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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G37/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de marzo de 2005 17 de abril del 2005; la misma que no irrogará gasto al Gobierno Regional de Loreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 05026 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G74/G6F/G72/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1018-A-2004-A/MDC Carabayllo, 6 de octubre del 2004 VISTOS: Las Resoluciones de Alcaldía Nº 781-2004- A/MDC, Nº 843-2004-A/MDC e Informe Nº 072-2004- GM/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 781-2004-A/ MDC, se designó una Comisión Especial de Proce-sos Administrativos Disciplinarios para que se en-cargue de evaluar y merituar la posibilidad de instau-rar proceso administrativo disciplinario al ex funcio-nario Carlos Alfonso Carneiro Puntriano. Posterior- mente con Resolución de Alcaldía Nº 843-2004-A/ MDC, se dispuso entre otros, instaurar proceso ad-ministrativo disciplinario contra el ex funcionario nom-brado, al habérsele hallado responsabilidad adminis-trativa por delito contra la administración pública, in-curriendo en Falta Grave Administrativa establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 concordante con el Decreto Legislativo Nº276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, mediante Informe Nº 072-2004-GM/MDC, el Presidente de la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios , constituido mediante Resolución de Alcaldía Nº 781-2004-A/MDC, señala que en Acta de Sesión realizada el 6 de agosto de2004, la Comisión que él preside acordó por unanimi-dad, recomendar al Despacho de Alcaldía, impongasanción de cese temporal por doce meses al ex Di-rector Municipal, Carlos Alfonso Carneiro Puntriano, por haber incurrido en Falta Grave Administrativa ti- pificada como Negligencia en el desempeño de susfunciones, por el cargo de "haber aperturado unacuenta corriente en la Agencia Habich del Banco In-terbank a sabiendas de que dicha función le corres-ponde ejercerlo al Director de Administración y al Jefe de la Unidad de Tesorería, conforme a lo esta- blecido en el Art. 4º de Resolución Directoral Nº 087-2003-EF/77.15". En otro extremo, acordaron por una-nimidad recomendar se destituya al ex Director Mu-nicipal Carlos Alfonso Carneiro Puntriano, respectoal cargo de "haber tomado para sí el dinero recauda- do por la empresa AIR POLUTION S.A.C., obtenido a raíz del control de Gases Tóxicos"; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 398- 2004-A/MC, la Municipalidad Distrital de Comas re-suelve imponer la sanción de destitución al Sr. Car-los Alfonso Carneiro Puntriano, estableciendo que el destituido no podrá reingresar al servicio público hasta después de cinco años de dispuesta la destitución; Que, el artículo 28º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM que aprobó el Reglamento de la Carrera Ad-ministrativa señala que son faltas de carácter disci-plinarias que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitución, previo proceso administrativo, inciso d) la negligen-cia en el desempeño de las funciones; inciso f) lautilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros; Que, asimismo, el artículo 154º del Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM de la norma precitada señala que la aplicación de la sanción se hace teniendo en consideración la gravedad de la falta. Para aplicar lasanción a que hubiera lugar, la autoridad respectivatomará en cuenta además: a) La reincidencia o reite-rancia del autor o autores; b) El nivel de carrera; y c)La situación jerárquica del autor o autores; Que, se halla acreditado en autos la falta discipli- naria cometida por el ex funcionario, Sr. Carlos Al-fonso Carneiro Puntriano, por lo tanto, correspondehacer efectiva la sanción de destitución a que serefiere el artículo 28º incisos d) y f) del Decreto Su-premo Nº 005-90-PCM que aprobó el Reglamento de la Carrera Administrativa, quedando inhabilitado el mismo para reingresar al servicio público hasta des-pués de tres años de aplicada la presente destitu-ción; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Art. 20º, numeral 6); SE RESUELVE:Artículo Primero.- IMPONER, la sanción discipli- naria de DESTITUCIÓN al ex Director Municipal, Car- los Alfonso Carneiro Puntriano, por haberse configu- rado las Faltas Graves Disciplinarias tipificadas comonegligencia en el desempeño de sus funciones y ha-ber utilizado o dispuesto de los bienes de la entidaden beneficio propio; al haber tomado para sí el dinerorecaudado por la empresa AIR POLUTION S.A.C., obtenido a raíz del control de Gases Tóxicos y haber aperturado una cuenta corriente en la AgenciaHabich del Banco Interbank a sabiendas de que di-cha función le correspondía ejercerlo al Director deAdministración y al Jefe de la Unidad de Tesorería,conforme a lo establecido en el Art. 4º de Resolución Directoral Nº 087-2003-EF/77.15, quedando inhabili- tado para reingresar al servicio público hasta des-pués de tres años de aplicada la destitución. Artículo Segundo.- PRECISAR, que las sancio- nes administrativas aplicadas se establecen sin per-juicio de las responsabilidades civiles y penales; en consecuencia, DERIVAR copia certificada del pre- sente expediente a la Oficina de Procuraduría Públi-ca Municipal para el inicio de las acciones penalesy/o civiles que correspondan. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Re- solución a la Contraloría General de la República, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi-cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaría General y Unidad de Recursos Huma- nos, el fiel cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 05049 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G76/G61/G70/G6F/G72/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2005-MDCH Chorrillos, 26 de febrero del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS