TEXTO PAGINA: 40
PÆg. 288686 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 rece detallado en el numeral cincuenta y seis de la lista que le fuera entregada, contestó textualmente lo si-guiente: "que, si ha efectuado el cobro en forma indirecta para cuyo efecto se valió de lo siguiente: que como era un depósito judicial no se podía cobrar en forma directabusco la forma aparentemente legal de lograr que se realice el cobro, para cuyo efecto ideó una demanda de ofrecimiento de pago y consignación judicial, en dondeno sólo cobro el depósito que se le ha hecho mención sino tres depósitos judiciales más, uno por mil dólares otro entre novecientos a mil soles y otro de ochocien-tos soles, todos estos últimos depositados por Paco Francisco Gonzáles López a favor del Banco Santan- der"...; Sexto: Que, con las pruebas que obran en au- tos, así como con la declaración del propio investigado se encuentra fehacientemente probada la responsabili- dad funcional del auxiliar investigado, de haberse apro-piado indebidamente del depósito judicial número se- tenta y uno dieciséis veintisiete cero dos, materia de investigación y haber iniciado un proceso no conten-cioso para cobrarlo, perjudicando notoriamente la ima- gen del Poder Judicial y desmereciendo el cargo ante el concepto público, resultando de aplicación la medidadisciplinaria de destitución prevista en el artículo dos- cientos once del Texto Único Ordenado de la Ley Or- gánica del Poder Judicial; por tales fundamentos, elConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atri- buciones conferidas por el inciso treinta y uno del artí- culo ochenta y dos de la mencionada ley orgánica, con-cordado con los artículos ciento seis y doscientos dos del citado cuerpo normativo, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Conse-jero Edgardo Amez Herrera, sin la intervención del se- ñor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrar- se de viaje en comisión de servicios, por unanimidad;RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Desti- tución a don José Abel Chamorro Ascencio, por su actuación como Técnico Judicial del Sexto JuzgadoCivil de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ05078 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Aceptan renuncia de Fiscal Superior Mixto del Distrito Judicial deLambayeque RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 597-2005-CNM Lima, 2 de marzo de 2005 VISTO: El escrito presentado por el doctor Augusto Berrocal Castañeda, de 23 de febrero de 2005; y,CONSIDERANDO: Que, por Resolución del Consejo Nacional de la Ma- gistratura Nº 452-2005-CNM, de 16 de febrero de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 del mismomes y año, se nombró al doctor Augusto Berrocal Cas- tañeda, Fiscal Superior Mixto del Distrito Judicial de Lam- bayeque, al haberse acogido a lo previsto por el artículo42º del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, para cubrir plazas vacantes del Poder Judicial y Ministerio Público, materiade la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; Que, el doctor Augusto Berrocal Castañeda, median- te escrito de 23 de febrero de 2005, con firma legalizadanotarialmente, manifiesta que por razones estrictamen- te personales y familiares sobreviniente a su solicitud de acogimiento del mencionado artículo 42º, formalmentedeclina al nombramiento, al cargo de Fiscal Superior Mixto del Distrito Judicial de Lambayeque, por lo que, jurídicamente no podrá juramentar al cargo que ha sidonombrado; Que, el Pleno del Consejo en sesión de 24 de febrero de 2005, acordó por mayoría, aceptar la declinaciónentendida como renuncia presentada por el recurrente, a su nombramiento como Fiscal Superior Mixto del Dis- trito Judicial de Lambayeque; y declarar vacante dichaplaza; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el artícu- lo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánicadel Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE:Primero.- Aceptar la declinación entendida como re- nuncia presentada por el doctor AUGUSTO BERRO-CAL CASTAÑEDA, a su nombramiento como Fiscal Su- perior Mixto del Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo.- Declarar vacante la plaza de Fiscal Supe- rior Mixto del Distrito Judicial de Lambayeque, materia de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fi- nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LOZADA STANBURY Presidente 04952 J N E Disponen inscripción de la empresa "Demoscopica S.A.C." en el Registro Electoral de Encuestadoras JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 037-2005-JNE Expediente Nº 090-2005-Inscripción Lima, 3 de marzo de 2005 VISTA, la solicitud de inscripción de la Empresa “De- moscopica SAC” en el Registro Electoral de En- cuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, presen-tada por Jorge Valdez Oyola, Gerente General de la cita- da empresa; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electora- les elaboradas por las personas o instituciones que es-tén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de