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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2005 (19/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 289269 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de marzo de 2005 6. GASTO DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 228 600,00 ___________ TOTAL J.N.E. 3 575 956,00 =========== SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 032 : Oficina Nacional de Procesos Elec- torales UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina Nacional de Procesos Electo- rales FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 : Administración General ACTIVIDAD 00355 : Organizar y ejecutar los procesos electorales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios S/. CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 3. Bienes y Servicios 13 900 510,00 6. GASTO DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 521 875,00 ___________ TOTAL ONPE 14 422 385,00 =========== SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0010 : Registros ACTIVIDAD 00331 : Mantenimiento de Registro y Emisión del Documento de Identidad FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios S/. CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 3. Bienes y Servicios 392 789,00 6. GASTO DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 121 870,00 ___________ TOTAL RENIEC 514 659,00 =========== TOTAL GENERAL 18 513 000,00 =========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificaciones Presupuestarias" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finan- zas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los die- ciocho días del mes de marzo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 05914Aprueban condiciones financieras a considerar en la Licitación Pœblica Es-pecial Internacional para otorgar laconcesión del proyecto Tren Urbano de Lima al sector privado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2005-EF/75 Lima, 18 de marzo de 2005CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 9º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005, se establece que las entidades que requieran con- vocar a licitaciones públicas para la ejecución de un proyecto que conlleve endeudamiento, deben contar previamente con la resolución ministerial de Economía y Finanzas que apruebe las condiciones financieras a considerar en dichas licitaciones públicas; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio Nº 121-2005-ALC/MML, acompañado por el Acuerdo de Concejo Nº 212, declara de necesidad prioritaria la conti- nuación de la construcción y operación del Tren Urbano de Lima, mediante la promoción de la Inversión Privada; y auto- riza la convocatoria a licitación pública especial internacional para otorgar la concesión del referido proyecto; Que, mediante el Oficio Nº 121-2005-ALC/MML, el Al- calde de la Municipalidad Metropolitana de Lima ha solicita- do al Ministerio de Economía y Finanzas la expedición de la resolución ministerial referida en el artículo 9º de la Ley Nº 28423, que apruebe las condiciones financieras a con- siderar en la referida licitación pública especial internacio- nal, en tanto conlleva la contratación de una operación de endeudamiento concesional para continuar con la ejecu- ción del Proyecto Tren Urbano de Lima; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las condiciones financie- ras a considerar en la Licitación Pública Especial Interna- cional para otorgar la concesión del proyecto Tren Urba- no de Lima al sector privado, que conllevará la contrata- ción de una operación de endeudamiento público, según el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 CONDICIONES FINANCIERAS REFERENCIALES A SER CONSIDERADAS EN EL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA ESPECIAL INTERNACIONAL PARA OTORGAR EN CONCESIÓN EL PROYECTO TREN URBANO DE LIMA A CARGO DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Principales características Rangos referenciales a ser del crédito a ser contratado considerados 1/ Monto del crédito No mayor de US$ 120,0 millones o, su equiva- lente en otras monedas. Plazo de pago Total No menor de veinte (20) años Plazo de gracia No menor de cinco (5) años Tasa de interés No mayor a LIBOR a seis meses, en Dólares Americanos, más 0,5% anual o, una tasa equi- valente, en caso de un crédito en otra moneda y tasa fija. 1/ En caso de que el crédito ofrecido involucre condiciones mixtas de fi- nanciamiento (concesionales y comerciales), el Ministerio de Economía y Finanzas, previa evaluación, determinará si procede su contratación en el marco de las condiciones establecidas en la presente Resolución Ministerial. 05791