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PÆg. 289263 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de marzo de 2005 AGRICULTURA Autorizan crØdito suplementario en el Presupuesto Institucional del Consejo Nacional de CamØlidos Sudamericanos para el aæo fiscal 2005 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2005-AG-CONACS Lima, 15 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Jefatural Nº 333-2004-AG-CO- NACS, se aprobó el Presupuesto Institucional corres- pondiente al Año Fiscal 2005, del Pliego 161 Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, a nivel de Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal c) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 020-2001-AG-CONACS, señala como recur- sos económicos del CONACS, entre otros, los prove- nientes de convenios celebrados con instituciones na- cionales y extranjeras, así como con organismos inter- nacionales; Que, mediante el Convenio de Cooperación entre el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación, se acuerda que el CONACS contratará en calidad de Asesor de la Alta Dirección, en aspectos concer- nientes al planeamiento y desarrollo del sector de los camélidos sudamericanos en el ámbito regional y na- cional; y al fortalecimiento institucional a un Consul- tor propuesto formalmente por COSUDE; Que, mediante dicho Convenio, COSUDE se com- promete a aportar al CONACS la suma de Ochenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro y 00/100 nuevos soles (S/. 82,584.00) que cubrirán los gastos de honora- rios del Consultor por el período de un año efectivo a partir del 1 de agosto de 2004; Que, en el mes de marzo dicha institución ha abona- do a la cuenta del CONACS la suma de veinte mil seis- cientos cuarenta y seis y 00/100 nuevos soles (S/. 20,646.00) correspondiente al tercer desembolso del total comprometido en el Convenio; De acuerdo con lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Siste- ma Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 161: Con- sejo Nacional de Camélidos Sudamericanos para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma de VEINTE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 20,646.00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) 3.0.0 TRANSFERENCIAS 3.1.0 TRANSFERENCIAS 3.1.3. EXTERNAS 3.1.3.016 Donaciones - Agencia Suiza para el Desarrollo (COSUDE) TOTAL INGRESOS 20,646.00 EGRESOS (En Nuevos Soles) SECCIÓN SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGO 161 Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos UNIDAD EJECUTORA 001 Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos FUNCIÓN 04 Agraria PROGRAMA 010 Promoción de la Producción Pecuaria SUBPROGRAMA 0038Desarrollo AnimalPROYECTO 200675Mejoramiento de la Producción y Promoción del Consumo de Productos de Camélidos 6. GASTOS DE CAPITAL 5. INVERSIONES 20,646.00 TOTAL EGRESOS 20,646.00 Artículo 2º.- La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego, elaborará las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como con- secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Copia de la presente Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, al Con- greso de la República, Contraloría General de la Repú- blica y Dirección Nacional del Presupuesto Público. Regístrese y comuníquese. WILDER TREJO CADILLO Presidente Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos 05745 DEFENSA Fuerzas Armadas asumirÆn control del Orden Interno en circunscripciones de-claradas en Estado de Emergencia porel D.S. N” 022-2005-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 183-2005-DE/SG Lima, 18 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2005-PCM de fecha 18 de marzo del 2005, se prorrogó el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo, en el distrito Andamarca de la provincia de Concepción, y en el distrito de Santo Domingo de Aco- bamba de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por un plazo de sesenta (60) días; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas, en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno, si así lo dispone el Presiden- te de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asu- man el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo, en el distrito Andamarca de la provincia de Concep- ción, y en el distrito de Santo Domingo de Acobamba de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín. La Policía Nacional contribuirá al logro de dicho obje- tivo en los departamentos y provincias indicados en el párrafo anterior. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa FÉLIX MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 05915