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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 9 de mayo de 2005 la ley, reglamento y directivas, para facilitar el desa- rrollo del proceso participativo; Que, el numeral 9) del Capítulo IV del Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2006 Nº 001-2005-EF/76.01, dicta las disposi-ciones complementarias para el desarrollo del pro- ceso de presupuesto participativo 2006, establecien- do que mediante ordenanza se debe reglamentar elproceso mencionado, y complementarse sobre es- trategias de participación y mecanismos para la toma de decisiones; Que, los numerales 14 y 34 del artículo 9º, el artículo 53º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 disponencomo atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de participación, y regularmediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dis- puesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades - Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de aprobación de Actas, se aprobó por mayoría, lasiguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA LA ELABO- RACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ANUAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y ALCANCES, OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL Artículo 1º.- Definición y alcances El Proceso Participativo es un espacio de delibe- ración y concertación democrática entre las autori- dades electas, miembros del CCLD y los actores so- ciales, constituyéndose en Agentes Participantes queidentifican, priorizan y definen las acciones o pro- yectos de interés para la localidad, mediante meca- nismos de análisis y de toma de decisiones, parallegar a acuerdos y compromisos de gestión de ma- nera concreta y efectiva, a fin de elaborar el Presu- puesto Participativo Anual, que refleje en su conteni-do las aspiraciones y expectativas de los participan-/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6C/G61/G2D/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 339-MSB San Borja, 30 de abril de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJAPOR CUANTO: Visto; en la XI-2005 Sesión Ordinaria de fecha 30.4.2005, el Dictamen Nº 037-2005-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 002-2005-MSB-CDHyPV de la Comisión de Desarrollo Hu- mano y Participación Vecinal y la propuesta del CCLD; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 197º y 199º establece que las municipalidades promue- ven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la partici-pación de la población, están sujetos al control y super- visión de la Contraloría General de la República y son fiscalizadas de acuerdo a Ley; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 norma en su artículo 17º numeral 17.1 que los Gobiernos Locales están obligados a promoverla participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presu- puestos; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, dispone que los Gobiernos Locales pro- mueven el desarrollo de mecanismos y estrategiasde participación de la sociedad civil en la programa- ción de su presupuesto. El Reglamento de la ley cita- da, que fuera aprobado por D.S. Nº 171-2003-EF,norma en su artículo 5º y en su Primera Disposición Final que los Gobiernos Locales emiten ordenanza reglamentando el proceso de identificación y acredi-tación de los Agentes Participantes, así como las disposiciones complementarias a las establecidas en P.3 Permitir que en el pasadizo del salón del vehículo de transporte de Leve 0. 035 UIT personas se ubiquen equipajes, bultos, encomiendas u otros. P.4 Conducir vehículos del servicio de transporte sin haberse capacitado- Leve 0. 035 UIT conforme a lo establecido en el reglamento. III.- INFRACCIONES DE LOS OPERADORES DE TERMINALES TERRESTRES Y ESTACIONES DE RUTA Anexo N° 3 T.1 Operar el terminal terrestre o estación de ruta sin contar con el res- Muy grave 0.60 UIT pectivo certificado de habilitación técnica de terminales terrestres o estaciones de ruta. T.2 Permitir el uso de sus instalaciones a transportistas no autorizados, Grave 0.40 UIT con vehículos no habilitados o a los autorizados que presten el ser- vicio en ruta distinta a la autorizada. T.3 No permitir u obstaculizar la labor de fiscalización de la autoridad Grave 0.40 UIT competente de transporte. T.4 Permitir que el transportista oferte su servicio en el área o rampas Grave 0.40 UIT para el embarque de pasajeros. 08719 CÓD. I N F R A C C I Ó N CALIFICACIÓN SANCIÓN MEDIDA PREVENTIVA