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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2005 (11/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G38/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de marzo de 2005 Que, en virtud a las consideraciones precedentes la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión delMedio Ambiente del Gobierno Regional ha expresado lanecesidad de modificar la acotada Ordenanza Regionalen sus Artículos 1º y 5º, propuesta tratada en la SesiónOrdinaria del Consejo Regional llevada a cabo en la Ciu-dad de Mala, provincia de Cañete el 28 de febrero del2005 la que, luego algunas deliberaciones, atendiendo alas razones expuestas y, con la excepción del trámite deComisiones ha considerado la necesidad de proceder adicha modificatoria. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Único.- Modifíquese los Artículos 1º y 5º de la Ordenanza Regional Nº 005-2004-CR/GRL publicadael día 4 de enero del 2005 en el Diario Oficial El Peruano,en los términos siguientes: Artículo 1º.- Suspender de inmediato todo acto de venta y/o lotización al interior y entorno a loshumedales de Puerto Viejo. A partir de la fecha de promulgada la presente Orde- nanza, suspéndase todo acto de venta y/o lotización enel área de influencia al interior y entorno de los Humeda-les de Puerto Viejo, en una extensión aproximada de 437.98 has. que comprende sus espejos de agua y elárea circundante a estos la cual se encuentra tambiénintegrada por el área de influencia del sistema hidrológi-co de la Cuenca del río Mala y los canales de irrigaciónde San Andrés, entre las coordenadas geográficas quea continuación se establecen, según el cuadro de datostécnicos siguiente: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS Vértice LadoDistancia Ángulo Interno Este (X) Norte(Y) (metros) A A-B 833.58 231°53’32” 313866.8523 8611033.3112 B B-C 362.51 213°48’39” 313986.2910 8611858.2870 C C-D 798.68 90°29’46” 313829.8120 8612185.2820 D D-E 1211.73 65°55’39” 314547.2350 8612536.2630 E E-F 61.72 124°20’59” 314589.4490 8611325.2640 F F-G 1565.28 283°17’10” 314539.7370 8611288.6850 G G-H 614.86 141°17’58” 315732.3320 8610274.8710 H H-I 416.00 179°41’28” 315848.9350 8609671.1726 I I- J 509.97 165°44’11” 315925.6220 8609262.3070 J J-K 301.78 158°03’28” 315893.2390 8608753.3650 K K-L 298.66 156°46’22” 315762.9240 8608481.1700 L L-M 324.39 200°33’32” 315538.1700 8608284.4830 M M-N 182.40 93°34’42” 315384.6220 8607998.7310 N N-O 88.96 180°00’00” 315218.8750 8608074.8710 O O-P 98.56 82°38’30” 315138.0366 8608112.0061 P P-Q 329.76 204°35’44” 315190.3095 8608195.5592 Q Q-R 234.21 201°45’13” 315232.9836 8608522.5451 R R-S 420.49 192°15’42” 315175.0616 8608749.4835 S S-T 342.05 189°20’27” 314986.9155 8609125.5356 T T-U 207.06 198°01’39” 314786.2452 8609402.5421 U U-V 283.01 156°53’09” 314618.8375 8609524.4036 V V-W 192.44 214°16’57” 314473.7802 8609767.4134 W W-X 551.26 156°48’59” 314299.2048 8609848.3880 X X-Y 431.79 185°09’37” 313930.8229 8610258.4837 Y Y-Z 89.34 188°48’42” 313614.5533 8610552.4495 Z Z-A1 163.31 200°18’04” 313540.5721 8610602.5291 A1 A1-B1 111.68 161°59’34” 313381.9695 8610641.4680 B1 B1-A 668.62 61°40’17” 313287.0557 8610700.3200 Coordenadas absolutas en el Sistema PSAD56 Artículo 5º.- Proyectos industriales y otros de in- versión que se planeen desarrollar. Que, los proyectos industriales y otros de inver- sión, sean de menor, media o gran escala y que seplaneen desarrollar en la zona entorno a los Hume-dales de Puerto Viejo, dentro de la extensión citadaen el Artículo 1º de la presente Ordenanza, y dentrode las 5 millas náuticas mar adentro frente a la costadel humedal, entre las coordenadas 313287.0557(La-titud Este), 8610700.3200 (Latitud Norte), 315138.036(Latitud Este), 8608112.0061 (Latitud Norte) debe-rán contar con un estudio o declaración de impactoambiental presentado antes las autoridades secto-riales pertinentes, según corresponda, y ante el Go-bierno Regional de Lima. Asimismo deberán contarcon la aprobación final del Gobierno Regional de Limay con la autorización respectiva del INRENA, y se podrán implementar o ejecutar, con la salvedad deser reevaluados a partir del establecimiento del áreade conservación Regional o Local y sus zonas deprotección y de amortiguamiento en torno a dichaárea protegida, en concordancia con lo que esta-blezca en su oportunidad el Plan Maestro o Plan deManejo Ambiental, siendo el INRENA a quien compe-te el establecimiento y delimitación de las zonas deprotección y de amortiguamiento, luego de otorgarsela categoría de área de conservación regional o lo-cal. Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la Ciudad de Huacho, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil cinco. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 05264 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G41/G54/G45/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G79/G20/G52/G6F/G6D/G61/G2C/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 016-2005-AATE/PE Santiago de Surco, 10 de marzo de 2005VISTO:El Acuerdo de Voluntades entre el Gobierno Central y la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28253, se declara de necesidad pública la continuación de la ejecución del Sistema Eléc-trico de Transporte Masivo de Lima y Callao; El 17.2.05 se suscribió el Acuerdo de Voluntades en- tre el Gobierno Central y la Municipalidad Metropolitanade Lima, por el cual el Gobierno Central se comprometea concertar una o más operaciones de endeudamientoexterno hasta US$ 120 Millones de Dólares a ser desti-nados al proyecto de concesión del Tren Eléctrico deLima; Que, en el marco del proceso de Concesión del Tren Eléctrico y la difusión ante las diversas empresas intere-sadas para el proceso de Concesión, se hace necesa-rio que un representante de la A.A.T.E. viaje a España eItalia para tal fin; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones establece que la Presidencia Ejecutiva esel máximo órgano ejecutivo y de gestión de la A.A.T.E.,siendo el Arq. Alberto Sanchez-Aizcorbe Carranza elPresidente Ejecutivo de la A.A.T.E.; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 058-2001 se transfiere la administración de la Autoridad Autóno-ma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans-porte Masivo de Lima y Callao - A.A.T.E. a la Municipa-lidad Metropolitana de Lima, la cual ha expedido el Edic-to Nº 250 de fecha 26 de diciembre de 2002, incorpo-rando a A.A.T.E. como un Órgano Descentralizado dela Municipalidad Metropolitana de Lima, que de acuerdoal D.S. Nº 001-86-MIPRE, con fuerza de Ley mediante