Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2005 (10/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2005

Millones Cuatrocientos Dieciocho Mil Y 00/100 Nuevos Soles ). Articulo Tercero.- Fijar los porcentajes para la Aplicacion del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre en el ano fiscal 2005, en los siguientes terminos:
Gasto Corriente Gasto de Inversion Otros gastos de Capital TOTAL 30.00% 66.375308% 3.624692% 100% S/. 277,596.00 S/. 614,184.00 S/. 33,540.00 S/. 925,320.00 ==========

Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina de Administracion, el cumplimiento de la presente y las acciones correspondientes, con arreglo a ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 05129

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Cancelan concurso publico convocado para contratar servicio de preparacion, recopilacion, procesamiento y analisis de informacion censal de poblacion, vivienda, empresas y establecimientos del distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 070-2005-ALC/MSI
San MORDAZA, 8 de marzo de 2005 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 782-2004-09-GM/MSI se designo al Comite Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Publico Nº 005-2004-CE/MSI para la Contratacion del Servicio de Preparacion, Recopilacion, Procesamiento y Analisis de Informacion Censal de Poblacion, Vivienda, Empresas y Establecimientos en el ambito territorial del distrito de San Isidro; Que, por Resolucion de Gerencia Municipal Nº 7882004-09-GM/MSI, de fecha 30 de setiembre de 2004 se aprobaron las Bases y convocatoria del Concurso Publico Nº 005-2004-CE/MSI; Que, dentro del calendario del MORDAZA de seleccion, los adquirientes de Bases formularon sus consultas, aclaraciones y observaciones a las mismas, las que fueron absueltas de acuerdo a Ley, quedando integradas las Bases el dia 29 de octubre de 2004; Que, el 9 de noviembre del 2004 se presentaron dos (2) postores al Acto Publico de MORDAZA de propuestas, declarandose desierto el mencionado MORDAZA, con fecha 19 de noviembre de 2004, al haber quedado valida una unica oferta, de conformidad con el articulo 32º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, con la consiguiente afectacion del cronograma aprobado en el Plan Directriz del Censo Municipal; Que, por Resolucion de Gerencia Municipal Nº 10942004-09-GM/MSI de fecha 26 de noviembre de 2004 se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 0052004-CE/MSI - MORDAZA Convocatoria, reprogramandose el cronograma inicialmente planteado en el Plan Directriz; Que, conforme al calendario de la MORDAZA convocatoria, los adquirientes de Bases formularon

sus consultas, aclaraciones y observaciones a las mismas, las que fueron absueltas de acuerdo a Ley, quedando integradas las Bases el dia 20 de diciembre de 2004; Que, el 28 de diciembre del 2004 se presentaron cinco (5) postores al Acto Publico de MORDAZA de propuestas, otorgandose la Buena Pro, con fecha 5 de enero de 2005, al Consorcio formado por el INSTITUTO PERUANO DE CATASTRO S.A. y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA por presentar la propuesta mas favorable; Que, dentro del plazo establecido, las empresas MAXIMIXE CONSULT S.A. y el Consorcio integrado por CERTICOM S.A.C, MACROSTUDIO S.A. y TECHNETSOL S.A.C. interpusieron recursos de apelacion contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro, y corrido traslado de los mismos al Consorcio que obtuvo la Buena Pro, fueron absueltos ambos el dia 18 de enero de 2005; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 042-2005ALCM/MSI de fecha 1 de febrero de 2005 se declaro la Nulidad de Oficio del Concurso Publico Nº 005-2004CE/MSI - MORDAZA Convocatoria, de conformidad con el articulo 57º del TUO de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Formulacion de Observaciones a las Bases e Integracion de estas - Absolucion de Observaciones; Que, en cumplimiento de la Ley Nº 13248, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI se encarga de ejecutar cada 10 anos, los Censos de Poblacion y Vivienda, y los Censos Economico y Agropecuario, cada 5 anos, siendo de publico conocimiento que dicha institucion desarrollara un Censo de Poblacion y Vivienda en el mes de junio del presente ano, habiendo realizado en los ultimos meses del ano 2004, la actualizacion cartografica o puerteo con planos georeferenciados y el censo piloto en areas urbanas y rural de 4 distritos de diversas zonas del MORDAZA, encontrandose entre ellos el distrito de San Isidro; Que, la Municipalidad de San MORDAZA ha realizado una serie de acciones para ejecutar los Censos de Poblacion, Vivienda, Empresas y Establecimientos en el distrito, los que, debido a retrasos ocurridos en el respectivo MORDAZA de seleccion, pueden coincidir con las fechas del Censo Nacional, originando un comprensible malestar en el vecino y, por ende, rechazos mas alla de los previstos a las pruebas censales, originandose, a su vez, demoras y gastos imprevistos para reducir los mayores margenes de falta de respuesta de los vecinos, ademas que ante la opinion publica se perjudicaria la imagen institucional por la aparente duplicidad de esfuerzos; Que, asimismo, del analisis de los resultados del Censo del INEI se podra adecuar y reducir el tamano de la "Ficha Censal" elaborada por la Municipalidad para el caso de la poblacion y vivienda, disminuyendo los plazos y costos contemplados en el Plan Directriz inicial de la Municipalidad, que sirvio de base para la convocatoria y los precios referenciales del MORDAZA de seleccion; Que, por consiguiente se concluye que hasta evaluar los resultados del Censo del INEI, la necesidad de realizar el Censo de Poblacion, Vivienda, Empresas y Establecimiento en el ambito territorial del distrito de San MORDAZA, debera ser redefinido para, de ser el caso, llevarse a cabo en un proximo ejercicio; Que, en este contexto, ha desaparecido la necesidad de contratar la ejecucion del Censo de Poblacion, Vivienda, Empresas y Establecimientos del distrito de San MORDAZA por cuanto existe, en MORDAZA, un Censo de Poblacion y Vivienda a realizarse el presente ano a cargo del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, cuyos resultados cumpliran, en parte, el objeto de dicha contratacion, configurandose la causal de cancelacion del MORDAZA de seleccion prevista en el articulo 34º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que la Entidad puede cancelar un MORDAZA de seleccion cuando desaparezca la necesidad de contratar o adquirir; ello sin perjuicio que conforme al analisis de los resultados del referido censo nacional, se reformule la necesidad de contratacion respecto a la informacion requerida por la Municipalidad y que no ha sido obtenida por dicho censo;

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