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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G37/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de marzo de 2005 Visto: en Sesión Ordinaria a la fecha el Informe Técnico Legal Nº 219 -2005-OAJ-MDCH de la Direc-ción de Asesoría Jurídica; mediante el cual susten-tan y solicitan se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente al programa del vaso de leche por un período que permita postergar laLicitación Pública Nº 0001-2005-CE-MDCH comoconsecuencia de haberse elevado al CONSUCODElas observaciones planteadas por una de las empre-sas participantes en el proceso de selección; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2004-MDCH aprueba el Presupues-to Institucional de Apertura para el año 2005. Asimis- mo con Resolución de Alcaldía Nº 679-2004-MDCH se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones para elpresente año, el mismo que contempla la adquisiciónde los productos para el programa del vaso de lecheteniendo como fuente de financiamiento las transfe-rencias del gobierno central; Que, mediante los Informe del visto se detallan circunstancias que justifican jurídicamente lo reque-rido, por cuanto se configura efectivamente la situa-ción prevista en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM al solicitarse la adquisición temporal ante unhecho de excepción suscitado como consecuencia de haberse elevado las observaciones planteadas por la empresa ALIMENTOS PROCESADOS S.A -ALPROSA al CONSUCODE para que este organis-mo emita su correspondiente pronunciamiento con-forme lo prevee el Art. 116º del D.S. Nº 084-2005-PCM, circunstancia que podría ocasionar el desa- bastecimiento de los alimentos, de no adoptarse una acción rápida a fin de adquirir los productos que con-forman la ración diaria, por un período que le permitaal CONSUCODE absolver lo planteado por la empre-sa observante sin menoscabo del período que debeadicionarse hasta que la buena pro quede consenti- da; Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servi-cio esencial como es la provisión de los alimentosdiariamente a los beneficiarios, por la circunstanciaextraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, del análisis efectuado al expediente de contratación se infiere que las causas que han propi-ciado la declaratoria de Situación de desabas-tecimiento Inminente son netamente ajenas a la res-ponsabilidad de funcionario alguno porque se han respetado las normas legales y los procedimientos en cada etapa de formalización de la adquisición; Que, lo expresado y los dispositivos legales au- nados y en concordancia con los procedimientos aque hacen referencia los Arts. 19º y 20º del D. S. Nº012-2001-PCM posibilitan lo requerido y la culmina- ción objetiva de la Licitación Pública Nacional Nº 0001- 2005-CE-MDCH; Que, según obra en el expediente de contratación el área encargada de la Administración del Programadel Vaso de Leche de la entidad ha emitido el InformeNº 020-2005-PVL-MDCH donde solicita se adquie- ran 42,374.40 Kg. de Quinua Avena para 8 semanas y 121,110 envases de 410 gramos para 6 semanasdel producto Leche evaporada conforme a lasespecificaciones técnicas que han servido para ad-quirir ambos productos en el ejercicio anterior; Que, para viabilizar la adquisición expresada en el considerando precedente se debe encargar a la dependencia designada en los documentos de ges-tión como responsable de las adquisiciones de la en-tidad para que realice las compras por el períodoseñalado en el Informe Nº 020-2005-PVL/MDCH, con-forme lo señala el párrafo infine del Art. 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, para estos fines es necesario cumplir con las formalidades dispuestas por el inciso c) el Art.19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, e inciso c) del Art.20º del mismo cuerpo legal donde se expresa que laexoneración de un proceso de licitación está permiti- do cuando la autorice la exoneración el Concejo Mu- nicipal; Que, en concordancia con las atribuciones esta- blecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, sus modificatorias y contando con el voto por MAYORÍA (9 votos a favor y 2 abstenciones); delConcejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección declarando en Situación deDesabastecimiento Inminente al programa del Vasode leche de la Municipalidad distrital de Chorrillos por las consideraciones expuestas, para que se adquie- ran 42,374.40 Kg. de Quinua Avena para 8 semanasy 121,110 envases de 410 gramos para 6 semanasdel producto Leche evaporada conforme a lasespecificaciones técnicas que han servido para ad-quirir ambos productos en el ejercicio anterior. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Administración para que realice la publicación del pre-sente Acuerdo en el SEACE y remita copia del mismoacompañando del Informe Legal a la ContraloríaGeneral de la República y al CONSUCODE dentrode los plazos previstos en la Ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría Gene- ral del Concejo la responsabilidad de publicar en elDiario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración para que a través de la Unidad de Abas-tecimiento realice la adquisición que se autoriza mediante el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 05021 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 061-CDL-CH Chosica, 25 de febrero del 2005 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Lurigancho - Chosi- ca, en Sesión Ordinaria convocada para la fecha; Visto el Dictamen Nº 002-05/CEPPI-CDLCH de la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Pla- nificación, Presupuesto e Informática, de fecha 22 de febrero del 2005, emitido sobre la base del Informe Nº020-05-GR/MDLCH de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen e Informe de vistos se ha propuesto al Concejo aprobar en la fecha el plan anualde pagos por concepto de Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales para el período fiscal 2005, estableciéndo-se en ellas fechas límites para cumplir con estasobligaciones de orden tributario; Que, estando a lo dispuesto por el Art. 15º y demás articulados complementarios del Decreto Legislativo Nº276 y a las atribuciones conferidas por los Arts. 9º Inc.8) y 40º de la Ley Orgánica de municipalidades Nº 27972,el Concejo procedió a someter el tema a debate confor-me obra en actas; y, Tras la votación reglamentaria, por unanimidad apro- bó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS PLAZOS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL PERÍODO FISCAL 2005 Primero.- La obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2005 vence: