EF señala que los pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyu-gal, que esté destinado a vivienda de los mismos, y cuyo ingreso bruto esté constituido por la pensión que reciben y ésta no exceda de 1 UIT mensual, deducirán de labase imponible del Impuesto predial un monto equivalen- te a 50 UIT, para efecto de este artículo el valor de la UIT será el vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable,considerándose que se cumple el requisito de la única propiedad, cuando además de la vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria constituida por la coche-ra. El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, con aprobación de la Municipalidad respectiva, no afecta la deducción queestablece este artículo; Que, la inafectación del Impuesto Predial, es apli- cable a todo contribuyente pensionista que se encuen-tre comprendido en el supuesto de la norma, sin nece- sidad de un acto administrativo que lo conceda, pues la ley no ha establecido ello como requisito para sugoce, conforme con el criterio establecido por el Tri- bunal Fiscal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, con dispensa del trámite de comisión y de lec-tura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA DE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS AL RÉGIMEN PENSIONARIO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO D. LEG Nº 776 TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ALCANCE La presente Ordenanza es de carácter obligatorio a todo contribuyente pensionista que posean un predio a nombre propio o de la sociedad conyugal en el distrito de San Juan de Lurigancho y que se encuentre incurso enel beneficio otorgado por el artículo 19º del Decreto Le- gislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26952 y el Decreto Legislativo Nº 952 y el Texto Único Ordenadode la Ley de Tributación Municipal aprobado con el De- creto Supremo Nº 156-2004-EF. Artículo 2º.- BASE LEGAL La presente Ordenanza se encuentra enmarcada en los siguientes dispositivos legales: - Decreto Legislativo Nº 776 - LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL - Ley Nº 26952 - LEY QUE MODIFICA EL ART. 19º DEL D. LEG Nº 776 - LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICI-PAL. - Decreto Legislativo Nº 952 - DECRETO LEGISLA- TIVO QUE MODIFICA EL D. LEG. Nº 776 - LEY DETRIBUTACIÓN MUNICIPAL. - Decreto Supremo Nº 156-2004-EF - TEXTO ÚNI- CO ORDENADO DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNI-CIPAL. - Ley Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALI- DADES. - Ley Nº 27444 - LEY DE PROCEDIMIENTOS AD- MINISTRATIVO GENERAL. - Decreto Legislativo Nº 295, CÓDIGO CIVIL Artículo 3º.- PADRÓN DE REGISTRO Crearse el Padrón de Registro de Pensionistas, que será actualizado todos los meses de diciembre de cada año, en el cual estará registrado el inicio de su derecho y las variaciones que incidan en la situación que deter-mine el beneficio. Artículo 4º.- DECLARACIÓN JURADA Crearse la Declaraciones Juradas de carácter infor- mativo que son: Declaración Jurada de Inscripción de Pensionistas. Declaración Jurada de Continuidad de Pensionista.SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD POR LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Nº DERECHO DE PAGO ÓRGANO DE AUTORIDAD QUE FORMULARIOS DE SERVICIO REQUISITO CON RELACIÓN A LA RECEPCIÓN APRUEBA OR- U.I.T DEN 1 Uso de grúa por traslado de 1. Notificación de infracción por Remolque de vehículos Gerencia de Servicios Gerente de Formato vehículos menores intervenidos internamiento del vehículo al menores destinados al Comunales - depósito Desarrollo Urbano depósito municipal servicio de transporte público municipal y Obras 0.95% Pago en efectivo 2 Guardianía del vehículo menor 1. Notificación de infracción por Guardería por internamiento Gerencia de Servicios Gerente de Formato en el depósito municipal por internamiento del vehículo al de vehículos menores Comunales - depósito Desarrollo Urbanodía depósito municipal sancionados por infracciones municipal y Obras al reglamento 2. Formato de características del vehículo internado 0.20% Pago en efectivo 10880