Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2005 (20/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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RENIEC concluye que los Documentos de Identidad a nombre de los citados ciudadanos, no presentan las caracteristicas tipograficas asi como los dispositivos de seguridad que presentan los Documentos de Identidad emitidos por el RENIEC; y que ademas existe correspondencia entre las fotografias registradas tanto en los documentos falsificados, asi como en el Archivo Nacional de Identificacion a nombre de MAX MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y BRINER UGARTE MORDAZA respectivamente; Que, del resultado de las investigaciones, se ha observado la existencia de indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, hecho que se consuma con la creacion de un documento falso, el mismo que pueda dar origen a un derecho o servir para probar un hecho, producto de su utilizacion; conducta que se encuentra tipificada en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, de los documentos del visto se desprende que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha utilizado el DNI falso a nombre de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que segun la Jefatura de la Division de Pensiones de la ONP, esta le otorgo poder a la anterior para que en su representacion pueda de iniciar tramite administrativo de cobro de pension; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MAX MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, BRINER UGARTE MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales correspondientes contra MAX MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, BRINER UGARTE MORDAZA y los que resulten responsables por delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos en defensa del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09445

titular de la Inscripcion Nº 09232757, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Identificacion, valiendose para ello de declaraciones falsas, las mismas que fueron ingresadas en instrumento publico, esto es el Registro, motivando la cancelacion de las inscripciones fraudulentas por disposicion de la Gerencia de Procesos, al tratarse de tramites irregulares; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 07079087 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 09232757; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 07079087 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 09232757, por delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09446

RESOLUCION JEFATURAL Nº 554-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2005 Vistos, el Oficio Nº 220-2005-GP/RENIEC, el Oficio Nº 12612-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 614, 615, 618, 625, 626, 633 y 592-2004-GP/SGDAC/ HYC RENIEC, y el Informe Nº 421-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de MORDAZA de 2005; y, CONSIDERANDO:

RESOLUCION JEFATURAL Nº 553-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2005 VISTO: el Oficio Nº 12576-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 609 y 610-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 425-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de MORDAZA del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 07079087 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro, solicitando y obteniendo irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CCAPATINTA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELECTOR, WILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA YDELSO MORDAZA MORDAZA, mediante tramites de rectificacion y/o duplicado; Que, mediante Informes realizados por el perito dactiloscopico, grafotecnico y biometrico de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en todos los casos analizados, ciudadanos no identificados, han suplantado la verdadera identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas precedentemente; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion de las inscripciones afectadas por suplan-

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