Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2005 (09/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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dos mil y trescientos cuarentiocho y 00/100 Dolares Americanos). De conformidad con lo establecido en la normativa vigente, se viene llevando a cabo el estudio de MORDAZA a fin de determinar el valor referencial. Teniendo en cuenta el plazo que tomaria llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion, el cual se estima en setenticinco (75) dias calendario como minimo, por lo que, de alcanzarse el monto total contratado del Contrato Nº 0005-2004/LOG-RE-EXO suscrito con la empresa MORDAZA Travel S.A., este Ministerio quedaria desabastecido durante el periodo MORDAZA senalado; Que, de otro lado, se tiene que el servicio de aprovisionamiento de pasajes garantiza la operatividad funcional de este Ministerio, permitiendo que los miembros de su Alta Direccion asi como los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el ejercicio de sus funciones, se trasladen oportunamente y sin contratiempos a sus diferentes destinos en el exterior, posibilitando que la Politica Exterior Peruana tenga el soporte necesario acorde con la dinamica requerida; su carencia afectaria directamente la continuidad de servicios esenciales directamente relacionados con los objetivos de este Ministerio, en razon de ello se requiere de una atencion inmediata; Que, en tal sentido, es prioritario prever la prestacion del referido servicio por el periodo minimo estimado de setenticinco (75) dias calendario o hasta alcanzar el monto total MORDAZA de US$ 194,725.79 (Ciento noventicuatro mil setecientos veinticinco y 79/100 Dolares Americanos) o hasta contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro del MORDAZA programado para el Ano 2005; Que, a partir de lo expuesto, el Departamento de Logistica sugiere declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de aprovisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo, convenios corporativos y otros servicios complementarios para el Ministerio de Relaciones Exteriores, situacion que conlleva a la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, dicha situacion se encuentra prevista en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el articulo 141º de su Reglamento y esta definida como una situacion de desabastecimiento inminente; y esta configurada en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como uno de los supuestos para tramitar la exoneracion, lo cual constituye un hecho de excepcion que determina una accion inmediata a fin de adquirir o contratar lo indispensable para resolver tal situacion, debiendo ser aprobada en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo MORDAZA de su expedicion de un informe tecnico -legal previo, debiendo publicar tal resolucion en el diario oficial, en el SEACE, y remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular el Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, en virtud de lo dispuesto en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, el articulo 148º del mencionado Reglamento establece el procedimiento para tales contrataciones, precisandose que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley, que determinen la necesidad de las exoneraciones, la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; Que, la Oficina de Asuntos Legales ha emitido opinion legal, conforme a lo dispuesto por el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la facultad de aprobacion de la exoneracion es indelegable. Asimismo, el articulo 21º del citado Texto Unico Ordenado dispone que en cualquier caso la autoridad competente

para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolucion Ministerial, mediante la cual se aprueba la exoneracion por la causal de desabastecimiento inminente, para contratar el servicio MORDAZA indicado, mediante acciones inmediatas; Que, con Memorandum (PPT) Nº 041-2005 de 16 de febrero de 2005, el Departamento de Presupuesto informa que existen recursos presupuestales suficientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion; y, Con la visacion de la Oficina de Asuntos Legales; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM -Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y con el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM -Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de aprovisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo, convenios corporativos y otros servicios complementarios para el Ministerio de Relaciones Exteriores, por un monto MORDAZA de US$ 194,725.79 (Ciento noventicuatro mil setecientos veinticinco y 79/100 Dolares Americanos) o por el periodo estimado de setenticinco (75) dias calendario o hasta contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro en el MORDAZA programado para el ano 2005. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion para la contratacion del servicio a que refiere el articulo precedente y encargar al Departamento de Logistica a fin de que mediante acciones inmediatas proceda a su contratacion, con cargo a las MORDAZA de financiamiento 00 Recursos Ordinarios y 09 Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, asi como poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los antecedentes respectivos a la Inspectoria General del Ministerio de Relaciones Exteriores a fin que se determinen las responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 05079

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2005-MTC/02

MORDAZA, 8 de marzo de 2005

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