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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G38/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de marzo de 2005 Sesión Nº 019-2004 de fecha 10-12-2004 (fs. 65 a 67), acordó emitir el DICTAMEN: FAVORABLE, de-terminando que se acepta la solución vial propuestapara el Jr. Tomasal (antes Av. Tomasal o calle Atagu-pu) de 20.00ml, la misma que es concordante con lasección vial 1-1 aprobada según el plano de replan-teo signado con el Nº 099-82-MLM.6455, por el quese recepcionaron las obras de Habilitación Urbanade la Urbanización “Las Colinas de Monterrico”; agre-gando que los aportes reglamentarios al Servicio deParques, Ministerio de Educación y Otros Fines, se-rán redimidos en dinero, y que el propietario deberáejecutar las veredas y bermas de estacionamientode acuerdo a los planos aprobados; en mérito al dic-tamen aprobatorio se emitió la Notificación Nº 2662-2004-SGACO-GDU-MSS de fecha 13.12.04 (fs. 68 y69), poniendo en conocimiento a la administrada queprevio a la prosecución del trámite de aprobación deHabilitación Urbana, debía cumplir con cancelarS/. 3,558.24 Nuevos Soles por concepto de liquida-ción, monto que ha sido cancelado con Recibo Únicode Caja Nº 2414150 de fecha 28.12.04 (fs. 70 y 71); Que, la Subgerencia de Licencias y Habilitacio- nes Urbanas emite el Informe Nº 259-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 01.02.05 (fojas 72 a 75),indicando que la administrada ha cumplido con pre-sentar todos los requisitos de esta Corporación, porlo que concluye que debe emitirse la resolución co-rrespondiente; Que, estando en lo dispuesto en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ley Nº 27444 delProcedimiento Administrativo General, Decreto de Al-caldía Nº 08-2004-MSS que aprueba la adecuaciónen el Texto Único de Procedimientos Administrativos– TUPA, de acuerdo a las modificaciones de la Es-tructura Orgánica que entra en vigencia a partir del01 de Enero del 2005, y Resolución Gerencial Nº002-2005-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 13.1.2005 quedelega a la sub.-Gerencia de Licencias y Habilitacio-nes Urbanas, la facultad de suscribir en nombre yrepresentación de la Gerencia de Inversión Privadalas Resoluciones Gerenciales para los trámites deHabilitaciones Urbanas; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, los proyectos re- ferentes a Trazado, Lotización, Pavimentación de ve-redas y bermas de estacionamiento, correspondien-te a la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva deLote Único con Construcción Simultánea de Vivien-das y Autorización para la Celebración de Contratosde compraventa garantizada, para Uso Residencialde Baja Densidad R2, en el terreno de 10,852.00m²,constituido por el lote Nº 30 de la Parcelación Semi-rrústica Pampas de Santa Teresa del Fundo Monte-rrico Chico, ubicado con frente al Jr. Tomasal (antesAv. Tomasal, Avenida “A” o calle Atagupu), esquinacon la calle Las Laderas de Casuarinas, en el distritode Santiago de Surco, provincia y departamento deLima, de acuerdo con los planos signados con el Nº004.01-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS, y Nº004.02-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la adminis- trada CASAS DE MONTERRICO S.A., para ejecutaren el plazo de dieciocho (18) meses contados a par-tir de la fecha de notificación de la presente Resolu-ción, las obras de Habilitación Urbana cuyos pro-yectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajosa los planos firmados y sellados por este Corporati-vo, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO: Considerando que el terreno de 10,852.00m², se encuentra en un Área de Estructuración Urbana III-B– Área de Mayor Homogeneidad de funciones, Sub-Area de Estructuración Urbana B, en un Área de UsoResidencial de Baja Densidad Tipo “R2”, el cuadro deÁreas que se aprueba es el siguiente:CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL DEL TERRENO 10,852.00 m² ÁREA CEDIDA P ARA VÍAS 946.01 m² ÁREA PARA RECREACIÓN PÚBLICA 759.64 m² ÁREA ÚTIL PARA VIVIENDA 9,146.35 m² APORTES REGLAMENTARIOS: La Ordenanza Nº 292-MML de fecha 29.10.2000, establece los Aportes Reglamentarios que debencumplir las habilitaciones con fines de vivienda Tipo2 al proyectar una Habilitación Urbana, en aplicacióna lo cual los porcentajes de aportes reglamentariosque corresponden al Área de 10,852.00m² son lossiguientes: APORTE Según Ordenanza 292 REGLAMENTARIO % Área m2 Proyecto Observaciones Recreación Pública 7% 759.64 m2 759.64 m2(*) -------------------------------- Parques Zonales 2% 217.04 m2 -------------------- Se solicita la redención en dinero Ministerio de Educación 2% 217.04 m2 -------------------- Se solicita la redención en dinero Otros Fines 2% 217.04 m2 -------------------- Se solicita la redención en dinero TOTAL 13% 1,410.76 m2 Veredas.- Serán de concreto de calidad fc=175 Kg/cm2 de 0.10m. de espesor y construidas sobre unterraplén de material seleccionado de buena calidad ydebidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro deespesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cadacinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada ter- minada será de 0.20m. Sardineles.- En el extremo libre de la vereda en con- tacto con la berma se construirá un sardinel de concretode dimensiones 0.15m x 0.45m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecu-ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali-dad de concreto será de fc=175 Kg/cm2. Bermas de Estacionamiento.- Las bermas de es- tacionamiento laterales quedarán en tierra chacra, com-pactada y nivelada, con árboles cada 12.00ml en pozasde concreto. Rampas en Bermas para Personas con Disca- pacidad.- En los lugares señalados en el Plano de Lotización y Vías, se construirán rampas en las ber-mas que conectarán los niveles superiores de lasaceras de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto enla Norma Técnica NTE-U-190 “Adecuación Urbanísti-ca para las personas con Discapacidad”. Aprobadapor Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 defecha 7.2.2001. Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como car- ga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble deLima, la obligación de la propietaria de cancelar los défi-cits de aportes, que serán redimidos en dinero antes dela Recepción de las Obras y, en consecuencia, quedacomo garantía el Lote Único materia de la presente Re-solución. En cumplimiento a lo dispuesto en el Regla-mento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas apro-bado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º,el déficit de aporte para Otros Fines de 217.04m² deberáser cancelado en la Municipalidad de Santiago de Surco,y los déficits de aportes para el Ministerio de Educaciónde 217.04m², y Parques Zonales de 217.04m2, deberánser cancelados ante el Ministerio de Educación ySERPAR-LIMA respectivamente. Artículo Cuarto.- DISPONER que CASAS DE MON- TERRIO S.A., efectúe la publicación de esta Resoluciónen el diario oficial El Peruano, en el plazo de cinco díasútiles contados a partir del día siguiente de notificado;sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Muni-