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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2005 (20/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G39/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de mayo de 2005 Ricky Canchari Flores, actual servidor de la institución, para el recupero del perjuicio económico ocasionado a la Muni-cipalidad de Breña, ascendente a S/. 18,578.=, con lasfacultades otorgadas mediante Acuerdo de ConcejoNº 17, de fecha 30 de marzo del 2004. Artículo Segundo.- REMITIR los antecedentes y el pre- sente Acuerdo al Procurador Público Municipal, para suconocimiento y fines consiguientes; al Órgano de ControlInstitucional de la Municipalidad y a la Contraloría Generalde la República. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secreta- ría General la difusión y publicación del presente Acuerdoen el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 09321 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20 /G47/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G61/G20 /G64/G65 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/GE1/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 107/ML Lurín, 11 mayo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNPOR CUANTO:Visto en Sesión de Concejo de Ordinaria de fecha 9 de mayo del 2005, el Informe Nº 164-2005-GDH/ML de laGerencia de Desarrollo Humano referente a la Campañade Inscripción Extemporánea Gratuita de Nacimiento; CONSIDERANDO:Que, es un derecho fundamental la Identidad de las personas debidamente consagradas en nuestra Constitu-ción Política; Que, mediante Informe Nº 008-2005-DEMUNA-GDH-ML la Demuna de la Municipalidad de Lurín, solicita la realiza-ción de la Campaña de Inscripción Extemporánea de Naci-mientos denominada: "NI NOMBRE, NI DERECHOS...NIFUTURO" para niños y adolescentes; campaña a realizar-se por motivo de haberlo solicitado constantemente losvecinos lurinenses para poder obtener la partida de naci-miento de sus hijos, asimismo para poder contribuir conuna mejor calidad de vida y difundir el derecho que tienetoda persona a ser reconocido por sus padres; Que, atendiendo a lo expuesto anteriormente se re- quiere aprobar la Inscripción Extemporánea de nacimien-tos, conforme lo establece la Ley Orgánica de RegistroNacional de Identidad y Estado Civil - RENIEC y el D.S.Nº 015-98 PCP; Que, con fecha 2 de junio del 2003, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Defensorial Nº023-2003/DP que en su Artículo 5º exhorta a los Alcaldesy los Concejos Municipales, incorporen de manera expresaen los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos lagratuidad de la inscripción ordinaria y extraordinaria denacimientos, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 98º inciso a) del Reglamento de Inscripción del RENIECy se adecue los requisitos establecidos de la inscripciónextraordinaria de nacimientos de acuerdo a lo señalado enlos artículos 47º y 49º de la Ley Orgánica del RENIEC y elartículo 26º del Reglamento de Inscripción del RENIEC; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-dades - Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de aproba-ción de Actas, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA CAMPAÑA DE INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE NACIMIENTOS "NI NOMBRE, NI DERECHOS ... NI FUTURO" Artículo Primero.- Autorícese la Campaña Gratuita de Inscripción Extemporánea de Nacimientos denominada NINOMBRE, NI DERECHOS..NI FUTURO, la misma que ten- drá una vigencia de 60 días contados desde el día siguien-te de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- Exonérese del derecho por con- cepto de trámite de Inscripción Extemporánea de naci-mientos para niños, niñas y adolescentes. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano,Subgerencia de Registros Civiles y Cementerio. Artículo Cuarto.- Facúltese al Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple-mentarias que se requieran para cumplir los objetivos de lapresente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 09365 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G2D /G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 108/ML Lurín, 11 mayo del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNPOR CUANTO:Visto en Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 10 de mayo del 2005, el Informe Nº 254-2005-GDH/ML de laGerencia de Desarrollo Humano referente a la propuestade Reglamento para el Proceso Presupuestario del Presu-puesto Participativo 2006; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 197º y 199º establece que las municipalidades promue-ven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en eldesarrollo local, formulan su presupuesto con la participa-ción de la población, están sujetos al control y supervisiónde la Contraloría General de la República y son fiscaliza-das de acuerdo a Ley; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 norma en su artículo 17º numeral 17.1 que los GobiernosLocales están obligados a promover la participación ciuda-dana en la formulación, debate y concertación de sus Pla-nes de Desarrollo y Presupuestos; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, dispone que los Gobiernos Locales promuevenel desarrollo de mecanismos y estrategias de participaciónde la sociedad civil en la programación de su presupuestoy que el Reglamento de la Ley antes citada que fueraaprobada por D.S. Nº 171-2003-EF, norma en su artículo5º y en su Primera Disposición Final que los GobiernosLocales emiten ordenanza reglamentando el proceso deidentificación y acreditación de los Agentes Participantes,así como las disposiciones complementarias a las estable-cidas en la ley, reglamento y directivas, para facilitar eldesarrollo del proceso participativo; Que, el numeral 9) del Capítulo IV del Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2006 Nº 001-2005-EF/76.01, dicta las disposiciones complementarias parael desarrollo del proceso de presupuesto participativo 2006,estableciendo que mediante ordenanza se debe reglamentarel proceso mencionado, y complementarse sobre estrategiasde participación y mecanismos para la toma de decisiones; Que, los numerales 14) y 34) del artículo 9º, el artículo 53º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972 disponen comoatribución del Concejo Municipal, la de aprobar normasque garanticen la efectiva participación vecinal, reglamen-tar los espacios de participación, y regular mediante orde-nanza los mecanismos de aprobación de sus presupues-tos participativos; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972; con dispensa del trámite de aprobación deActas, aprobó por unanimidad, la siguiente: