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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2005 (10/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G37/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de marzo de 2005 General Regional y Oficina Regional de Asesoría Ju- rídica; Que, en ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modificatoria la Ley Nº 27902 y en aplicación de lo establecido en el Artículo 11º delD.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico Regional, del Gobierno Regional Lambayeque,Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, interponga lasacciones legales pertinentes contra doña Hilma Cár-pena Vda. de Paraud y otros, por los motivos expues-tos en la presente. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lamba-yeque, transcribiéndose la presente Resolución Eje-cutiva Regional para su conocimiento y fines perti-nentes, además de publicarse en el Diario Oficial ElPeruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regio- nal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 05071 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 90-2005-GR.LAMB/PR. Chiclayo, 1 de febrero del 2005VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 607-2004- GR.LAMB/PR; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ejecutiva Regional de visto se declaró la improcedencia de la solicitud de don Carlos Miguel Gonzáles Bazán por haberse planteadoen forma extemporánea; asimismo se dispuso derivarlo actuado al Directorio de Gerentes Regionales a finde adoptar el acuerdo respectivo que viabilice laautorización a la Procuraduría Pública Regional, me- diante Resolución Ejecutiva Regional, para que inter- ponga en la vía judicial la nulidad de oficio, de las Re-soluciones Directorales Regionales Sectoriales Nºs.3587 y 3646-2003-GR.LAMB/ED, por haber sido emi-tidas por autoridad no competente; así como de lasResoluciones Directorales Sectoriales Nºs. 0181 y 1026-2003-GR.LAMB/ED, por haberse emitido al mar- gen de la normatividad vigente, debiendo confirmarselos montos por subsidios de luto y gastos de sepelioen función a la Remuneración Total Permanente esta-blecida en el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, tantoal recurrente como a las demás personas contenidas en dichos actos resolutivos; Que, a tenor de lo dispuesto por el Art. 78º - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales es competentepara ejercer la defensa judicial correspondiente, el Pro-curador Público Regional; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262- 2003-GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VAS- QUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regio-nal del Gobierno Regional Lambayeque; Con la conformidad de la Gerencia General Regio- nal y Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno Re-gional Lambayeque; Estando a lo dispuesto por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 607-2004-GR.LAMB/PR, y a las faculta-des conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico Regional, con cargo a dar cuenta al Directorio deGerentes Regionales, interponer las acciones legalesque correspondan respecto a lo dispuesto en la Re- solución Ejecutiva Regional Nº 607-2004-GR.LAMB/PR. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lamba- yeque, transcribiéndose la presente Resolución Eje-cutiva Regional para su conocimiento y fines perti-nentes, además de publicarse en el Diario Oficial ElPeruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regio-nal. Regístrese, comuníquese y archívese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 05072 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 105-2005-GR.LAMB/PR. Chiclayo, 7 de febrero del 2005 VISTO:El Oficio Nº 0046-2005-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ y el Acuerdo del 18 de enero de 2005; CONSIDERANDO:Que, con Oficio Nº 0046-2005-GR.LAMB/DRSAL- OEAJ, de fecha 6 de enero de 2005, el Director Regio- nal de Salud, remite con Registro Nº 1054 de trámite documentario de la Sede del Gobierno RegionalLambayeque, el Informe Especial Nº 02-012-2004-2-0633-GR. LAMB/DRSAL-OECI sobre "FALTANTES DEINSUMOS DEL PROGRAMA DE PLANIFICACIÓNFAMILIAR EN EL PUESTO DE SALUD SANTA ANA - RED SALUD CHICLAYO - DIRECCIÓN DE SALUD LAMBAYEQUE", solicitando se autorice al ProcuradorPúblico Regional, el inicio de acciones legales contrael presunto responsable; Que, de conformidad con el artículo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regiona- les, la defensa de los intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional se ejerce judicialmente por el Pro-curador Público Regional; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262- 2003-GR. LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANOVASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Re- gional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, conforme al Artículo 11º del Decreto Supre- mo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representa-ción y Defensa de los Intereses del Estado a nivel delGobierno Regional, para que el Procurador inicie cual-quier proceso en nombre y en representación del Gobierno Regional, se deberá contar con autoriza- ción por Resolución Ejecutiva Regional, con acuerdode los Gerentes Regionales; Que, mediante Acuerdo de Directorio de Geren- tes del Gobierno Regional Lambayeque de fecha 18de enero de 2005, se acordó Autorizar al Procurador Público del Gobierno Regional Lambayeque, iniciar las acciones legales correspondientes contra el ser-vidor público Sr. José Luis Limo Campos, quien sedesempeñó como responsable del Servicio de Far-macia y Recaudación del Puesto de Salud "SantaAna" de la Red Chiclayo, presunto responsable de los hechos materia del Informe Especial Nº 02-012- 2004-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI; el cual con suobrar negligente en el ejercicio de sus funciones hacausado un perjuicio económico a la Entidad por unmonto aproximado de S/. 10,756.00 Nuevos Soles; Con la conformidad de Gerencia General Regio- nal, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional deInfraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo So-cial, Gerencia Regional de Desarrollo Económico,Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestióndel Medio Ambiente y con la visación de la Oficina Regional de Administración y Oficina Regional de Ase- soría Jurídica; Que, en ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, su modificatoria la Ley Nº 27902