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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2005 (09/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 288690 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, para losfines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05051 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 302-2005-JEF/RENIEC Lima, 15 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 787-2005/GP/SGDAC/HYC/RE- NIEC, el Informe Nº 800-2004/GP/SGDAC/HYC RE-NIEC, emitidos por la Subgerencia de Depuración Re- gistral y Archivo Central y el Informe Nº 162-2005- GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario de Identidad Nº 09011407 el 18 de setiembre de 2001, una persona que dijo lla-marse Xiao Rong Mang, solicitó a través del Consula- do General del Perú en Hong Kong y Macao, su inscrip- ción en el Registro Único de Identificación, adjuntandoel Título de Naturalización Nº B-00588, que habría sido emitido por la Dirección General de Migraciones y Na- turalización, pues habría contraído matrimonio con unciudadano peruano, así como la Libreta Militar Nº 2143827713 y la Libreta Electoral Nº 08243722, cuya inscripción corresponde a doña Margarita Higa Yakade Ikemiyashiro, conforme los antecedentes que obran en el Registro, resultando falsa la acotada Libreta Electoral; Que, mediante Oficio Nº 1116-2002-IN/1601-SG, el señor Director General de Migraciones y Naturali- zación, expresó que el Título Nº B-00588 correspon-día a doña Alicia Dahestrom de Tillit y el Título Nº BI- 00588 a don Sallba Nicola El Alam El Hadwed, resul- tando, en consecuencia, falso el documento aporta-do por quien dijo llamarse Xiao Rong Mang, por lo cual mediante Resolución de la Subgerencia de De- puración Registral y Archivo Central Nº 144-2004-GP/SGDAC-RENIEC, se dispuso la cancelación de la Inscripción Nº 42059332, asentada a nombre de Xiao Rong Mang, en virtud a lo dispuesto por el Art.67º del Decreto Ley Nº 14207; Que, los hechos referidos constituyen indicio razona- ble de la presunta comisión del Delito Contra la Fe Públi-ca, previsto en el Art. 427º del Código Penal, por lo cual corresponde autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC a interponer lasacciones legales que correspondan; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del RENIEC, a interponer las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por la presunta comisión del de-lito contra la fe pública en la modalidad de falsificación de documentos, en agravio del Estado y del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remitir lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05054 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 303-2005-JEF/RENIEC Lima, 15 de febrero de 2005 Visto, el Oficio Nº 3453-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, el Informe Nº 035-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Oficios Nºs. 019, 065-2005-GO/JR6HUA y el Informe Nº 134-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia deAsesoría Jurídica, de fecha 4 de febrero del 2005. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depuración inhe-rente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano ALFONSO ARNALDO LOPEZ ARCE quien dice llamarse también ARNALDO ALFONSO LOPEZARCE, dada la simplificación administrativa y en aten- ción al principio de veracidad de las declaraciones, se presentó a solicitar inscripción en el Registro Único deIdentificación, pese a que ya existía una inscripción an- terior, valiéndose para ello de declaraciones falsas, las mismas que fueron insertadas en instrumento publico,creando una duplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacional de Identificación; Que, aún cuando si bien, se ha procedido administrati- vamente, esto, es la cancelación de las inscripciones fraudulentas por parte de la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central, el hecho antes descrito cons-tituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideo- lógica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Có-digo Penal vigente; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Aseso- ría Jurídica y en atención al considerando precedenteresulta necesario autorizar al Procurador Publico, a car- go de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra ALFONSO ARNALDO LOPEZ ARCEo ARNALDO ALFONSO LOPEZ ARCE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y repre- sentación de los intereses del Estado interponga las ac-ciones legales que correspondan contra ALFONSO AR- NALDO LOPEZ ARCE o ARNALDO ALFONSO LOPEZ ARCE, por presunto delito Contra la Fe Pública, en lamodalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05055