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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2005 (05/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G30/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de mayo de 2005 modificatoria a la Ordenanza Municipal Nº 095/ML, en mérito a los Informes Técnico y Legal, y a la propuesta del Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales y de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del dis-trito de Lurín; DEBE DECIR: Que, mediante Expediente Nº 1046-95 de fecha 4 de febrero del 2005 los representantes de la Mesa deConcertación de la Zona "A", proponen la modificatoriadel Reglamento de Juntas Vecinales Comunales y laJunta de Delegados Vecinales Comunales del distritode Lurín y a mérito de éste, los Informes Técnico y Legal y a la propuesta de Reglamento modificado pre- sentada por la Gerencia de Desarrollo Humano y Parti-cipación Vecinal, la Comisión de Desarrollo Humano ensu Dictamen Nº 01-2005-CDH/ML establece que proce-de la modificación del Reglamento de las Juntas Veci-nales Comunales y Junta de Delegados Vecinales Co- munales del distrito de Lurín; 08395 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G69/G2D /G6D/G65/G72/G20/G74/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C ORDENANZA Nº 058-2005-MDPH Punta Hermosa, 21 de abril del 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA El Concejo Municipal reunido en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de abril del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada De- creto Legislativo Nº 776 y sus modificatorias, regula elImpuesto Predial, cuyo pago podrá efectuarse al con-tado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuo- tas trimestrales; en este caso la primera cuota será equi-valente a un cuarto del impuesto total resultante y de-berá pagarse hasta el último día hábil del mes de febre-ro. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el últimodía hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, respectivamente; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Úni- co Ordenado de Código Tributario aprobado medianteDecreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazopara el pago de la deuda tributaria podrá ser prorroga-do, con carácter general por la Administración Tributa- ria; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contan-do con el voto unánime de los señores regidores y con ladispensa de la lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PRÓRROGA PARA EL PAGO DEL PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO 2005 Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago del Primer Trimestre de Impuesto Predial del presente ejer-cicio, hasta el 15 de mayo del 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Jefatura de Ren- tas y demás Unidades Administrativas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GLORIA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 08419nio Civil Masivo, por el Día del Padre para el día 18 de junio del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Mu- nicipal propiciar las bases sólidas de formación de la fami-lia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protec- ción como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad yprotección de la familia, que el marco jurídico exige; Que, en armonía a lo consagrado por el artículo 4º de la Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fun-damentales de la sociedad; Que, con ocasión de celebrarse el Día del Padre el tercer domingo del mes de junio, la Municipalidad ha progra-mado la realización del Primer Matrimonio Civil Masivo del año 2005, para el día 18 de junio del 2005; Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, es necesario dar las facilidades del caso a loscontrayentes que en su mayoría por la carencia de re-cursos económicos no han formalizado su unión, por loque se les debe dispensar de la publicación de los Edictos Matrimoniales, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil; Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil, Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de Asesoría Le-gal y Gerente Municipal; y, En el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972 y el Art. 253º del Código Civil; SE DECRETA:Artículo Primero.- Disponer la celebración del Primer Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día sábado 18 de junio del 2005. Artículo Segundo.- Dispensar de la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la refe-rida celebración. Artículo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Registro Civil, adoptará las horas de atención más adecuadas y brindará las facilida-des que requieren los contrayentes. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General, hacer de conocimiento general el presente Decreto al ConcejoMunicipal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 08398 MUNICIPALIDAD DE LURÍN FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 103/ML Mediante Carta Nº 096-2005-GM/ML, la Municipalidad Distrital de Lurín solicita se publique Fe de Erratas de laOrdenanza Municipal Nº 103/ML, publicada en la edicióndel 27 de abril de 2005. DICE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 103/ML DEBE DECIR: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 105/ML En el cuarto considerando: DICE: Que, el Dictamen Nº 01-2005-CDH/ML de la Comi- sión de Desarrollo Humano, establece que procede la