Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2005 (10/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2005

f) Transferencia de Gastos de Capital No Ligados a Proyectos hacia Proyectos de Inversion. g) Transferencias entre partidas del Presupuesto de Financiamiento Neto. Las modificaciones presupuestarias facultadas a ser aprobadas por el Directorio de la Empresa se sujetaran a las siguientes limitaciones: a) Las partidas Tributos (Partida 2.4) y Participacion de los Trabajadores (Partida 2.8) no son habilitadoras. b) Los rubros Pago de Indemnizacion por Cese de Relacion Laboral (Rubro 2.2.7.5), Incentivo por Retiro Voluntario (Rubro 2.2.7.6) y Capacitacion (Rubro 2.2.5) no son habilitadores y no pueden ser habilitados. c) El rubro denominado Provision de Personal por Cooperativas y Services (Rubro 2.3.8.2) es habilitador pero no puede ser habilitado. 2.3 Las modificaciones presupuestarias no podran exceder de dos (2) al ano y solo se aprobaran y/o solicitaran hasta el ultimo dia util del mes de agosto. Las modificaciones presupuestarias por reprogramaciones presupuestarias no podran exceder de dos (2) al ano y solo se aprobaran hasta el ultimo dia util del mes de agosto. El numero de reprogramaciones no se encuentran incluidos dentro del numero de modificaciones indicado en el parrafo anterior. Las modificaciones presupuestarias que tengan como objetivo incorporar proyectos de inversion declarados viables, por la instancia facultada para tal efecto, y el financiamiento correspondiente, no estaran limitadas en cuanto a su numero y deberan para ser presentadas hasta el ultimo dia util del mes de octubre. 2.4 Toda modificacion presupuestaria debera ser comunicada a FONAFE, a nivel desagregado, junto con la evaluacion presupuestaria del mes en el cual se aprobo. Para tal efecto, las empresas deberan presentar la MORDAZA del Acuerdo de Directorio autoritativo, un informe ejecutivo sustentatorio de la modificacion aprobada y los formatos que resulten afectados, obtenidos del Sistema de Informacion. 2.5 Cualquier cambio en el Plan operativo que genere una modificacion presupuestaria debera ser aprobado por el Directorio de la Empresa y remitido a FONAFE junto con la evaluacion presupuestaria del mes en el cual se aprobo la modificacion. 6.5.1. Las Empresas remitiran dentro de los plazos de remision de sus Evaluaciones Presupuestarias y Economicas, una MORDAZA del Acta de cada sesion de Directorio celebrada, o la trascripcion de los acuerdos tomados." 3. Incluir los numerales 1.2.6 y 11.11 en la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por el Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, con el siguiente texto: "1.2.6. Las Empresas podran solicitar a FONAFE la reclasificacion de la categoria para la contratacion de servicios, consultorias o arrendamientos que se realicen y se destinen exclusivamente para la ejecucion de un proyecto en particular. FONAFE considerara la importancia del proyecto y la necesidad de reducir los plazos de contratacion asociados al mismo, a efectos de aprobar la mencionada reclasificacion. Para mantener un adecuado y MORDAZA control sobre las actividades de contratacion a que se hace referencia en el presente numeral, el Organo de Control Institucional de la Empresa debera verificar que estas se realicen y se destinen exclusivamente para la ejecucion del proyecto, informando periodicamente a FONAFE el desarrollo de las mismas. 11.11 Los Organos de Control Interno o equivalentes de las Empresas supervisan la legalidad de la ejecucion del presupuesto de las Empresas asi como el cumplimiento de la presente Directiva." 4. Excluir los numerales 2.6. y 2.7 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empre-

sas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por el Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE. 5. Encargar a la Direccion Ejecutiva la realizacion de las acciones necesarias para la implementacion del presente Acuerdo. 6. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 05210

Modificacion de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 005-2005/003-FONAFE del 1 de marzo de 2005 1. Sustituir el numeral 1.2.2 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, por el siguiente texto: "1.2.2. Para la aplicacion de las modalidades de contrataciones y adquisiciones establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los topes maximos totales para cada Empresa, de acuerdo a su categoria, seran los siguientes: a) Para la adquisicion de bienes y suministros (en Nuevos Soles). Categoria A B C D Adjudicacion Directa Hasta 900 000 Hasta 750 000 Hasta 500 000 Hasta 350 000 Licitacion Publica Mas de 900 000 Mas de 750 000 Mas de 500 000 Mas de 350 000

b) Para la contratacion de servicios, consultorias y arrendamientos (en Nuevos Soles). Categoria A B C D Adjudicacion Directa Hasta 900 000 Hasta 250 000 Hasta 200 000 Hasta 150 000 Concurso Publico Mas de 900 000 Mas de 250 000 Mas de 200 000 Mas de 150 000

c) Para la contratacion de obras (en Nuevos Soles). Categoria AyB C D Adjudicacion Directa Hasta 900 000 Hasta 800 000 Hasta 700 000 Licitacion Publica Mas de 900 000 Mas de 800 000 Mas de 700 000

Cualquier tope MORDAZA total distinto a los asignados en los literales precedentes quedara sin efecto a partir de la vigencia de la presente Directiva. Cuando el importe del valor referencial de una obra sea igual o mayor a S/. 4 050 000, las Empresas deberan contratar obligatoriamente los servicios de supervision y control de dicha obra." 2. Disponer el cambio en la denominacion de las categorias asignadas a las empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, de acuerdo con el siguiente detalle: - La antigua categoria "A". - La antigua categoria "B". - La antigua categoria "C". - La antigua categoria "D". categoria "O" ahora corresponde a la categoria "A" ahora corresponde a la categoria "B" ahora corresponde a la categoria "C" ahora corresponde a la

3. Disponer que lo aprobado en los numerales 1 y 2 del presente Acuerdo tiene por objeto el reordenamiento

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