Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2005 (10/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2005
VISTOS:

NORMAS LEGALES

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El Expediente Nº 2005004642, asi como el Informe Interno Nº 032-2005-EF/94.45.2 del 28 de febrero de 2005, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 027-2002EF/94.45 del 12 de septiembre de 2002, se aprobo el tramite anticipado, se inscribio el primer programa de bonos corporativos de Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. denominados "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco", hasta por un monto MORDAZA de S/. 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 de Nuevos Soles) y se registro el prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, el 27 de septiembre de 2002 se inscribio en el referido Registro Publico la primera emision de bonos corporativos denominados "Bonos Corporativos Mibanco - Primera Emision" hasta por un monto MORDAZA de S/. 20 000 000,00 (Veinte Millones y 00/100 de Nuevos Soles); Que, mediante escrito recibido el 14 de febrero de 2005, Mibanco, Banco de Microempresa S.A., solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA el deslistado de los bonos denominados "Bonos Corporativos Mibanco - Primera Emision", del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV; Que, como sustento de su solicitud, Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., adjunto MORDAZA simple del testimonio de la escritura publica de cancelacion de emision de la primera emision de bonos del 17 de enero del 2005 que otorgo Citicorp Peru S.A. SAB, en su condicion de representante de los obligacionistas; asimismo, presento MORDAZA del recibo de pago por los derechos correspondientes y MORDAZA de los poderes de sus representantes; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132º inciso a) de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de los bonos denominados "Bonos Corporativos Mibanco - Primera Emision" y elevar el expediente a esta Comision para los efectos correspondientes; Que, el articulo 37º inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27º inciso b) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establecen como causal para la exclusion de un valor la amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de los bonos denominados "Bonos Corporativos Mibanco - Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores, se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una oferta publica de compra por exclusion contemplada en el articulo 38º inciso a) del referido Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina web de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores y el Acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse en favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA de

los bonos denominados "Bonos Corporativos Mibanco Primera Emision" correspondientes al Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco, Banco de Microempresa S.A. Articulo 2º.- Disponer la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV de los bonos denominados "Bonos Corporativos Mibanco - Primera Emision" correspondientes al Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco, Banco de Microempresa S.A. Articulo 3º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de CONASEV. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. ALLISSON ZALDIVAR MORDAZA Gerente de Mercados y Emisores (e) Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 04622

FONAFE
Modificacion de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 002-2005/003-FONAFE 1 de marzo de 2005 1. Sustituir los literales k), q) y r) de las Definiciones Basicas de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por el Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, por el siguiente texto: "k) Percibido: Oportunidad en que se hace efectiva la captacion u obtencion de los Ingresos. q) Modificacion presupuestaria: Cambio en el monto asignado a las partidas o rubros del presupuesto. r) Reprogramacion presupuestaria: Constituye una modificacion presupuestaria que conlleva al cambio en la programacion mensual en partidas o rubros del presupuesto que no signifique la modificacion en sus montos anuales programados." 2. Sustituir los numerales 2.1., 2.2, 2.3, 2.4, 2.5 y 6.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por el Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/ 001-FONAFE, por el siguiente texto: "2.1 Las modificaciones presupuestarias requieren aprobacion del Directorio de FONAFE, salvo las dispuestas en el numeral 2.2. La Empresa debera presentar una solicitud de modificacion presupuestaria adjuntando el Acuerdo de Directorio, un informe ejecutivo que la justifique y los formatos de Ingresos y Egresos, de Flujo de MORDAZA y de Gastos de Capital. 2.2 El Directorio de la Empresa, por Acuerdo de Directorio esta facultado a realizar las siguientes modificaciones presupuestarias: a) Reprogramaciones presupuestales. b) Transferencias entre partidas GIP. c) Transferencias de partidas GIP hacia partidas no GIP de Egresos de Operacion y hacia Gastos de Capital. d) Transferencias entre partidas no GIP. e) Transferencias de partidas no GIP, hacia Gastos de Capital.

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