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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G38/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de mayo de 2005 en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley delServicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decre-to Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º delDecreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidoresy funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 70ºde la LeyNº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el añofiscal 2005; y, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de Guada- lajara, Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 26 de mayo de2005, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República,José Alberto Carrión Tejada, Director Ejecutivo de la Subsecre-taría de Política Cultural Exterior, en su calidad de miembro dela Comisión Multisectorial encargada de organizar la presenta-ción del Perú, como Invitado de Honor, en la XIX Feria Interna-cional del Libro de Guadalajara, a fin de avanzar en las coordi-naciones y preparativos de todos los aspectos de la participa-ción peruana en dicha Feria. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por elpliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio-res, debiéndose dar cuenta documentada en un plazo nomayor de quince (15) días al término de la referida comi-sión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos número T otal T arifa US$ por día de días viát icosaeropuerto US$ US$ US$ José Alberto Carrión Tejada 820.00 220.00 4+1 1,100.00 28.24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, elfuncionario antes mencionado deberá presentar ante elseñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuesto aduanero deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de MinistrosMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 09430 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G76/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E /G41/GE9/G72/G65/G61/G20/G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6D/G65/G74/G65/G6F/G72/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G61/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2005-MTC/02 Lima, 16 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordanciacon sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidoresy funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades,la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delSector que corresponda, la cual será publicada en el Diario OficialEl Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las auto-rizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundopárrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibi-dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli-cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex-terior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyoscasos los viajes serán autorizados a través de resolucióndel Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia es-pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Carta LT 2/8.8.7-SA0078 de fecha 16 de febrero de 2005, el Director Regional de la Oficina Sudame-ricana de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI),ha extendido invitación al Ministerio de Transportes y Comunica-ciones para participar en la Séptima Reunión del Subgrupo deMeteorología Aeronáutica del GREPECAS (AERMET/SG/7),que se llevará a cabo en la ciudad de México, Estados UnidosMexicanos, durante los días 23 al 27 de mayo de 2005; Que, en la citada Reunión se tratarán temas de impor- tancia como son: la evaluación de las acciones tomadascon respecto a los Informes de las reuniones de meteoro-logía elaborados en la Sexta Reunión del Subgrupo AER-MET - Brasil; la implantación de la vigilancia de los volcanesen las Aerovías Internacionales en las regiones de Caribe ySudamérica - CAR/SAM; el intercambio de informaciónmeteorológica operacional en las regiones CAR/SAM; la re-visión y actualización del Plan de Navegación Aérea y deldocumento de implementación de facilidades y servicios dela región CAR/SAM; la identificación, evaluación y notifica-ción de las deficiencias en el área de meteorología; la revi-sión del trabajo realizado por el Grupo de Tarea sobre capa-citación en el área meteorológica; entre otros temas; Que, según los términos del Informe Nº 0318-2005-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en atención a la importancia delos temas a tratar en la citada Reunión, resulta necesario auto-rizar el viaje del señor Claudio Alfredo Bedregal Oyague, Ins-pector de Navegación Aérea de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, afin de que participe en la Reunión anteriormente mencionadaen representación del referido Ministerio; Que, el viaje del mencionado Inspector será financiado en el marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, suscri-to por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organi-zación de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo técnicode las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposi-ción Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad conlos términos de la Autorización de Misión Int. Nº 015-04-2005,suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de UrgenciaNº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Claudio Alfredo Bedregal Oyague, Inspector de Navegación Aérea de la Di-rección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, a la ciudad de México, EstadosUnidos Mexicanos, durante los días 22 al 27 de mayo de2005, para los fines a que se contrae la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Conve-nio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entreel Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Orga-nización de Aviación Civil Internacional (OACI), de confor-midad con la Autorización de Misión Int. Nº 015-04-2005,de acuerdo a los siguientes términos: Viáticos US$ 1.320.00 Pasajes Aéreos US$ 800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario siguien-tes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe alDespacho Ministerial, con copia a la Oficina General deAdministración del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, describiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- gará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09322