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PÆg. 288700 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan independización de terreno ubicado en el distrito de San Miguel RESOLUCIÓN Nº 001-2005-MML-DMDU-DHU Lima, 18 de enero de 2005 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS; VISTO, el Expediente Nº 60705-04, Anexos Nº 7034- 04, Nº 7626-04, Nº 8381-04, Nº 133-05 y Documento Simple Nº 83272-04 seguidos por la FERIA INTERNA- CIONAL DEL PACIFICO S.A. con los que solicita la In-dependización en Cuatro (4) Parcelas el predio rústico de 117,543.84m2 denominada Sección Nº 2, Sector Sur, el cual formó parte del lote matriz de 239,060.00m2, ubi-cado en la Av. La Marina, distrito de San Miguel, provin- cia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 60705-2004 recibido el 25 de agosto de 2004 (fs. 01), la Feria Internacional del Pacífico S.A. solicita la Independización del terreno de117,543.84 m², constituido por la Sección 2 que formó parte del predio matriz de la Feria Internacional del Pací- fico, en 5 parcelas rústicas y un área de ensanche devía pública (Av. Brígida Silva de Ochoa), ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Anexo 7626-2004 recibido el 18 de no- viembre de 2004 (fs.95), la Feria Internacional del Pacífico S.A. solicita la aprobación de la Independización al haber operado el silencio administrativo positivo, lo cual según loseñalado por la Oficina General de Asuntos Jurídicos me- diante Informe Nº 1921-2004-MML-OGAJ de fecha 1 de diciembre de 2004 (fs. 104), debe de ser atendido visto eltiempo transcurrido aprobándose en los términos en que fue solicitada la independización, teniendo ésta el carácter de resolución que pone fin al procedimiento. Que, con Resolución Directoral Nº 634-2004-MML- DMDU de fecha 7 de diciembre de 2,004 (fs. 113) se resuelve, en uso de la potestad que tiene esta Corpo-ración en materia de fiscalización, Declarar Nula la Resolución Ficta al verificarse que la Subparcela 2-C de 7,580.05 m², la Subparcela 2-D de 7,420.48 m² y laSubparcela 2-F (inicialmente denominada ensanche de vía) de 9,052.78 m², no cumplen con el área mínima aceptable de una hectárea, habiéndose incumplido conlo dispuesto en el Capítulo XXIII del Reglamento Nacio- nal de Construcciones. Que, con Anexo Nº 8381-2004 de fecha 9 de diciem- bre de 2004 (fs. 119) la Feria Internacional de Pacifico S.A., al haber tomado conocimiento de la Resolución Directoral Nº 634-2004-MML-DMDU replantea la pro-puesta de independización inicialmente presentada, di- cha propuesta ha sido evaluada por la División de Sub- divisiones y Acciones Complementarias de la Direcciónde Habilitaciones Urbanas con Informe Nº 325-2004- MML-DMDU-DHU-DSD de fecha 9 de diciembre de 2004 (fs. 124), encontrándose conforme a la normatividad téc-nica establecida. Que, la propuesta de Independización respeta el Pla- neamiento Integral aprobado por Resolución Nº 291-2004-MML-DMDU del 11 de junio de 2004 (fs. 08), sien- do además concordante con lo dispuesto en la Orde- nanza Nº 341-2001-MML, no proponiendo modificaciónalguna, por lo que no es necesario sea expuesto ante la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas. Que, mediante Anexo Nº 133-05 de fecha 3 de enero de 2005 (fs. 128), la administrada presenta el Certificado de Vigencia de Poderes expedido por el Registro de Per-sonas Jurídicas de Lima, mediante la cual se acredita la representación vigente del Sr. Rafael Talavera Ballon paraactuar en nombre de la Feria Internacional del Pacífico Sociedad Anónima. Que, la administrada ha cumplido con abonar me- diante recibo de Liquidación Nº 4739032 otorgado por la Caja Metropolitana con fecha 17 de enero de 2005, la suma de S/. 26,467.00 (VEINTISÉIS MIL CUATROCIEN-TOS SESENTA Y SIETE NUEVOS SOLES), correspon- dientes a la Liquidación Nº 001-2005-MML-DMDU-DHU, de fecha 5 de enero de 2005 (fs. 135); por concepto dederechos administrativos establecidos en el numeral II- XXIII-5 del Reglamento Nacional de Construcciones. Que, mediante Informe Nº 020-2004-MML-DMDU- DHU-AL de fecha 17 de enero de 2005 (fs. 139), el Area Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas opina que habiéndose verificado el cumplimiento de los requi-sitos técnicos y legales, así como del pago por concepto de derechos administrativos corresponde a esta Corpo- ración emitir la Resolución que autorice la independiza-ción propuesta por la administrada. Con el visto bueno de la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias, de la Unidad Técnico Legal,con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Construccio- nes, Edicto Metropolitano Nº 021; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la FERIA INTER- NACIONAL DEL PACIFICO S.A., la Independización en Cuatro (04) Parcelas el predio rústico de CIENTO DIEZ Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES ME-TROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO DE- CÍMETROS CUADRADOS (117,543.84 m2) denomina- da Sección Nº2, Sector Sur, el cual formó parte del lotematriz de 239,060.00 m2, ubicado en la Av. La Marina, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Las Parcelas Resultantes del Proceso de Independi- zación que se autoriza son: Denominación Área (m2) Zonificación Parcela 2A 63,456.69 OU (Usos Especiales) Parcela 2B 16,353.56 C7 (Comercio Interdistrital) Parcela 2C 15,000.53 OU (Usos Especiales) Parcela 2D 22,733.06 OU (Usos Especiales) Las características de las Parcelas Resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 003-2005-MML-DMDU- DHU y la Memoria Descriptiva Nº 003-2005-MML-DMDU-DHU, las cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER, que los propieta- rios o futuros adquirentes de las parcelas Resultantesestán obligados a efectuar el procedimiento de Habilita- ción Urbana con sujeción a las normas vigentes que regulan dicho proceso, dejando los aportes reglamenta-rios a los que se encuentren afectos. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano acargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de la fecha de su Notificación. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria(SUNAT), a la Municipalidad Distrital de San Miguel y a los administrados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO Directora Dirección de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 05001