Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2005 (11/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 11 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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a) Los delegados vecinales b) Los vecinos residentes del sector correspondiente del distrito. Articulo 49º.- El Delegado Vecinal comunal y su junta: es elegido por los vecinos de su MORDAZA en forma directa y Democratica. El Delegado vecinal tiene como funcion representar a su comunidad ante la Junta de Delegados Vecinales por el periodo de un ano y velar por el cumplimiento de los acuerdos que se adopten en ella. Articulo 50º.- La Junta de Delegados Vecinales Comunales: Es el organo de coordinacion integrado por los delegados vecinales que estan organizadas como juntas vecinales. Y tambien tiene un periodo de funcion de un ano. Articulo 51º.- Objetivos de las Juntas de Vecinos: a) Vigilar el cumplimiento de las normas de competencia municipal, en coordinacion con la autoridad municipal. b) Supervisar la buena marcha de los servicios publicos locales y la ejecucion de obras municipales en el ambito geografico de su sector. c) Proponer las prioridades de gasto e inversion dentro del sector del distrito que le corresponde. d) Supervisar y colaborar con el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado (Presupuesto Participativo). e) Coordinar y apoyar el mejoramiento de la seguridad ciudadana y la calidad de servicios publicos locales, en general. f) Proponer convenios de cooperacion para la prestacion de servicios publicos. g) Coordinar la organizacion de eventos deportivos y culturales. h) Otros que le encargue o solicite el Concejo Municipal. CAPITULO II FUNCIONES DE LOS DELEGADOS VECINALES Articulo 52º.- Organo representativo de las Juntas Vecinales: El organo representativo de cada Junta Vecinal, esta constituido por seis (6) vecinos: Un delegado vecinal, Un Subdelegado, Un Secretario, Un Tesorero, Un Fiscal y Un Vocal; elegidos democraticamente por los vecinos del sector del distrito, por el periodo de Un (1) ano. Los representantes de la Junta Vecinal actuan en forma colegiada y son autonomos en sus decisiones, las que no requieren ratificacion alguna por parte de la Municipalidad. Los acuerdos se toman por unanimidad o por mayoria. Esta MORDAZA se logra con los votos que alcancen el numero entero superior a la mitad del total de sus integrantes, siendo solidariamente responsables de su actuacion. Las decisiones de los representantes de la Junta Vecinal deben constar en el Libro de Actas correspondiente. Articulo 53º.- Funciones de los Delegados Vecinales y Participacion en el Concejo Municipal: Los Delegados Vecinales deben cumplir los objetivos de las Juntas Vecinales y pueden participar en las sesiones del Concejo Municipal con derecho a voz a fin de sustentar las propuestas de su representada, para tal efecto, las propuestas o iniciativas presentadas por las Juntas Vecinales seran derivadas a las Comisiones competentes para su revision, analisis y dictamen correspondiente. La sustentacion de dichas propuestas sera por una sola vez y por 10 minutos como maximo. El MORDAZA podra disponer otra intervencion o un tiempo adicional si el caso lo amerita. CAPITULO III DE LAS JUNTAS VECINALES Y JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES Articulo 54º Instalacion y Asamblea: Para la instalacion de la Asamblea de la Junta Vecinal, es necesaria la asistencia de no menos del 10% de

vecinos residentes, segun el padron electoral de la MORDAZA votacion. En caso de no existir quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria en los siguientes treinta minutos, iniciandose la asamblea con los integrantes que estuvieren presentes. Las Asambleas de las Juntas Vecinales deben convocarse ordinariamente por lo menos cuatro veces al ano. Articulo 55º.- De otro lado, para la instalacion de la Junta de Delegado Vecinales se reunira, en forma ordinaria cuatro veces al ano. Podra ser convocada por el primer regidor del distrito o por no menos del 25% (veinticinco por ciento) de los delegados vecinales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Determinacion de los 12 Sectores a que se refiere el Articulo Unico del Titulo Preliminar de la presente Ordenanza y el Cronograma del MORDAZA Eleccionario, seran establecidos por Decreto de Alcaldia. Dentro de un plazo MORDAZA de 15 dias de publicada la presente ordenanza, debera efectuarse la primera convocatoria de elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales del distrito de MORDAZA Anita. Segunda.- De producirse el caso de que en algun sector no hubiere candidato, el Comite Electoral determinara el procedimiento a seguir. Tercera.- Las actividades que programe el Comite Electoral para realizar el MORDAZA eleccionario, deberan ser coordinadas con la Subgerencia de Participacion Vecinal, la que brindara orientacion, asesoramiento y apoyo logistico. Cuarta.- Las situaciones no previstas en este Reglamento seran resueltas por el Comite Electoral, cuya Resolucion es Inapelable. Quinta.- Si proclamado y/o juramentado el delegado de una Junta Vecinal, se produce, vacancia por fallecimiento, renuncia u otro impedimento, este cargo sera cubierto por el Subdelegado Sexta.- Son aplicables supletoriamente para el MORDAZA de eleccion de los representantes de las Juntas Vecinales; la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en lo que fuere aplicable. Setimo.- De conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 106º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las instituciones debidamente organizadas que defienden o promueven intereses difusos de la sociedad estan considerados como juntas vecinales. Asimismo los representantes deberan cumplir lo dispuesto por el articulo 53º del presente reglamento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO ­1 ZONIFICACION ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. COOP. DE VIV. "VIRGEN DE LAS NIEVES" COOP. DE VIV. "MANUEL CORREA" COOP. DE VIV. "SANTA MORDAZA DE QUIVES " URB. MORDAZA "LA ACHIRANA" I ETAPA AA.HH. "LAS TERRAZAS" AA.HH. "LAS MORDAZA DE PERALES" AA.HH. "VISTA ALEGRE" MORDAZA 02 1. 2. 3. 4. 5. AA.HH. "LAS MALVINAS" AA.HH. "8 DE FEBRERO" AA.HH. "LOS EUCALIPTOS" AA.HH. "CRISTO REY" AA.HH. "HIJOS DE MORDAZA " I y II

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