Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2005 (24/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que el Articulo 76º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que el aviso de convocatoria a licitaciones publicas y concursos publicos debe realizarse, ademas de en el Diario Oficial El Peruano, en uno de circulacion nacional o local del lugar en que se realizan estos procesos; Que aun en supuesto caso de la publicacion se realice con fecha posterior, ello afectara el cronograma del MORDAZA, toda vez que reduciria el plazo para la formulacion de consultas por debajo del limite establecido en el Articulo 77º del referido Reglamento; Que se ha incurrido en contravencion de las normas aludidas al no haberse realizado la publicacion bajo las condiciones establecidas en la legislacion de la materia; Que de conformidad con el Articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 26º de su Reglamento, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, la entidad convocante podra declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion cuando dentro del mismo se contravengan las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio de la Licitacion Publica Internacional Nº 0018-2004-SUNAT/2G3100 MORDAZA Convocatoria y retrotraer dicho MORDAZA a la etapa de Convocatoria, en merito de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (05) dias siguientes a su expedicion, de acuerdo al Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese.

de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos dos, cuatro, cinco de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Plan Basico de Capacidades Institucionales y de Gestion, es un instrumento previsto para mantener y mejorar las funciones sectoriales que seran materia de Transferencia del Gobierno Nacional al Gobierno Nacional; Que, mediante Decreto Supremo numero cero treinta y ocho del dos mil cuatro emitido por la Presidencia del Consejo de Ministros se aprueba el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano dos mil cuatro, concordante con lo plasmado en la Ley numero veintiocho mil doscientos setenta y tres del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, que tiene como finalidad hacer efectiva la transferencia de funciones sectoriales, incluidos el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, en el MORDAZA de la progresividad y orden que dispone el articulo ochenta y ocho de la Constitucion Politica del Peru, la misma que ha sido reglamentada mediante el Decreto Supremo numero cero ochenta del dos mil cuatro; Que, el presente Plan de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Gestion tiene como objetivo sustentar con objetividad el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Consejo Nacional de Descentralizacion, en materia de transferencia de funciones sectoriales; asi como de asegurar los recursos humanos, recursos materiales, recursos financieros y adecuar la normatividad administrativa para la transferencia; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos quince, treinta y siete, y treinta y ocho de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia; ORDENA:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administracion 09495

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Basico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestion del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2005-E-CR-GRH
MORDAZA, nueve de MORDAZA de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintisiete de MORDAZA del dos mil cinco, el Dictamen numero cero cinco del dos mil cinco presentado por la Comision de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorio y Asuntos Legales, relacionado al Plan Basico de Capacidades Institucionales y de Gestion; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional

Articulo Primero.- APROBAR EL PLAN BASICO DE DESARROLLO DE LAS CAPACIDADES INSTITUCIONAL Y DE GESTION DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO. Cuyo texto forma parte de la presente ordenanza, en fojas veinticuatro. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA debidamente certificada de la presente ordenanza al Consejo Nacional de Descentralizacion para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 09489

Crean el Consejo Regional para la Persona Adulta Mayor de la Region MORDAZA - COREPAM
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2005-E-CR-GRH
MORDAZA, nueve de MORDAZA de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintisiete de MORDAZA del dos mil cinco, el Dictamen numero cero cinco del dos mil cinco presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social, y el Dictamen numero cero ocho del dos mil cinco presentado por la Comision

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